Butlletí Oficial de la Província de Barcelona · 06 Nov 2026 · 10 vistas
Aprobada la zona de bajas emisiones de Sant Just Desvern
Por FactBox Admin

El Pleno del Ayuntamiento de Sant Just Desvern, en sesión del 29 de octubre de 2026 y una vez resueltas las alegaciones presentadas, ha aprobado definitivamente el Proyecto de Zona de Bajas Emisiones del municipio y la ordenanza que regula la restricción del acceso, la circulación y el estacionamiento de determinados vehículos. El texto íntegro se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona del 6 de noviembre de 2026, con la referencia CVE 202610165881 y las páginas 1 a 27, y entra en vigor al día siguiente de la publicación.
La norma despliega la medida incluida en el Programa metropolitano de medidas contra la contaminación atmosférica y da cumplimiento al artículo 14 de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, y al Decreto 132/2024, de 30 de julio, que aprueba el Plan de calidad del aire horizonte 2027. El Proyecto ha sido redactado por el Institut Metròpoli y promovido por el Área Metropolitana de Barcelona (AMB) y por el propio consistorio. La ordenanza consta de cuatro capítulos, quince artículos, dos disposiciones transitorias, una derogatoria, una final y cuatro anexos.
Restricción de lunes a viernes, de 7 a 20 horas
La prohibición se aplica a todos los días laborables, de lunes a viernes, entre las 7.00 y las 20.00 horas, en la parte de la Zona de Bajas Emisiones delimitada dentro del término municipal según el anexo 1. Los vehículos afectados son los considerados más contaminantes: los de las categorías 2L, M y N que no tengan asignado ningún distintivo ambiental, de acuerdo con el anexo 2.
El control del cumplimiento se realiza de manera automática mediante un sistema de lectura de matrículas y la plataforma tecnológica de la AMB, sin perjuicio de las competencias de la Policía Local. La zona debe señalizarse en los puntos de acceso con la señalización habilitada por la Dirección General de Tráfico (DGT).
Multas de 200 euros y régimen sancionador desde el 1 de diciembre
No respetar las restricciones de la Zona de Bajas Emisiones es una infracción grave tipificada en el artículo 76, letra z3, del texto refundido de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos de motor y seguridad vial, aprobado por el Real decreto legislativo 6/2015. La sanción es de 200 euros, de acuerdo con el artículo 80.1 de la misma norma.
- La multa se incrementa un 30 % en caso de reincidencia, entendida como más de una infracción de la misma naturaleza en un año declarada por resolución firme.
- Los ingresos de las sanciones se destinan a financiar actuaciones de movilidad sostenible.
- El capítulo 4, que fija el régimen sancionador, entra en vigor el 1 de diciembre de 2026.
Exenciones, autorizaciones y registro metropolitano
Quedan exentos de la restricción los vehículos para el transporte de personas con movilidad reducida, los de servicios de emergencia y esenciales, los destinados a personas con enfermedades o discapacidades que condicionen el uso del transporte público y los de matrícula extranjera con requisitos tecnológicos equivalentes a las distintivas que permiten el acceso. En todos los casos es necesaria la inscripción válida en el Registro metropolitano de vehículos extranjeros y otros vehículos autorizados en las zonas de bajas emisiones, gestionado por el AMB.
También se pueden obtener autorizaciones en supuestos como:
- Autorización diaria para acceso esporádico, con un máximo de 24 anuales, ampliable por decreto de alcaldía.
- Autorización temporal para vehículos singulares, eventos extraordinarios, tratamientos médicos periódicos y pruebas de taller.
- Titulares a quienes les falten como máximo cinco años de cotización para la jubilación, con autorización renovable hasta el 1 de diciembre de 2031.
- Unidades familiares con ingresos inferiores a dos veces el IPREM, con el multiplicador ampliado según el número de miembros (de 2 a 4), con vigencia de un año renovable.
- Titulares que acrediten la compra de un vehículo nuevo con requisitos equivalentes y vehículos de actividad agrícola o ganadera con DUN vigente.
Antecedentes y vía de recurso
El municipio pertenece a la zona de calidad del aire 1, declarada zona de protección especial del ambiente atmosférico por el Decreto 226/2006 de la Generalitat de Catalunya, donde históricamente se han superado los valores límite de dióxido de nitrógeno y de partículas PM10.
El acuerdo lleva la firma del alcalde, Joan Basagañas i Camps, con fecha 4 de noviembre de 2026 y la referencia SEC 2025 119 43. Contra la aprobación definitiva del Proyecto se puede interponer recurso contencioso administrativo ante la Sección Contenciosa Administrativa del Tribunal de Instancia de Barcelona en dos meses, y contra la ordenanza ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya en el mismo término.
La medida afecta a todos los conductores que accedan al núcleo urbano, también a los residentes con vehículo sin distintivo, que deberán recurrir al registro metropolitano si quieren acogerse a una exención o autorización. Con la entrada en vigor inmediata del texto y la aplicación de las sanciones a partir del 1 de diciembre, Sant Just Desvern se suma a las restricciones de tráfico ya vigentes en la metrópolis de Barcelona.
Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Barcelona, 6 de noviembre de 2026, Administración local, pág. 1-27 (referencia oficial: CVE 202610165881).