BOP de Cáceres · 29 Oct 2026 · 4 vistas
Arroyo de la Luz convoca ayudas de libros de Infantil para 2026/2027
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Arroyo de la Luz convoca, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas para la adquisición de libros y material escolar del ciclo de Educación Infantil (de 3 a 5 años) del curso 2026/2027. Las bases modificadas se publican en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, n.º 0208 del jueves 29 de octubre de 2026, con referencia oficial BOP-2026-5053, y el plazo para presentar solicitudes es de diez días hábiles. La convocatoria está firmada en Arroyo de la Luz el 28 de octubre de 2026 por el alcalde, Carlos Caro Domínguez.
El marco jurídico de la convocatoria es el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones, junto con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. El texto publicado recoge las bases modificadas que rigen la concesión de estas ayudas escolares.
El importe individualizado es de 100 euros y la dotación total máxima asciende a 2.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 326 48100.
Requisitos: rentas de hasta 5.200 euros al mes
Podrán ser beneficiarios los alumnos que estén cursando Educación Infantil en los centros escolares del municipio de Arroyo de la Luz y cuyos ingresos brutos mensuales de la Unidad Básica de Convivencia no superen estos umbrales:
- 2 personas: 2.600,00 euros.
- 3 personas: 3.000,00 euros.
- 4 personas: 3.400,00 euros.
- 5 personas: 3.700,00 euros.
- 6 personas: 4.000,00 euros.
- 7 personas: 4.300,00 euros.
- 8 personas: 4.600,00 euros.
- 9 personas: 4.900,00 euros.
- 10 o más personas: 5.200,00 euros, más 300 euros por cada miembro adicional.
También se exige no estar incurso en las circunstancias que prohíben tener la condición de beneficiario conforme al artículo 13 de la Ley 38/2003. La ayuda es incompatible con otras becas o subvenciones concedidas para el mismo concepto por cualquier entidad u organismo público o privado.
Diez días hábiles y documentación acreditativa
Las solicitudes se presentan en el modelo oficial del Anexo I, dirigidas al Alcalde, en el Registro de Entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios del artículo 16.4 de la Ley 39/2015. Deben acompañarse estos documentos:
- Fotocopia del DNI o NIE de la persona solicitante.
- Fotocopia del Libro de Familia completo o documento equivalente.
- Acreditación de ingresos: declaración del IRPF de 2025 o, en su defecto, certificado de imputaciones, nómina, justificante de pensión o certificado de prestaciones del SEPE del último mes anterior a la convocatoria.
- Certificaciones de cumplimiento de obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
- Convenio regulador o resolución judicial en caso de separación o divorcio.
- Modelo de Alta de Terceros con la cuenta bancaria para el pago.
Si la solicitud no reúne los requisitos se concede un plazo de cinco días hábiles para subsanar; transcurrido sin respuesta, se tendrá por desistida la petición.
Comisión de Selección y resolución en quince días
La evaluación corresponde a una Comisión de Selección integrada por un concejal del área que determine la Alcaldía como presidente, una trabajadora social de la Mancomunidad Tajo-Salor, un trabajador del Ayuntamiento de Arroyo de la Luz y un funcionario del mismo consistorio como secretario.
La Comisión eleva una propuesta provisional con dos relaciones, beneficiarios y solicitudes denegadas con sus causas, y abre cinco días hábiles de alegaciones. Después formula la propuesta definitiva y el Alcalde-Presidente dicta resolución en un plazo máximo de quince días desde esa elevación. Si los solicitantes que cumplen los requisitos superan los veinte, el importe individual de 100 euros se reduce de forma proporcional para repartir los 2.000 euros disponibles.
Factura justificativa antes del 15 de diciembre
El pago se realiza por ingreso en la cuenta indicada en el Alta de Terceros. El beneficiario debe presentar en el Registro General, antes del 15 de diciembre de 2026, la factura reglamentaria que acredite la compra de libros o material escolar por un importe mínimo igual a la subvención recibida, y realizada exclusivamente en comercios o librerías del municipio de Arroyo de la Luz.
La convocatoria llega a las familias del municipio con dos meses de antelación sobre el cierre de la justificación y con un umbral de renta que alcanza los 5.200 euros mensuales en hogares de diez o más miembros. El límite de 2.000 euros y la reducción proporcional por encima de veinte beneficiarios condicionan el alcance real de una ayuda de 100 euros por alumno de Infantil.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, n.º 0208, 29 de octubre de 2026, Sección I - Administración Local, págs. 24550-24556 (referencia oficial: BOP-2026-5053).