Boletín Oficial de Aragón · 14 Sep 2026 · 1 vistas
Aragón autoriza la venta de once parcelas para vivienda en Martín del Río
Por FactBox Admin

El Departamento de Vivienda, Fomento, Logística y Cohesión Territorial del Gobierno de Aragón ha autorizado al Ayuntamiento de Martín del Río (Teruel) a enajenar once parcelas de suelo urbano pertenecientes al patrimonio público del suelo, valoradas en 132.055,15 euros, con destino a la construcción de vivienda. La autorización se formaliza mediante la Orden VFL/1328/2026, de 31 de agosto, publicada en el Boletín Oficial de Aragón número 178, de 14 de septiembre de 2026, en la sección III de Otras Disposiciones y Acuerdos.
La decisión responde al expediente incoado por el propio consistorio, que en sesión del Pleno celebrada el 1 de junio de 2026 acordó aprobar la convocatoria de la enajenación, cuyo valor excede del 25 % de los recursos ordinarios de su presupuesto. El sistema elegido es el de licitación por pluralidad de criterios, el procedimiento previsto para este tipo de bienes patrimoniales.
Marco normativo
La enajenación se ampara en la legislación de régimen local y urbanística aragonesa. En concreto, se citan los artículos 188.3 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, y 105 y siguientes del texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, aprobado por Decreto-Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón.
El procedimiento de licitación por pluralidad de criterios se ajusta a los artículos 107.1.a) y 108 de ese texto refundido, por remisión del artículo 188.3 de la Ley 7/1999. La orden la firma el consejero Octavio López Rodríguez, en ejercicio de las facultades derivadas del Decreto 129/2026, de 22 de julio, por el que se aprueba la estructura orgánica del departamento.
Las parcelas enajenadas
Los once bienes son solares urbanos sin edificar, con coeficiente de propiedad del 100 %, situados en la unidad de reparto Santa Bárbara y en las calles 15 de agosto y 12 de octubre de la localidad. Sus superficies oscilan entre los 309 y los 342 metros cuadrados:
- Calle 15 de agosto, 18 (UR Santa Bárbara): 309 m², finca 2800.
- UR Santa Bárbara: parcelas de 336, 342, 340 y 339 m² (fincas 2792 a 2795).
- Calle 12 de octubre, 9 a 19: parcelas de 328 a 336 m² (fincas 2804 a 2809).
Todas ellas figuran con referencia catastral propia y uso de suelo urbano sin edificar, y se integran en el patrimonio público del suelo del municipio.
Destino de los ingresos
La orden recuerda que, conforme al artículo 5 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004) y al artículo 110 del Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón (Decreto 347/2002), los ingresos de la enajenación no podrán destinarse a financiar gastos corrientes. Al tratarse de bienes del patrimonio público del suelo, resulta de aplicación el artículo 105.4 del texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón.
La operación supone una vía para ampliar la oferta de suelo residencial en un municipio del medio rural turolense, facilitando el acceso a vivienda en una zona afectada por la despoblación. La licitación por pluralidad de criterios permitirá al consistorio valorar no solo el precio sino también otros elementos de la oferta, en línea con el destino propio del patrimonio público del suelo.
Fuente: Boletín Oficial de Aragón, número 178, de 14 de septiembre de 2026, sección III (referencia oficial: BOA20260914015).