FactBox.

Boletín Oficial de Aragón · 09 Oct 2026 · 18 vistas

Aragón crea el equipo que certificará las patologías por amianto

Por FactBox Admin

Aragón crea el equipo que certificará las patologías por amianto

El Departamento de Sanidad del Gobierno de Aragón ha creado el Equipo de Valoración de víctimas del amianto de la comunidad autónoma, el órgano que dictaminará las patologías derivadas de la exposición a este material y abrirá la vía a la compensación económica estatal. La medida se formaliza con la Orden SAN/1440/2026, de 24 de septiembre, publicada en el Boletín Oficial de Aragón número 197, de 9 de octubre de 2026, en la sección I de Disposiciones Generales (referencia oficial BOA20261009001). La norma entra en vigor el día siguiente al de su publicación.

La orden responde al mandato del artículo 6 del Real Decreto 483/2025, de 17 de junio, que establece los requisitos y el procedimiento para reconocer el derecho a la compensación económica de las víctimas del amianto, en desarrollo de la Ley 21/2022, de 19 de octubre, creadora del fondo estatal de compensación. Esa ley encarga a equipos de valoración el diagnóstico y la valoración de la enfermedad, su calificación y revisión, así como la determinación de su causa o del fallecimiento. El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, a propuesta de la Comisión de Salud Pública, aprobó en sesión de 12 de noviembre de 2025 el procedimiento para la emisión del certificado de patologías derivadas de la exposición al amianto.

La norma se aprueba a iniciativa del Consejero de Sanidad, previo informe de la Secretaría General Técnica y de la Dirección General de Servicios Jurídicos, y sitúa el nuevo órgano dentro del departamento autonómico con competencia en sanidad.

Un órgano colegiado con cuatro profesionales sanitarios

El Equipo de Valoración se compone de cuatro miembros, todos ellos personal sanitario, y será nombrado por la persona titular del Departamento de Sanidad:

  • Una persona profesional sanitaria del Servicio de Prevención y Programas de Salud Pública de la dirección general con competencia en salud pública, que ejercerá la presidencia.
  • Una persona profesional sanitaria de la Sección de Salud Laboral del mismo servicio, como vocal.
  • Una persona profesional sanitaria de la Sección de Sanidad Ambiental del Servicio de Seguridad Alimentaria y Sanidad Ambiental de la Dirección General de Salud Pública, como vocal.
  • Una persona profesional de Inspección Médica del Servicio Sanitario de la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Planificación, como vocal.

Se incorpora además una persona con competencias jurídicas del departamento, que ejercerá la secretaría y asistirá a las reuniones con voz pero sin voto. Cuando la presidencia lo considere necesario podrán ser consultados, también con voz y sin voto, profesionales de reconocida cualificación, como personal técnico del Instituto Aragonés de Seguridad y Salud Laboral o especialistas en neumología.

Del dictamen al certificado: cómo se solicita

La labor principal del equipo es elaborar el dictamen que servirá de base a la Dirección General de Salud Pública, órgano autonómico competente, para emitir el certificado que acredite las patologías derivadas de la exposición al amianto, conforme al anexo II del Real Decreto 483/2025. El equipo llevará a cabo el diagnóstico y la valoración de la enfermedad, su calificación y revisión, y la determinación de su causa o del fallecimiento de las personas afectadas.

Las personas interesadas presentarán la solicitud preferentemente de forma telemática en el Registro electrónico del departamento con competencia en sanidad, a través de los formularios de la Sede electrónica del Gobierno de Aragón, o presencialmente en cualquiera de las oficinas de registro de la comunidad. La solicitud deberá acompañarse de la documentación indicada en el artículo 7 del Real Decreto 483/2025.

La Administración verificará de oficio la identidad de la persona interesada mediante consulta a bases de datos oficiales, sin exigir la aportación del documento nacional de identidad, salvo oposición expresa. Si la solicitud no reúne los requisitos, se requerirá su subsanación en un plazo de diez días, con advertencia de desistimiento; si falta documentación, se otorgará el mismo plazo de diez días, con aviso de decaimiento en el derecho.

Funcionamiento, confidencialidad y entrada en vigor

El equipo se regirá por la propia orden y, en lo no previsto, por las normas sobre órganos colegiados de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de organización y régimen jurídico del sector público autonómico aragonés. Se reunirá cuando lo convoque su presidencia, por iniciativa propia o a solicitud de cualquiera de sus miembros, y la secretaría garantizará las actas, la custodia de la documentación y el apoyo técnico y administrativo.

Una disposición adicional obliga al equipo a garantizar la confidencialidad de toda la información a la que acceda, en cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos, y de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, reguladora de la autonomía del paciente. La orden está firmada en Zaragoza el 24 de septiembre de 2026 por el Consejero de Sanidad, Ángel Sanz Barea.

La creación de este órgano es la pieza que faltaba en Aragón para que las personas expuestas al amianto en el ámbito laboral, doméstico o ambiental puedan acreditar su patología y reclamar la compensación económica prevista en el fondo estatal. A partir de ahora, trabajadores y familias afectadas cuentan con un cauce administrativo concreto, con plazos definidos y un equipo especializado en salud pública, laboral y ambiental encargado de validar cada caso.


Fuente: Boletín Oficial de Aragón, número 197, de 9 de octubre de 2026, sección I. Disposiciones Generales (referencia oficial: BOA20261009001).