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Diario Oficial de Castilla-La Mancha · 23 Sep 2026 · 2 vistas

Amazon deberá someter a evaluación ambiental ordinaria su aerogenerador de Illescas

Por FactBox Admin

Amazon deberá someter a evaluación ambiental ordinaria su aerogenerador de Illescas

La Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Toledo ha resuelto que el aerogenerador de 2,2 MW proyectado por Amazon Spain Fulfillment, SLU para autoconsumo industrial del centro logístico MAD7, en Illescas (Toledo), debe someterse a evaluación de impacto ambiental ordinaria. La decisión se publica en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha núm. 183, de 23 de septiembre de 2026, mediante la Resolución de 14/09/2026 (referencia 2026/6773), que descarta la vía simplificada al apreciar efectos significativos sobre el medio ambiente, la población y la ordenación del territorio.

El marco normativo y el expediente

El informe se formula conforme a la Ley 2/2020, de 7 de febrero, de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha, y en aplicación del Decreto 112/2023, de 25 de julio, de estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Sostenible, con las competencias delegadas por la Resolución de 24/05/2024 de la Dirección General de Calidad Ambiental. El proyecto se encuadra en el Anexo II del Real Decreto 445/2023, de 13 de junio, Grupo 4 (Industria energética), apartado h), relativo a instalaciones eólicas no incluidas en el anexo I.

El expediente, identificado como S478/TO/2025/00019, arrancó el 12 de marzo de 2025 con la solicitud de inicio de la evaluación simplificada ante el Servicio de Calidad Ambiental de Toledo. El 25 de abril de 2025 se formularon consultas previas a administraciones y entidades interesadas, y el 5 de enero de 2026 se requirió informe al Ayuntamiento de Illescas, cuya contestación del 21 de enero resultó determinante para elevar el trámite a ordinario.

Un aerogenerador de 130 metros dentro de la parcela logística

La instalación proyectada se ubica íntegramente en la parcela 9000 del polígono 19, dentro del Sector SUB SO 06 «Puerto Seco», en un entorno industrial y antropizado. Sus características técnicas son:

  • Un único aerogenerador del fabricante Vestas, modelo V110 o similar, de 2,2 MW de potencia nominal.
  • Altura de buje de 75 metros y rotor de 110 metros de diámetro, con una altura máxima total de 130 metros.
  • Línea subterránea de media tensión a 15 kV de 338 metros hasta el centro de transformación del centro logístico.
  • Equipo de inyección cero (modelo PPC MK5 o similar) para impedir el vertido de energía a la red, conforme al Real Decreto 244/2019.
  • Vial de acceso de 914 metros desde la rotonda de la N-401A (P.K. 37A+800), plataforma de montaje y cimentación con zapata circular de hormigón armado de 20 metros de diámetro y 2,8 metros de canto.

El promotor evaluó cinco alternativas de ubicación y descartó las opciones M6-01 a M6-04, situadas fuera del polígono industrial o en Numancia de la Sagra, por su mayor afección a la avifauna y a humedales cercanos y por su distancia al punto de consumo.

El Ayuntamiento cuestiona la altura, el ruido y el Puerto Seco

El Ayuntamiento de Illescas dictaminó el 21 de enero de 2026 la inviabilidad técnica y urbanística del emplazamiento. Sus reparos principales son:

  • Incumplimiento de la normativa de alturas: los 130 metros triplican los límites de 21 y 24 metros del artículo 18 de las Normas Urbanísticas del Plan Parcial del Sector SUB SO 06.
  • Afección a zonas residenciales: la instalación se sitúa a menos de 400-500 metros de viviendas de las calles Alhambra y Quero, con impacto acústico y visual severo.
  • Interferencia con el futuro Puerto Seco de Illescas, al ocupar espacio aéreo de parcelas ajenas y condicionar los puentes grúa de la terminal intermodal.

El promotor alegó el 27 de febrero de 2026 que el límite de 24 metros se aplica a edificios y no a instalaciones industriales, que la vivienda más próxima está a 558 metros y que la inmisión nocturna sería inferior a 38 dB(A), cumpliendo el Real Decreto 1367/2007. También sostiene que el vuelo de las palas se mantiene dentro de su parcela, a 195 metros del límite.

Avifauna protegida y afección acumulativa

El Servicio de Medio Natural de la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Toledo consideró el proyecto técnicamente viable pero condicionado a medidas, en su informe de 18 de diciembre de 2025. El aerogenerador se localiza en zonas de importancia para el águila imperial ibérica, en peligro de extinción, y el buitre negro, vulnerable, con presencia de avifauna esteparia y acuática como el aguilucho cenizo, el sisón común o la cigüeña blanca. La Confederación Hidrográfica del Tajo advirtió además de la ubicación en la zona vulnerable «Madrid-Talavera-Tiétar» y sobre la masa de agua subterránea «Talavera».

La resolución concluye que la magnitud de las discrepancias urbanísticas y acústicas, unida a la afección sinérgica con infraestructuras estratégicas colindantes, impide descartar efectos significativos en la fase simplificada. El informe no es recurrible por sí mismo, sin perjuicio de los recursos que procedan frente al futuro acto de autorización del proyecto.


Fuente: Diario Oficial de Castilla-La Mancha, núm. 183, 23 de septiembre de 2026, sección III, págs. 32721-32726 (referencia oficial: 2026/6773).