Boletín Oficial de Aragón · 30 Oct 2026 · 20 vistas
Aragón destina 195.000 euros a enfermos de esclerosis lateral amiotrófica en residencias
Por FactBox Admin

El Gobierno de Aragón ha creado por primera vez una línea de ayudas individuales destinadas a personas afectadas por esclerosis lateral amiotrófica (ELA) en fase avanzada que están ingresadas en centros residenciales. Lo hace mediante la Orden DBF/1575/2026, de 27 de octubre, publicada en el Boletín Oficial de Aragón número 211, de 30 de octubre de 2026 (referencia BOA20261030001), que aprueba en un mismo expediente las bases reguladoras y la convocatoria para 2026. La convocatoria está dotada con 195.000 euros y fija una ayuda de 9.859 euros por persona beneficiaria.
La norma la firma el vicepresidente y consejero de Desregulación, Bienestar Social y Familia, Alejandro Nolasco Asensio, y se dirige a un colectivo que hasta ahora carecía de cobertura específica. El propio texto justifica la medida en que los gastos de cuidados personales que exige la enfermedad “no están cubiertos por la atención residencial que reciben ni por las prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia”. La orden se apoya en la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para 2024-2027, aprobada por Orden de 9 de octubre de 2026, y la tramitación conjunta de bases y convocatoria responde, según el BOA, a la urgencia que demanda la atención de estas necesidades.
Requisitos: ELA avanzada y residencia permanente
Podrán ser beneficiarias las personas que acrediten, en la fecha de publicación de la convocatoria, esta situación:
- Estar diagnosticadas de ELA.
- Presentar debilidad muscular grave en miembros superiores e inferiores.
- Precisar soporte ventilatorio mecánico continuo, invasivo o no invasivo, durante un mínimo de 16 horas diarias.
- Necesitar apoyo por mal manejo de secreciones e incapacidad para la tos.
- Estar empadronadas en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Estar ingresadas con carácter permanente en un centro residencial.
La ayuda es compatible con otras subvenciones, ingresos o ayudas para la misma finalidad procedentes de administraciones públicas o entidades privadas, nacionales o europeas.
9.859 euros por persona y diez días hábiles de plazo
El importe individual se fija en 9.859 euros, con un máximo global de 195.000 euros consignados en el presupuesto del Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS) para 2026, en la aplicación presupuestaria G/3132/480159/91002. Si el crédito no alcanza para todas las solicitudes que cumplan los requisitos, se aplicará un prorrateo lineal a la baja; si sobra crédito, se prorrateará al alza, sin que la cuantía individual pueda superar los 19.718 euros. Con la dotación actual, el crédito cubre en torno a una veintena de expedientes.
El plazo de presentación es de diez días hábiles desde el día siguiente al de la publicación, a través del trámite identificado con el número de procedimiento 12010 en la Sede electrónica del Gobierno de Aragón, o de forma presencial en las unidades de registro. La documentación exigida es:
- Solicitud dirigida a la Dirección Gerencia del IASS.
- Informe de un facultativo especializado en neumología o neurología que acredite la ELA en fase avanzada.
- Certificado de empadronamiento.
- Certificado de permanencia en el centro residencial, con fecha de ingreso.
- Ficha de terceros para el abono de la ayuda.
El extracto de la convocatoria se publica en la sección V de anuncios del mismo BOA, con la identificación BDNS 934273 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (referencia BOA20261030026).
Quién resuelve y cómo se controla
El procedimiento es el de concurrencia competitiva simplificado y lo instruye el Servicio de Gestión de la red de Centros y de Fomento de la Iniciativa Social de la Dirección Gerencia del IASS. La resolución corresponde a la Dirección Gerencia del organismo, que tiene un plazo máximo de un mes desde el fin del plazo de solicitudes; si no hay resolución expresa, las peticiones se entienden desestimadas. La resolución se publicará en el BOA con efectos de notificación y no requiere aceptación expresa.
Las ayudas no exigen más justificación que acreditar la situación que motiva la concesión, aunque el IASS realizará un control de campo sobre el 10 % del importe efectivamente pagado. Contra la orden cabe recurso potestativo de reposición ante el consejero o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón.
El impacto de la medida es doble: da respuesta económica a familias que afrontan gastos de cuidados continuos y reconoce por vía presupuestaria a las personas con ELA avanzada institucionalizadas, un grupo que quedaba fuera de las prestaciones ordinarias del sistema de dependencia. La cuantía es fija y compatible con otras ayudas, de modo que se suma, y no sustituye, a los recursos que ya reciben los afectados y los centros que los atienden en toda la comunidad.
Fuente: Boletín Oficial de Aragón, nº 211, de 30 de octubre de 2026, sección I (Disposiciones Generales) (referencia oficial: BOA20261030001).