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Boletín Oficial de Aragón · 22 Oct 2026 · 1 vistas

Aragón resuelve las ayudas a salas privadas de artes escénicas

Por FactBox Admin

Aragón resuelve las ayudas a salas privadas de artes escénicas

El Departamento de Presidencia, Justicia, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón ha resuelto la convocatoria de 2026 de ayudas a las artes escénicas en la modalidad de programación de salas de exhibición de gestión privada, con un importe total de 200.000 euros. La decisión se formaliza mediante la Orden PJC/1509/2026, de 7 de octubre, que se publica en el Boletín Oficial de Aragón número 205, de 22 de octubre de 2026, con referencia oficial BOA20261022017. La norma lleva la firma de la vicepresidenta y consejera María del Mar Vaquero Perianez.

La convocatoria de origen es la Orden ECD/537/2026, de 25 de marzo, publicada en el Boletín Oficial de Aragón número 68, de 10 de abril de 2026, que fijó una dotación global de 915.000 euros para las artes escénicas en Aragón. De esa cantidad, 515.000 euros se reservaron a la producción de espectáculos, 200.000 euros a giras y actuaciones fuera de Aragón y 200.000 euros a la programación en salas privadas de exhibición, que es la modalidad ahora resuelta. Las bases reguladoras aplicables son la Orden ECD/1248/2022, de 6 de septiembre, modificada por la Orden ECD/1803/2022 y la Orden EDC/126/2025.

Ocho solicitudes y reparto íntegro del crédito

El plazo de presentación de solicitudes, de diez días hábiles, se abrió el 13 de abril y concluyó el 27 de abril de 2026. En esta modalidad se recibieron ocho solicitudes y todas cumplían los requisitos para ser beneficiarias previstos en el apartado quinto de la convocatoria.

La Comisión de valoración se reunió el 15 de julio de 2026 y evaluó los ocho proyectos conforme a los criterios del apartado decimoctavo. La Dirección General de Cultura y Patrimonio Cultural, como órgano instructor, formuló propuesta provisional el 21 de julio de 2026, publicada en la web del Departamento con cinco días hábiles de alegaciones. Solo se registró una reformulación, presentada por Estación Tranvía Teatro, SL para el proyecto «Programación de contenidos culturales Teatro de la Estación», aceptada por unanimidad al respetar objeto, condiciones y finalidad y no alterar la puntuación. No hubo alegaciones.

La propuesta definitiva se dictó el 7 de agosto de 2026 y todos los beneficiarios comunicaron la aceptación expresa en plazo. La Intervención del Gobierno de Aragón emitió fiscalización previa favorable el 25 de septiembre de 2026.

Empates, límites y una solicitud sin ayuda

El reparto se ajustó a la puntuación obtenida, con dos excepciones recogidas en la orden:

  • Teatro Arbolé, SL y Teatro de las Esquinas, SL perciben la ayuda correspondiente a su puntuación.
  • Titiriteros de Binéfar, SL, Cotipin, SL y Producciones Teatrales Viridiana, SL reciben la cantidad solicitada, que es la máxima posible, aunque su puntuación habría permitido una cifra superior.
  • Estación Tranvía Teatro, SL y Creadores de Ocio, SL empatan a 84 puntos y se reparten a partes iguales los 28.670 euros sobrantes: 14.335 euros cada una.
  • Pintacoda Animación, SL queda sin ayuda por falta de disponibilidad presupuestaria y figura entre las solicitudes desestimadas del anexo II.

El anexo I, con entidades, proyectos, cuantías y puntuaciones, se consulta en la dirección https://mia.aragon.es/documentos con el Código Seguro de Verificación CSV0K6BVCQ5LC1O0XFIL. El gasto se imputa a la partida G/18060/4581/470020/91002, PEP 2006/000992, del presupuesto prorrogado para 2026.

Justificación hasta el 19 de noviembre

Las entidades beneficiarias deberán justificar la actividad y los gastos ejecutados entre el 14 de noviembre de 2025 y el 13 de noviembre de 2026, pagados hasta el 18 de noviembre de 2026. El plazo se abre al día siguiente de la publicación de la orden y finaliza el 19 de noviembre de 2026, a través del Servicio digital «Aportar documentación» de la Sede electrónica del Gobierno de Aragón.

El pago se efectúa una vez acreditado el cumplimiento de la finalidad y justificado el proyecto, y queda condicionado a estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Las ayudas se acogen al régimen de minimis del Reglamento (UE) 2023/2831, con un límite de 300.000 euros por empresa en tres ejercicios fiscales.

Contra la orden, que agota la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo en dos meses ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

La resolución cierra el calendario de 2026 para las salas privadas aragonesas y confirma que el crédito de esta modalidad se agota íntegramente, con siete compañías sostenidas y una exclusión por insuficiencia presupuestaria. Para las salas y los ayuntamientos que articulan su programación con estas subvenciones, el hito inmediato es la justificación antes del 19 de noviembre, requisito previo al cobro.


Fuente: Boletín Oficial de Aragón, número 205, de 22 de octubre de 2026, sección III. Otras Disposiciones y Acuerdos (referencia oficial: BOA20261022017).