Registro Oficial del Ecuador · 28 Oct 2026 · 4 vistas
ARCONEL delega en su Coordinación Ambiental la emisión de licencias ambientales eléctricas
Por FactBox Admin

La Agencia de Regulación y Control de Electricidad (ARCONEL) delegó al titular de su Coordinación Ambiental del Sector Eléctrico la suscripción, emisión y notificación de las autorizaciones administrativas ambientales, actos administrativos y pronunciamientos técnicos del sector eléctrico. La medida consta en la Resolución Nro. ARCONEL-ARCONEL-2026-0034-RES, suscrita el 19 de octubre de 2026 por el Director Ejecutivo encargado, Luis Fidel Lasso Ramos, y publicada en el Sexto Suplemento Nº 399 del Registro Oficial del miércoles 28 de octubre de 2026.
El marco: de la acreditación a la delegación
La resolución se apoya en la acreditación que el Ministerio de Ambiente y Energía otorgó a la ARCONEL como Autoridad Ambiental Competente del sector eléctrico a nivel nacional mediante la Resolución Nro. MAATE-MAATE-2025-0002-R del 22 de abril de 2025, que también la autorizó a usar el sello del Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA). A ello se suman el Código Orgánico del Ambiente, su Reglamento, el Código Orgánico Administrativo y la Ley Orgánica del Servicio Público de Energía Eléctrica, así como el Decreto Ejecutivo Nro. 256 del 8 de mayo de 2024.
El sustento inmediato fue administrativo: el Coordinador Ambiental del Sector Eléctrico solicitó la delegación mediante el Memorando Nro. ARCONEL-CASE-2026-0514-M del 15 de octubre de 2026, con el argumento de “optimizar la gestión institucional, reducir los tiempos de atención, evitar la concentración de actuaciones administrativas en la máxima autoridad y fortalecer la capacidad operativa”. La Coordinación de Asesoría Jurídica respaldó el proyecto a través del Memorando Nro. ARCONEL-CJ-2026-0269-ME del mismo día. El Director Ejecutivo había sido designado por el Directorio mediante la Resolución ARCONEL-011/2026 del 9 de octubre de 2026.
Qué se delega exactamente
El artículo 1 de la resolución encarga al titular de la Coordinación Ambiental del Sector Eléctrico:
- La suscripción, emisión y notificación de autorizaciones administrativas ambientales.
- Los actos administrativos y pronunciamientos técnicos del sector.
- Oficios, comunicaciones y demás documentos necesarios para el ejercicio de las competencias de regularización ambiental.
- Todas las actuaciones requeridas para el cumplimiento de dichas competencias, dentro de los límites del ordenamiento jurídico vigente.
El artículo 2 transfiere además las funciones asociadas al rol de máxima autoridad ambiental dentro del Sistema Único de Información Ambiental (SUIA) del Ministerio de Ambiente y Energía, en los módulos de control ambiental y de regularización ambiental. En el módulo de Control Ambiental se habilitará la visualización de los proyectos acogidos al Acuerdo Ministerial Nro. 074; en el de Regularización Ambiental se hará la designación y habilitación con los perfiles, roles y permisos de acceso correspondientes.
Controles, responsabilidad y entrada en vigencia
El texto fija obligaciones para el delegado y para la propia agencia:
- La Coordinación Ambiental deberá notificar la delegación al Ministerio de Ambiente y Energía para su implementación en el SUIA.
- El delegado responderá por sus actos, acciones u omisiones, y actuará conforme a las políticas de la agencia y a las instrucciones de la máxima autoridad.
- Deberá presentar a la Dirección Ejecutiva un informe mensual de las actividades atendidas bajo esta delegación.
- La Dirección de Gestión Documental y Archivo quedó encargada de la notificación, socialización y publicación en el Registro Oficial.
La parte resolutiva aclara que la delegación no supone cesión de la titularidad de la competencia ni exonera de responsabilidades a las autoridades y servidores públicos que intervengan en su ejercicio. La resolución derogó en todas sus partes la Resolución Nro. ARCONEL-ARCONEL-2026-0033-RES, también del 19 de octubre de 2026, y entró en vigencia desde su suscripción, sin perjuicio de su publicación.
Impacto para el sector
Con esta decisión, los trámites de licenciamiento ambiental de proyectos de generación, transmisión y distribución de electricidad pasan a resolverse en una unidad técnica especializada y no en el despacho del Director Ejecutivo de la ARCONEL, lo que apunta a acortar los tiempos de respuesta que enfrentan los promotores eléctricos ante el SUIA. La resolutiva mantiene, sin embargo, la supervisión mensual de la Dirección Ejecutiva y el control de la Autoridad Ambiental Nacional, de modo que la agilización administrativa queda sujeta a rendición de cuentas interna y a la normativa ambiental vigente.
Fuente: Registro Oficial, Sexto Suplemento Nº 399, 28 de octubre de 2026, pág. 2 (referencia oficial: ARCONEL-ARCONEL-2026-0034-RES).