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BOP de Guadalajara · 26 Aug 2026 · 11 vistas

Arbancón exige fianza de 250 euros por obras en pavimentos singulares

Por FactBox Admin

La Entidad de Arbancón ha aprobado definitivamente la Ordenanza Municipal Reguladora de la Fianza por Protección de Pavimentos singulares en Obras, que obliga a promotores y contratistas a depositar una garantía reintegrable de 250 euros antes de iniciar cualquier actuación que pueda dañar el dominio público municipal. La norma, adoptada por acuerdo del Pleno de 25 de junio de 2026, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara del 26 de agosto de 2026 (referencia 2026_2253).

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, el acuerdo plenario quedó elevado automáticamente a definitivo, y su texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. El documento aparece firmado en Arbancón a 21 de agosto de 2026 por el Alcalde-Presidente, Gonzalo Bravo Bartolomé.

Objeto y ámbito de aplicación

La ordenanza tiene por finalidad asegurar la correcta limpieza, conservación, reparación o reposición de determinados pavimentos públicos especialmente sensibles al manchado o deterioro con ocasión de la ejecución de obras. La exigencia de la fianza se aplica en todo el ámbito del municipio a aquellas obras que, por su ejecución, materiales, maquinaria, tránsito, acopios o cualquier otra circunstancia vinculada a su desarrollo, puedan ocasionar daños, suciedad o afección al dominio público municipal.

La garantía también resulta exigible en las actuaciones sometidas a declaración responsable o comunicación previa cuando impliquen o puedan implicar ocupación, uso, deterioro o afección directa del dominio público municipal o de sus bienes, pavimentos, instalaciones o servicios públicos.

Importe, constitución y devolución

El importe de la fianza queda fijado en doscientos cincuenta euros (250,00 €). La garantía deberá constituirse con carácter previo al otorgamiento de la licencia o, en su caso, antes del inicio de la actuación correspondiente, y podrá realizarse en cualquiera de las formas admitidas en Derecho.

  • La fianza se constituye antes de la licencia o del inicio de la obra.
  • Finalizadas las obras, el interesado podrá solicitar su devolución.
  • La devolución se acuerda previa comprobación por los servicios técnicos municipales de que el pavimento afectado se encuentra en correcto estado de limpieza, conservación y, en su caso, reposición.

Ejecución de la garantía

Si como consecuencia de las obras se produjeran manchas, vertidos, suciedad, desperfectos o deterioros en el pavimento público, el Ayuntamiento requerirá al obligado para que proceda a su adecuada limpieza, reparación o reposición en el plazo que se le conceda. En caso de incumplimiento, el consistorio podrá ejecutar total o parcialmente la fianza para atender los gastos correspondientes.

Si el coste de la actuación municipal superara el importe de la fianza, el Ayuntamiento podrá exigir al obligado la diferencia que proceda por los medios legalmente establecidos. La garantía tiene carácter reintegrable y no tributario, siendo independiente del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, de la tasa por otorgamiento de licencias urbanísticas y de cualesquiera otras exacciones.

Contra el acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación del anuncio, conforme al artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

La nueva ordenanza dota al municipio de un instrumento ágil para proteger sus pavimentos singulares frente a los daños derivados de las obras, trasladando a promotores y contratistas la responsabilidad de dejar el espacio público en su estado original. Con una cuantía moderada y carácter reintegrable, la medida busca conciliar la actividad constructiva con la conservación del patrimonio urbano de Arbancón.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, nº 2026_2253, 26 de agosto de 2026, sección anuncios (referencia oficial: 2026_2253).