Boletín Oficial de Aragón · 09 Oct 2026 · 18 vistas
Aragón concede 310.000 euros a comarcas rurales para conciliación y parentalidad
Por FactBox Admin

El Gobierno de Aragón ha resuelto la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos en materia de familia, infancia y adolescencia en el ámbito rural, dotada con 310.000 euros y destinada a las comarcas aragonesas. La decisión corresponde al vicepresidente y consejero de Desregulación, Bienestar Social y Familia, Alejandro Nolasco Asensio, y se formaliza en la Orden DBF/1441/2026, de 2 de octubre. El texto se publica en el Boletín Oficial de Aragón número 197, de 9 de octubre de 2026, dentro de la sección III de otras disposiciones y acuerdos, con la referencia oficial BOA20261009011.
La convocatoria de origen es la Orden DBF/1035/2026, de 7 de julio, cuyo extracto apareció en el Boletín Oficial de Aragón número 136, de 16 de julio de 2026 y que fue inscrita en la Base de Datos Nacional de Subvenciones con el número 906900. El procedimiento se identifica bajo la denominación DGFAM 11/2026 y su objetivo es contribuir a crear una red de servicios que faciliten la conciliación corresponsable de la vida personal, familiar y laboral en el medio rural, donde las dificultades para conciliar son más acusadas.
La norma busca además fomentar el ejercicio positivo de la parentalidad mediante medidas de apoyo a la dinámica familiar y actuaciones que contribuyan al bienestar integral de los niños, niñas y adolescentes del ámbito rural. La instrucción del procedimiento corresponde a la Jefatura de Servicio de Apoyo a las Familias de la Dirección General de Familia, Infancia y Natalidad.
Reparto por líneas de actuación
El importe total concedido asciende a 310.000 euros, distribuido en dos líneas:
- Servicios de conciliación: 210.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 20020 G/3133/460048/91002, detallados en el anexo I.
- Actividades para el fomento de la parentalidad positiva y el bienestar integral de los niños, niñas y adolescentes: 100.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 20020 G/3133/460250/91002, detallados en el anexo II.
Los anexos con las comarcas beneficiarias, el proyecto, la puntuación obtenida y el importe concedido pueden consultarse en la dirección https://mia.aragon.es/documentos, con el código de verificación CSVAH4KBYI0K21L0XFIL.
Valoración y tramitación
Los proyectos fueron examinados por la Comisión de valoración conforme a los criterios y subcriterios del apartado noveno de la orden de convocatoria, atendiendo a la coherencia, la adecuación al objeto, la viabilidad, la implicación de la comarca, las necesidades detectadas y la existencia o no de otros recursos. La propuesta del órgano instructor se elevó el 30 de septiembre de 2026.
Para fijar cada importe se aplicó el porcentaje correspondiente a la puntuación obtenida, con un límite máximo del 15 % sobre el crédito disponible de cada línea. Al superar o quedar por debajo del crédito en las líneas 1 y 2, respectivamente, se minoró la subvención en el primer caso y se incrementó en el segundo hasta agotar el crédito máximo. La resolución precisa que no procederá la reformulación de las solicitudes.
Plazos, justificación y recursos
El pago se efectuará una vez acreditado el cumplimiento de la finalidad y justificado el gasto, y queda condicionado a que la comarca esté al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. El plazo de presentación de la documentación justificativa comienza el 13 de octubre de 2026 y finaliza el 27 de octubre de 2026.
- La aceptación de la subvención se entiende prestada si no se manifiesta lo contrario en diez días naturales desde la publicación.
- Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el vicepresidente y consejero.
- También cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses.
La concesión se ajusta a la Orden CDS/1427/2021, de 21 de octubre, de bases reguladoras, al texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón aprobado por Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, y a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El reparto supone un respaldo económico directo a las comarcas rurales, las administraciones más próximas a las familias con menos recursos de conciliación. Con 210.000 euros para servicios de conciliación y 100.000 para parentalidad positiva, el Gobierno de Aragón refuerza una red de atención que busca fijar población y garantizar el bienestar de la infancia en el territorio.
Fuente: Boletín Oficial de Aragón, número 197, de 9 de octubre de 2026, sección III, pág. 1 (referencia oficial: BOA20261009011).