BOP de Girona · 05 Nov 2026 · 11 vistas
Aprobación provisional en Arbúcies del ICIO y quince tasas para 2027
Por FactBox Admin

El Pleno del Ayuntamiento de Arbúcies, en sesión ordinaria del 29 de octubre de 2026, ha aprobado provisionalmente la modificación de quince ordenanzas fiscales que entrarán en vigor el 1 de enero de 2027, entre las cuales el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO). El acuerdo se publica en el edicto núm. 9521 del Boletín Oficial de la Provincia de Girona núm. 213, de 5 de noviembre de 2026 (referencia oficial BOP-2026_0_213_9521, pág. 1-2), y abre un plazo de treinta días para presentar reclamaciones y sugerencias.
La decisión afecta al conjunto de contribuyentes del municipio, ya que toca tanto impuestos como tasas de servicios, ocupación de vía pública y equipamientos culturales. El texto publicado no detalla aún las tarifas concretas de cada figura, sino la relación de ordenanzas afectadas, que figuran como anexo del acuerdo. El documento está firmado electrónicamente por el alcalde Pere Garriga i Solà el 2 de noviembre de 2026.
El ICIO y tres tasas más, modificadas de fondo
El primer apartado del acuerdo incluye cuatro ordenanzas que se modifican directamente:
- Ordenanza 4: Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO).
- Ordenanza 27: Buzones.
- Ordenanza 30: Tasa por prestación de servicios y utilización de instalaciones municipales.
- Ordenanza 31: Tasa por la utilización de mobiliario municipal y espacio público.
El ICIO es la figura de mayor impacto económico de la lista, porque grava cualquier obra nueva, reforma o rehabilitación que requiera licencia en el término municipal. Las otras tres afectan a servicios cotidianos y al uso privado del espacio público por parte de particulares y empresas.
Once ordenanzas más reordenan los anexos
El resto de la modificación no altera el régimen de las tasas, sino la numeración de los anexos de las ordenanzas siguientes:
- 12: tasa por la retirada de vehículos abandonados o estacionados defectuosamente o abusivamente en la vía pública.
- 14: tasa por ocupación de vía pública con zanjas y sondeos.
- 15: tasa por la ocupación de vía pública con mercancías, materiales de construcción y otros.
- 16: tasa por ocupar terrenos de uso público (mesas y sillas) con finalidad lucrativa.
- 17: tasa por paradas, barracas, casetas, espectáculos y ambulantes.
- 18: tasa por las ocupaciones de subsuelo, suelo y vía pública.
- 19: tasa por la reserva de vía pública en carga y descarga.
- 20: tasa por licencias de autotaxi y otros vehículos de alquiler.
- 21: tasa por registro y control de animales.
- 22: tasa por visitas del público al Museu Etnològic del Montseny La Gabella (MEMGA).
- 28: tasas y normativa para la reproducción de fondos del archivo histórico municipal de Arbúcies y del MEMGA.
Treinta días de alegaciones antes de la entrada en vigor
La aprobación es provisional y debe exponerse en el tablón de anuncios del consistorio durante treinta días, contados a partir del día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona. Durante este periodo, los interesados pueden examinar el expediente y presentar en él las reclamaciones o sugerencias que consideren convenientes.
Si no se presenta ninguna reclamación, el acuerdo quedará elevado automáticamente a definitivo mediante un decreto de alcaldía. Los acuerdos definitivos y el texto íntegro de las modificaciones deberán publicarse también en el boletín provincial, y la entrada en vigor de las nuevas ordenanzas se fija para el día 1 de enero de 2027.
El procedimiento se fundamenta en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, que regula la aprobación y la modificación de las ordenanzas fiscales y el trámite de información pública.
Para los vecinos y las empresas de Arbúcies, el calendario es relevante: cualquier reclamación sobre el ICIO o sobre las tasas de ocupación de vía pública y de servicios municipales debe presentarse dentro de estos treinta días, dado que después el acuerdo se vuelve definitivo y el 1 de enero de 2027 comienza a aplicarse a todas las liquidaciones.
Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Girona, núm. 213, de 5 de novembre de 2026, Administració local - Ajuntaments, pàg. 1-2 (referència oficial: BOP-2026_0_213_9521).