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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía · 01 Oct 2026 · 22 vistas

Andalucía aprueba ayudas de hasta 60.000 euros para impulsar la moda andaluza

Por FactBox Admin

Andalucía aprueba ayudas de hasta 60.000 euros para impulsar la moda andaluza

La Consejería de Cultura, Patrimonio Histórico y Deporte de la Junta de Andalucía ha aprobado las bases reguladoras de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la moda andaluza. La Orden de 25 de septiembre de 2026, firmada por la consejera Patricia del Pozo Fernández, se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) número 191, de 1 de octubre de 2026, dentro de la sección 1. Disposiciones generales, y entra en vigor el día siguiente al de su publicación.

La norma se apoya en el mandato del artículo 44.1 de la Constitución Española y en las competencias de fomento de la creación cultural que el Estatuto de Autonomía para Andalucía atribuye a la comunidad. Las ayudas se integran en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Cultura, Patrimonio Histórico y Deporte para el período 2026-2028, en tramitación, y se someten al régimen de mínimis del Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023.

Dos líneas de subvención

La orden establece dos líneas diferenciadas, compatibles entre sí:

  • Línea 1: participación de personas y entidades diseñadoras en desfiles y eventos de moda celebrados en Andalucía, en el resto de España o en el extranjero.
  • Línea 2: organización de desfiles y eventos de moda por personas o entidades del sector, también dentro y fuera de Andalucía.

Podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas privadas cuya actividad principal esté vinculada a la creación y difusión de la moda andaluza (Línea 1) o a su promoción mediante la organización de desfiles y eventos (Línea 2). Quedan excluidas las entidades del sector público, las entidades sin ánimo de lucro y las unidades económicas sin personalidad jurídica.

Cuantías, requisitos y valoración

La subvención cubrirá hasta el 75% del presupuesto aceptado y su cuantía máxima se fijará en cada convocatoria, sin poder exceder de 60.000 euros. El importe, sumado al resto de ayudas de mínimis recibidas en tres años, no podrá superar los 300.000 euros.

Entre los requisitos exigidos figuran:

  • Al menos tres años de antigüedad en el ejercicio de la actividad.
  • Disponer de establecimiento o sucursal en Andalucía al hacerse efectiva la ayuda.
  • Tener marca propia registrada (Línea 1) y estar de alta en el IAE en los grupos 453, 454, 861 o 651; en la Línea 2, en el epígrafe 989.2.
  • Contar con página web propia o perfiles activos en redes sociales.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

La valoración se puntúa sobre 100 puntos, con criterios como la actividad, el ámbito territorial, la trayectoria profesional, el impacto promocional, la presencia digital, la participación de la mujer y la contratación de personas con discapacidad. Se exige un mínimo de 52 puntos y, en la Línea 1, al menos 15 puntos en trayectoria profesional; en la Línea 2, 21 puntos.

Tramitación, plazos y pago

Las solicitudes se dirigirán a la Secretaría General competente en materia de fomento de la moda y se tramitarán por vía electrónica. El plazo de presentación se determinará en cada convocatoria, y el plazo máximo para resolver y publicar la resolución es de seis meses desde la finalización del plazo de solicitudes.

El pago se realizará mediante transferencia bancaria, con un anticipo del 50% tras la publicación de la resolución de concesión y el resto una vez justificado el importe total. La justificación deberá presentarse en un plazo de tres meses desde la finalización de la actividad, y los gastos subvencionables deberán ejecutarse dentro del año natural de la convocatoria.

La orden delega en la persona titular de la Secretaría General competente la convocatoria, la concesión, el pago, la justificación y los procedimientos de reintegro y sanción.

Impacto para el sector

La medida llega a un sector que, según el propio preámbulo, carece del impulso necesario por la falta de una industria potente que acompañe al diseño. Las ayudas buscan sufragar el coste de participar en pasarelas y ferias y de organizar eventos, un desembolso que la norma considera inasumible para muchos profesionales y empresas. Diseñadores, pymes y autónomos del sector creativo andaluz dispondrán así de un marco estable de financiación, pendiente aún de la convocatoria que concrete importes y plazos.


Fuente: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), núm. 191, de 1 de octubre de 2026, sección 1. Disposiciones generales, pág. 12780 (referencia oficial: BOJA26-191-00050-12780-01_00344010).