Boletín Oficial de Aragón · 01 Oct 2026 · 17 vistas
Aragón fija diez domingos y festivos de apertura comercial para 2027
Por FactBox Admin

El Departamento de Economía, Competitividad y Empleo del Gobierno de Aragón ha determinado los diez domingos y festivos en los que los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público durante 2027. La decisión se formaliza en la Orden ECE/1405/2026, de 16 de septiembre, publicada en el Boletín Oficial de Aragón número 191, de 1 de octubre de 2026, dentro de la sección III de Otras Disposiciones y Acuerdos. La norma permite además que los comercios de mayor superficie y los centros comerciales propongan fechas alternativas adaptadas a cada municipio.
Un calendario de diez días para todo Aragón
La orden fija en diez el número de domingos y festivos de apertura autorizada, tal y como establece el artículo 2.1 de la Ley 7/2005, de 4 de octubre, de horarios comerciales y apertura en festivos, modificado por el artículo 26 de la Ley 2/2016, de 28 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón. Las fechas aprobadas son:
- 3 de enero
- 10 de enero
- 27 de junio
- 1 de noviembre
- 28 de noviembre
- 5 de diciembre
- 6 de diciembre
- 12 de diciembre
- 19 de diciembre
- 26 de diciembre
Estas fechas serán de aplicación para los comercios que no soliciten otras alternativas. La limitación se circunscribe a los establecimientos de más de 300 metros cuadrados de superficie útil de exposición y venta al público, ya que los de menor superficie están excluidos conforme al artículo 3.1.b) de la Ley 7/2005, de 4 de octubre.
Fechas alternativas por municipio
Los comercios de más de 300 metros cuadrados y los centros comerciales ubicados en municipios aragoneses podrán presentar fechas alternativas que sustituyan a las aprobadas, siempre que no superen los diez días anuales por establecimiento y municipio y no contravengan los criterios del artículo 2.2 de la Ley 7/2005, de 4 de octubre. La orden justifica esta flexibilidad en la necesidad de adaptar la oferta al atractivo comercial y a las necesidades diferenciadas de los clientes de cada término municipal.
La solicitud debe presentarse mediante declaración responsable, diferenciada por municipio, en los diez días hábiles siguientes a la publicación de la orden. El trámite se realiza a través del modelo específico habilitado en la sede electrónica del Gobierno de Aragón o buscando el procedimiento número 11927, denominado “Fechas apertura festivos 2027”.
Requisitos y control administrativo
Los cambios se comunicarán a la Dirección General de PYMES, Autónomos, Comercio Interior y Consumo. La orden detalla las condiciones que deben cumplir las propuestas:
- La apertura por municipio no podrá superar los diez días anuales.
- Los establecimientos integrados en un centro comercial formalizarán una única solicitud por centro, y las fechas fijadas por este regirán para todos sus operadores.
- Las nuevas fechas no podrán contravenir los criterios del artículo 2.2 de la Ley 7/2005, de 4 de octubre.
- Los cambios efectuados sobre el calendario se publicarán en la web del Gobierno de Aragón.
- Los establecimientos tendrán la obligación de anunciar de forma pública y visible su calendario de festivos para 2027.
La competencia autonómica en horarios comerciales deriva del artículo 71.25.ª del Estatuto de Autonomía de Aragón y se ejerce respetando la unidad de mercado. La norma se dicta oídas las Cámaras de Comercio, Industria y Servicios de Aragón, las confederaciones y asociaciones de empresarios de comercio, las asociaciones de consumidores y las organizaciones sindicales más representativas.
Entrada en vigor
La Orden ECE/1405/2026 tendrá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón, esto es, desde el 2 de octubre de 2026. El texto está firmado en Zaragoza el 16 de septiembre de 2026 por la consejera de Economía, Competitividad y Empleo, Eva Valle Maestro.
El calendario condiciona la planificación de plantillas, turnos y campañas de los comercios aragoneses durante todo 2027, y traslada a los municipios y a los centros comerciales la decisión última sobre qué días abrir. Para los consumidores, la publicación de las fechas alternativas en la web autonómica y la obligación de exhibir el calendario en cada establecimiento son las garantías de que la apertura anunciada se corresponde con la autorizada.
Fuente: Boletín Oficial de Aragón, número 191, de 1 de octubre de 2026, sección III. Otras Disposiciones y Acuerdos (referencia oficial: BOA20261001016).