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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía · 26 Oct 2026 · 1 vistas

Andalucía destina 700.000 euros a formación para trabajadores afectados por silicosis

Por FactBox Admin

Andalucía destina 700.000 euros a formación para trabajadores afectados por silicosis

La Dirección General de Formación en el ámbito laboral de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo ha convocado 700.000 euros en subvenciones para financiar formación profesional en modalidad de teleformación dirigida a personas trabajadoras desempleadas y ocupadas afectadas por silicosis en Andalucía. La convocatoria se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 207, de 26 de octubre de 2026, mediante la Resolución de 21 de octubre de 2026 (texto núm. 13981) y su extracto (texto núm. 13983), con un plazo de solo diez días naturales para presentar solicitudes.

La convocatoria se ampara en las bases reguladoras aprobadas por la Orden de 3 de noviembre de 2023 (BOJA núm. 214, de 8 de noviembre de 2023), corregida por el texto publicado en el BOJA núm. 11, de 16 de enero de 2024, y en la estructura orgánica fijada por el Decreto 195/2026, de 30 de julio. La competencia para convocar se delega en la persona titular de la dirección general mediante la disposición adicional primera de la citada orden.

El expediente administrativo recoge los antecedentes de la medida: el Parlamento de Andalucía aprobó el 14 de junio de 2023 una Proposición No de Ley que instaba al Gobierno andaluz a implementar programas de formación para personas trabajadoras con silicosis, y la Consejería participa desde julio de 2024 en la Mesa de Trabajo Permanente de la Silicosis. El proyecto de detección de necesidades formativas de este colectivo concluyó en septiembre de 2025.

El alcance sanitario que justifica la ayuda

El texto oficial describe la silicosis como una enfermedad pulmonar de origen laboral que provoca fibrosis irreversible y que, desde 2007, registra un repunte vinculado a la manipulación de aglomerados de cuarzo. En Andalucía se han comunicado oficialmente más de 600 partes por enfermedad profesional por silicosis entre 2007 y 2023, con una edad media de unos 36 años y formas aceleradas en más del 26 por ciento de los casos.

Según el Laboratorio-Observatorio de Enfermedades Profesionales de Andalucía, la silicosis representa aproximadamente el 15 por ciento de las enfermedades profesionales registradas en la región entre 2018 y 2023, con incidencia en minería, construcción, fabricación de materiales pétreos e industria cerámica.

Dos líneas de subvención y reparto por anualidades

La financiación procede íntegramente de fondos de la Administración General del Estado y se reparte en dos anualidades:

  • Línea 1 (personas desempleadas): 500.000 euros, con 350.000 euros en 2026 y 150.000 euros en 2027, con cargo a las partidas 1400180000G/32D/47009/00 y 1400180000G/32D/48009/00, código de financiación S0044.
  • Línea 2 (personas ocupadas): 200.000 euros, con 140.000 euros en 2026 y 60.000 euros en 2027, con las mismas partidas y código S0534.
  • Total: 490.000 euros en 2026 y 210.000 euros en 2027, hasta sumar 700.000 euros.

La subvención cubre hasta el 100 por ciento del coste de la actividad formativa y se calcula multiplicando horas formativas por número de alumnado y por el módulo económico de cada especialidad, con un máximo de 80 alumnos por especialidad. Los identificadores de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones son BDNS 936465 y 936469.

Requisitos de entidades y destinatarios

Podrán ser beneficiarias las entidades de formación privadas, con y sin ánimo de lucro, que cuenten con una plataforma de aprendizaje inscrita en el registro correspondiente; quedan excluidas las entidades públicas. Cada entidad presentará una única solicitud por línea para toda Andalucía, a través de la plataforma PROFEUS+A.

El alumnado debe encontrarse en alguno de estos supuestos:

  • Tener reconocida una incapacidad permanente total asociada a la silicosis.
  • Tener diagnosticada la enfermedad sin incapacidad reconocida o con el trámite en curso.
  • Estar inscrito en el Servicio Andaluz de Empleo como demandante de empleo o de servicios previos al empleo, en el caso de la Línea 1.
  • Trabajar por cuenta ajena con centro de trabajo en Andalucía, en el caso de la Línea 2.

Diez días de plazo y tramitación de urgencia

El plazo de presentación de solicitudes es de diez días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto, y finaliza a las 12:00 horas del último día. Las solicitudes fuera de plazo o que no se ajusten al formulario serán inadmitidas sin posibilidad de subsanación.

El procedimiento se tramita por urgencia, con reducción a la mitad de los plazos ordinarios salvo los de solicitudes y recursos. El plazo máximo para resolver y publicar la resolución es de dos meses desde el fin del plazo de solicitudes; la instrucción corresponde a la Jefatura del Servicio de Programas de Empleo y la resolución a la dirección general. Las acciones formativas se ejecutarán en un máximo de doce meses desde el día siguiente a la publicación de la concesión y la justificación se presentará en dos meses.

El pago es anticipado del 70 por ciento, sin justificación previa, al amparo del Acuerdo de 24 de junio de 2026 del Consejo de Gobierno; el 30 por ciento restante se liquida tras revisar la justificación. La valoración de solicitudes se realiza sobre un máximo de 40 puntos: hasta 20 por personal formador en plantilla, 5 por equilibrio de ese personal, 5 por formación en género e igualdad y 10 por sistemas de calidad.

La resolución lleva la firma de la directora general de Formación en el ámbito laboral, María Eva Melero Torres, y su eficacia se produce desde el día siguiente al de la publicación del extracto.

La convocatoria llega cuando la silicosis ha dejado de ser una patología residual: afecta a trabajadores cada vez más jóvenes que se ven obligados a abandonar su oficio por prescripción preventiva y carecen de formación para reorientarse. Los 700.000 euros financian esa recualificación, pero el calendario es exigente: las entidades interesadas disponen de apenas diez días naturales para concurrir.


Fuente: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, núm. 207, de 26 de octubre de 2026, sección 1. Disposiciones generales, págs. 13981 y 13983 (referencia oficial: texto núm. 13981 y texto núm. 13983; BDNS 936465 y 936469).