Boletín Oficial de Aragón · 08 Oct 2026 · 18 vistas
Aragón sanciona a la residencia Virgen de Loreto de Huesca
Por FactBox Admin

El Departamento de Desregulación, Bienestar Social y Familia del Gobierno de Aragón ha resuelto el procedimiento sancionador incoado contra la entidad Asistencia Geriátrica Argarot, titular de la residencia Virgen de Loreto de Huesca, con una sanción económica y la adopción de medidas de restablecimiento de la legalidad. La decisión se notifica mediante un anuncio de la Secretaría General Técnica publicado en el Boletín Oficial de Aragón número 196, de 8 de octubre de 2026, con referencia oficial BOA20261008020.
La resolución se materializa en una Orden del Consejero de Desregulación, Bienestar Social y Familia que pone fin a la vía administrativa, dictada tras el procedimiento tramitado por la Secretaría General Técnica del mismo departamento. El centro afectado es la residencia Virgen de Loreto, sita en la calle Tenerías, 11 bajos, 22001, Huesca.
Al no haberse podido practicar la notificación personal a la entidad, el departamento acude a la notificación por anuncio al amparo de los artículos 44 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC). El anuncio no detalla el importe de la multa, que se abonará conforme a los plazos del Reglamento General de Recaudación.
Una sanción con medidas de restablecimiento
El texto oficial confirma que la Orden no se limita a la sanción económica: también ordena la adopción de medidas de restablecimiento de la legalidad en el centro. Estas medidas deberán ejecutarse en el plazo de dos meses a contar desde la notificación.
La entidad tiene a su disposición electrónica la Orden íntegra recaída en el procedimiento y puede personarse para consultarla en las oficinas del órgano administrativo, situadas en la plaza del Pilar, 3, edificio B, planta 5, Servicio de Ordenación de Servicios Sociales, en Zaragoza.
Plazos para cumplir y recurrir
Contra la Orden, que agota la vía administrativa, la entidad puede interponer:
- Recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación, conforme a los artículos 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
- Recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Desregulación, Bienestar Social y Familia, en el plazo de un mes contado desde la notificación, según los artículos 123 y 124 de la LPAC.
El abono de la sanción económica se sujetará a los plazos dispuestos en el Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.
Efectos de la notificación y firma
La notificación surtirá efectos a partir de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”. El anuncio está firmado en Zaragoza el 29 de septiembre de 2026 por el Secretario General Técnico del Departamento de Desregulación, Bienestar Social y Familia, Manuel Díaz Muñia.
La publicación cierra la vía administrativa del expediente sancionador contra la gestora del centro oscense y abre un plazo tasado para su impugnación. Para los usuarios y las familias de la residencia, el anuncio confirma que la resolución incluye tanto la multa como la obligación de corregir las deficiencias detectadas en un plazo máximo de dos meses.
Fuente: Boletín Oficial de Aragón, número 196, de 8 de octubre de 2026, sección V (Anuncios), referencia oficial: BOA20261008020.