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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía · 29 Oct 2026 · 7 vistas

Andalucía eleva a 34.785,96 euros la ayuda Puntos Vuela de mantenimiento

Por FactBox Admin

Andalucía eleva a 34.785,96 euros la ayuda Puntos Vuela de mantenimiento

La Dirección Gerencia de la Agencia Digital de Andalucía ha elevado a 34.785,96 euros la cuantía prevista en el apartado 5.a) del cuadro resumen de la línea de ayuda «Puntos Vuela Inclusión Digital Mantenimiento». La decisión se formaliza en la Resolución de 26 de octubre de 2026, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) núm. 210, correspondiente al jueves 29 de octubre de 2026, en la página 14227 y con el texto núm. 14227. El nuevo importe sustituye al que figuraba en esa casilla de las bases reguladoras y surtirá efectos desde el mismo día de su publicación.

Amparo en las bases reguladoras de 2021

La resolución se dicta al amparo de la disposición final primera de la Orden de 9 de noviembre de 2021, de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a municipios y entidades locales autónomas de Andalucía en situación de brecha digital y a entidades asociativas sin ánimo de lucro, para la dinamización de centros de competencias digitales.

Esa disposición final fue modificada por la Orden de 13 de marzo de 2026, de la Consejería de Industria, Energía y Minas, que añadió en el párrafo segundo de su apartado 1 una autorización expresa: la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia Digital de Andalucía puede modificar la cuantía subvencionada del apartado 5.a) del cuadro resumen, referente a las entidades asociativas sin ánimo de lucro, mediante la publicación de la correspondiente resolución en el BOJA.

El texto firmado señala que la Dirección Gerencia «estima conveniente» proceder a la actualización de esa cuantía, sin detallar en el cuerpo de la resolución el importe anterior ni el porcentaje de variación.

Qué cambia y a quién afecta

El resuelve primero fija el nuevo importe y el segundo acota su alcance temporal: la cifra solo regirá para las convocatorias que se efectúen con posterioridad a la entrada en vigor de esta resolución, no para las ya resueltas o en curso.

  • Cuantía: 34.785,96 euros en el apartado 5.a) del cuadro resumen.
  • Línea de ayuda: «Puntos Vuela Inclusión Digital Mantenimiento».
  • Norma modificada: Orden de 9 de noviembre de 2021, de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior.
  • Norma habilitante: Orden de 13 de marzo de 2026, de la Consejería de Industria, Energía y Minas.
  • Órgano que resuelve: Dirección Gerencia de la Agencia Digital de Andalucía.
  • Firmante: el director gerente, Raúl Jiménez Jiménez, en Sevilla, a 26 de octubre de 2026.

Vigencia inmediata y encaje en el boletín

El resuelve tercero establece que la resolución surtirá efectos «desde el mismo día de su publicación» en el BOJA, de modo que la nueva cuantía quedó activa el 29 de octubre de 2026, sin periodo de vacatio legis.

El texto aparece en la sección 1, «Disposiciones generales», bajo la rúbrica de la Consejería de Inteligencia Artificial, Desarrollo Digital y Administración Pública, y ocupa dos páginas del boletín. El sumario del mismo número recoge la norma en ese apartado con la indicación de «texto núm. 14227 - 2 páginas», lo que permite su localización directa en el ejemplar.

Impacto para municipios y entidades

La línea «Puntos Vuela» sostiene la dinamización de centros de competencias digitales en territorios con dificultades de acceso y uso de la tecnología, una red que en Andalucía se apoya en los ayuntamientos y en el tejido asociativo local. La actualización del importe da a los beneficiarios una referencia económica estable para planificar el mantenimiento de esos centros en las próximas convocatorias, que son las únicas a las que se aplicará la nueva cifra. Para los municipios y entidades sin ánimo de lucro interesados, el dato relevante es que la cuantía ya está en vigor y que su aplicación efectiva llegará con la siguiente convocatoria que publique la Agencia Digital de Andalucía.


Fuente: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, núm. 210 de 29 de octubre de 2026, sección 1. Disposiciones generales, pág. 14227 (referencia oficial: texto núm. 14227, cve 00345457).