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Boletín Oficial de Aragón · 10 Sep 2026 · 1 vistas

Aragón concede 500.000 euros a programas de cualificación inicial de FP

Por FactBox Admin

Aragón concede 500.000 euros a programas de cualificación inicial de FP

El Departamento de Educación, Ciencia y Universidades del Gobierno de Aragón ha resuelto la convocatoria de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de Programas de Cualificación Inicial de Formación Profesional en la modalidad II, iniciados en el año 2025. La resolución se formaliza mediante la Orden ECU/1312/2026, de 27 de agosto, publicada en el Boletín Oficial de Aragón número 176, de 10 de septiembre de 2026 (referencia BOA20260910015).

El importe total concedido asciende a 500.000,00 euros, cofinanciado al 60% por el Departamento de Educación, Ciencia y Universidades y al 40% por el Fondo Social Europeo Plus de Aragón 2021-2027. La orden, firmada por la consejera Carmen M.ª Susín Gabarre, pone fin a la vía administrativa.

Marco normativo y antecedentes

La convocatoria se apoya en las bases reguladoras aprobadas por la Orden ECD/636/2023, de 9 de mayo (BOA número 95, de 22 de mayo de 2023), que regula la concesión de estas ayudas en la modalidad de talleres profesionales y aulas o talleres profesionales especiales. La propia convocatoria se abrió mediante la Orden ECU/886/2026, de 3 de junio (BOA número 117, de 22 de junio de 2026).

La Comisión de valoración se reunió el 5 de agosto de 2026 y comprobó que se habían solicitado cinco subvenciones, todas correctamente documentadas y subvencionables. Al no superar el número de solicitudes el máximo previsto, no fue necesaria la prelación de expedientes y cada programa recibe la cuantía íntegra de 100.000,00 euros.

Destinatarios y cuantías

Los programas beneficiarios tienen como objetivo que los alumnos que abandonaron prematuramente el sistema educativo sin alcanzar cualificación profesional puedan obtener una acreditación, certificado o título de FP que facilite su empleabilidad y su inserción sociolaboral. Las ayudas se distribuyen entre dos aplicaciones presupuestarias:

  • 18050/G/4226/480430/91001: 300.000,00 euros (150.000 en 2026 y 150.000 en 2027).
  • 18050/G/4226/480430/11202: 200.000,00 euros (100.000 en 2026 y 100.000 en 2027).

La cuantía de 2027 queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de la Comunidad Autónoma para ese ejercicio.

Obligaciones y plazos

Las entidades beneficiarias deben manifestar la aceptación de la subvención presentando electrónicamente el anexo III de la Orden ECU/886/2026 ante la Dirección General de Planificación, Centros y Formación Profesional, en un plazo de diez días hábiles desde la publicación; de no hacerlo, se entenderá que renuncian. El pago se realizará mediante transferencia bancaria, con posibilidad de solicitar pago anticipado, y la justificación deberá presentarse en el plazo de un mes desde la finalización del programa o diez días hábiles desde la publicación de la orden.

Entre las obligaciones de los beneficiarios figuran la inclusión de la operación en la lista pública de operaciones, someterse al control de los organismos de la Unión Europea y de la autoridad de gestión, conservar la documentación justificativa, mantener contabilidad separada y aplicar medidas antifraude eficaces. Contra la orden cabe recurso de reposición ante la consejera en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el de dos meses.


Fuente: Boletín Oficial de Aragón, número 176, de 10 de septiembre de 2026, sección III. Otras Disposiciones y Acuerdos (referencia oficial: BOA20260910015).