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BOP de Las Palmas · 31 Aug 2026 · 1 vistas

Arrecife delega la Alcaldía en el primer teniente por ausencia

Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Arrecife ha hecho pública la delegación de la totalidad de las funciones de la Alcaldía en el primer teniente de alcalde, Echedey Eugenio Felipe, durante la ausencia del alcalde-presidente, Yonathan Jesús de León Machín, entre el 28 de agosto y el 2 de septiembre de 2026, ambos días inclusive. La decisión se recoge en el Decreto de Alcaldía 2026-9806, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 104, de 31 de agosto de 2026.

La medida se adopta por ausencia del regidor y se ampara en el artículo 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, así como en los artículos 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. El acuerdo parte del Pleno municipal que, en sesión extraordinaria de 7 de julio de 2023, eligió a Yonathan Jesús de León Machín como alcalde-presidente.

Alcance de la delegación

El decreto confiere al teniente de alcalde las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos mediante la adopción de actos que afecten a terceros. La delegación surte efectos desde el momento de la firma, que se produjo electrónicamente el 26 de agosto de 2026.

  • Facultades de dirección y de gestión de la Alcaldía.
  • Resolución de procedimientos administrativos con efectos frente a terceros.
  • Obligación de informar a la Alcaldía, a posteriori o cuando se le requiera, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas.
  • Comunicación previa de las decisiones de trascendencia, conforme al artículo 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Publicación y control

La resolución se publica en el boletín oficial y se dará cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre, sin perjuicio de la eficacia de la delegación conferida. En lo no previsto expresamente, se aplicarán directamente las previsiones de la Ley 7/1985 y del Real Decreto 2568/1986.

Recursos

Contra el decreto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal de Instancia, Sección de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la notificación.

La delegación garantiza la continuidad de la gestión municipal durante la ausencia del alcalde, de modo que los vecinos de Arrecife mantienen operativa la tramitación de expedientes y la adopción de decisiones administrativas en un periodo de transición hacia el inicio del curso político.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, número 104, 31 de agosto de 2026, III. Administración Local, pág. 15231-15232 (referencia oficial: 1787153).