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Boletín Oficial de Aragón · 02 Oct 2026 · 17 vistas

Aragón concede 795.548 euros a ayuntamientos para sistemas de videovigilancia

Por FactBox Admin

Aragón concede 795.548 euros a ayuntamientos para sistemas de videovigilancia

El Departamento de Vivienda, Fomento, Logística y Cohesión Territorial del Gobierno de Aragón ha resuelto la convocatoria de subvenciones a entidades locales para adquirir e instalar sistemas de videovigilancia durante 2026, con una concesión global de 795.548,74 euros. La decisión se formaliza en la Orden VFL/1409/2026, de 21 de septiembre, publicada en el Boletín Oficial de Aragón número 192, de 2 de octubre de 2026, sección III, con referencia oficial BOA20261002013. La firma corresponde al consejero Octavio López Rodríguez.

Una convocatoria nacida del Fondo de Cohesión Territorial

Las ayudas se enmarcan en la Directriz Especial de Ordenación Territorial de Política Demográfica y contra la Despoblación, aprobada por Decreto 165/2017, de 31 de octubre, y se financian con cargo al Fondo de Cohesión Territorial, regulado en el artículo 45 de la Ley 17/2023, de 22 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón, prorrogada para 2026. Las bases reguladoras son la Orden VMV/1795/2021, de 30 de noviembre.

La convocatoria se publicó mediante Orden FOM/548/2026, de 30 de marzo, en el Boletín Oficial de Aragón número 73, de 17 de abril de 2026, con una dotación inicial de 400.000 euros. Esa cifra se elevó después a 800.000 euros con la Orden VFL/1089/2026, de 9 de julio, publicada en el Boletín Oficial de Aragón número 142, de 24 de julio de 2026.

795.548,74 euros y cinco anexos

La orden aprueba la resolución definitiva en régimen de concurrencia competitiva y publica cinco anexos:

  • Anexo I: solicitudes admitidas a trámite y puntuación obtenida en cada criterio de valoración.
  • Anexo II: solicitudes estimadas total o parcialmente, con entidad beneficiaria, objeto, puntuación, importes solicitados y concedidos.
  • Anexo III: solicitudes desestimadas por crédito insuficiente.
  • Anexo IV: solicitudes inadmitidas, con sus motivos.
  • Anexo V: solicitudes de entidades que desistieron.

Las actuaciones se financian con cargo a la aplicación presupuestaria 13070/G/1260/760145/91002 (PEP 2018/000140), dotada con 800.000 euros. La subvención cubre hasta el 100 % del gasto subvencionable debidamente justificado.

Plazos, justificación y renuncias

El periodo de ejecución de las actuaciones subvencionadas abarca del 1 de septiembre de 2025 al 25 de octubre de 2026, ambos inclusive. La justificación podrá presentarse desde el día siguiente a la publicación de la orden hasta el 31 de octubre de 2026.

Si en diez días hábiles desde la publicación no se presenta renuncia expresa, la ayuda se entenderá aceptada tácitamente. La renuncia se tramita electrónicamente en la Sede electrónica aragonesa, con el número de trámite 11571. Los remanentes liberados podrán reasignarse a las solicitudes del anexo III, ordenadas por puntuación, hasta agotar el crédito.

Alegaciones desestimadas y municipios excluidos

El plazo de solicitudes terminó el 2 de junio de 2026 y la propuesta provisional se publicó el 14 de agosto de 2026 en el Boletín Oficial de Aragón número 157, con un importe entonces de 796.192,74 euros. Dentro del plazo de alegaciones, cerrado el 21 de agosto de 2026, se presentaron dos alegaciones, correspondientes a los expedientes FCT-2026-EELL-SEG-003 y FCT-2026-EELL-SEG-164, ambas desestimadas.

La Comisión de valoración se reunió el 28 de agosto de 2026 y el director general de Despoblación, Alberto Casañal Pina, elevó la propuesta definitiva el 9 de septiembre de 2026. Contra la orden, que agota la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en dos meses.

La resolución cierra el reparto de un fondo pensado para municipios de menor desarrollo territorial y escasa cobertura de seguridad pública, de modo que las entidades incluidas en el anexo III quedan a la espera de posibles renuncias para acceder a las ayudas. Los ayuntamientos beneficiarios disponen ahora de menos de un mes para justificar sus proyectos.


Fuente: Boletín Oficial de Aragón, número 192, de 2 de octubre de 2026, sección III, pág. 1 (referencia oficial: BOA20261002013).