Boletín Oficial de Aragón · 28 Sep 2026 · 7 vistas
Aragón armoniza el proceso electoral de las Juntas de Personal docentes
Por FactBox Admin

El Gobierno de Aragón ha armonizado el proceso electoral de representantes a las Juntas de Personal del funcionariado docente no universitario de los centros públicos dependientes de la comunidad, cuya votación se celebrará el 3 de diciembre de 2026. El acuerdo fue aprobado por el Ejecutivo autonómico el 9 de septiembre de 2026 y se da a conocer mediante la Orden ECU/1381/2026, de 14 de septiembre, publicada en el Boletín Oficial de Aragón número 188, de 28 de septiembre de 2026 (referencia oficial: BOA20260928018).
La norma lleva la firma de la consejera de Educación, Ciencia y Universidades, Carmen M.ª Susín Gabarre, y se enmarca en el Decreto 208/1999, de 17 de noviembre, que en su artículo 2.2.f) atribuye al Gobierno de Aragón la competencia para definir las instrucciones de los representantes de los funcionarios en el ámbito de la negociación colectiva. El texto se apoya en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en los preceptos vigentes de la Ley 9/1987, de 12 de junio.
El Departamento de Educación, Ciencia y Universidades elaboró los criterios tras oír a las organizaciones sindicales con capacidad para promover elecciones en cada una de las tres provincias aragonesas. En concreto, participaron CSIF, CGT, STEA-i, CCOO, UGT y ANPE. El objetivo declarado es que el proceso “discurra y culmine de forma ágil y eficaz” mediante un funcionamiento homogéneo de todas las mesas electorales.
Un calendario cerrado hasta la votación
El acuerdo incorpora un calendario electoral que fija los hitos del proceso y compromete a las partes a aplicar el artículo 13.6 de la Ley 9/1987 en caso de concurrencia de promotores. Las fechas clave son las siguientes:
- 4 de septiembre: promoción de las elecciones sindicales y preaviso.
- 5 de septiembre: inicio del plazo para comunicar el deseo de voto por correo.
- 6 de octubre: constitución de las Mesas Electorales Coordinadoras.
- 22 de octubre: publicación de los censos provisionales.
- 27 de octubre: fin del plazo para resolver reclamaciones de censos.
- 29 de octubre: publicación del censo definitivo y cierre de la lista para determinar el número de representantes y la composición de las mesas.
- Hasta el 9 de noviembre: presentación de candidaturas.
- 10 de noviembre: proclamación provisional; hasta el 12, reclamaciones; 13 de noviembre, proclamación definitiva.
- Del 16 de noviembre al 1 de diciembre: campaña electoral.
- 28 de noviembre: fin del plazo para comunicar el voto por correo.
- 2 de diciembre: jornada de reflexión; 3 de diciembre, votación.
Dispensas sindicales y campaña electoral
El acuerdo detalla los derechos y garantías de las organizaciones sindicales durante el proceso. Los sindicatos podrán designar personas dispensadas de asistir al trabajo en los periodos marcados:
- Una persona por cada organización con capacidad para promover elecciones en cada una de las tres provincias, desde el 15 de octubre de 2026 hasta el día siguiente a la votación.
- Una persona por cada sindicato presente en la Mesa Sectorial de Educación, desde el 8 de octubre hasta el día siguiente a la votación, y una más desde el 3 de noviembre.
- Una persona a jornada completa por cada organización incluida en una candidatura, desde la proclamación definitiva hasta el día siguiente a la votación.
La solicitud de dispensa debe comunicarse a la Dirección General de Personal y a la persona responsable del centro de trabajo, y se entiende concedida automáticamente el tercer día hábil desde su entrada en registro. En cuanto al régimen de asambleas, desde las cero horas del 16 de noviembre hasta las veinticuatro horas del 1 de diciembre las personas candidatas podrán ejercer actividad sindical en horario no lectivo, dirigida tanto al personal como a los afiliados, sin necesidad de autorización de la Dirección General de Personal.
Horario, voto por correo y representantes
La votación se desarrollará de 10:00 a 18:00 horas, y el personal docente dispondrá de dos horas de su horario para ejercer el derecho al voto, ampliables de forma excepcional y justificada hasta tres por las condiciones de desplazamiento. Los equipos directivos exigirán el certificado de haber votado y garantizarán la apertura de los centros, el transporte y el comedor.
El voto por correo se regula conforme al artículo 19 del Real Decreto 1846/1994, de 9 de septiembre. La solicitud se presentará personalmente en las oficinas de Correos, con fotocopia del Documento Nacional de Identidad en sobre abierto, y su gasto correrá a cargo de cada Servicio Provincial. La correspondencia recibida tras el cierre de la votación no se computará.
El número de miembros de las Juntas de Personal se determinará según el artículo 39 del Real Decreto Legislativo 5/2015, conforme al censo que se hará público el 29 de octubre de 2026. Los representantes y dispensados sindicales designados para el curso 2026-2027 permanecerán en esa situación hasta el 31 de agosto de 2027, y cualquier cambio derivado de los resultados surtirá efectos desde el 1 de septiembre de 2027. La Mesa Sectorial de Educación se configurará con arreglo a los resultados de estos comicios.
La convocatoria afecta a miles de docentes de toda Aragón y ordena por primera vez en un solo texto los plazos, las dispensas y las condiciones de voto de un proceso que determinará la representación sindical del profesorado y la composición de la mesa de negociación educativa durante los próximos años.
Fuente: Boletín Oficial de Aragón, nº 188, 28 de septiembre de 2026, sección III. Otras Disposiciones y Acuerdos (referencia oficial: BOA20260928018).