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BOP de Toledo · 28 Aug 2026 · 3 vistas

Almorox eleva a definitivas las tasas del auditorio y el alcantarillado

Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Almorox ha elevado a definitivas cinco normas fiscales que fijan las tasas por el uso del Auditorio Municipal “Pedro Pablo Crespo”, el servicio de alcantarillado y depuración, y los precios públicos de las actividades culturales y deportivas. Al no haberse presentado reclamaciones contra las aprobaciones iniciales, los acuerdos del Pleno de la Corporación quedan automáticamente elevados a definitivos y se publican en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo número 164, de 28 de agosto de 2026, firmados por el alcalde, José Martínez Vera, el 24 de agosto.

Las normas se tramitan al amparo del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo) y del artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril. Los expedientes quedan sometidos a información pública durante treinta días desde su inserción en el boletín.

Tasa por el uso del Auditorio Municipal

La ordenanza que regula la utilización privativa del Auditorio Municipal “Pedro Pablo Crespo”, aprobada por el Pleno el 30 de abril de 2026, grava la cesión de este bien de dominio público de carácter cultural a vecinos, asociaciones y entidades para actividades culturales, sociales y educativas. Las actividades sin ánimo de lucro y de acceso gratuito quedan bonificadas al 100 %, mientras que las lucrativas pagan una tasa de 200 euros por utilización puntual, más la repercusión del coste del técnico de sonido.

  • Solicitud con antelación mínima de 15 días hábiles en el Registro municipal.
  • Fianza previa de 200 euros, devuelta tras comprobar el estado de las instalaciones.
  • Duración máxima de cada evento: 2 horas.
  • Infracciones: uso distinto al autorizado, cesión a terceros sin permiso o daños, con pérdida del derecho a futuras cesiones.

Alcantarillado y depuración de aguas residuales

La modificación de la ordenanza de la tasa por el servicio de alcantarillado, tratamiento y depuración de aguas residuales, aprobada por el Pleno el 5 de febrero de 2026, fija las cuotas que abonarán los usuarios del municipio, con facturación semestral:

  • Acometida a la red: 70,00 euros por vivienda o local.
  • Vivienda: 83,94 euros.
  • Establecimientos comerciales (alimentación, ropa y despachos): 109,65 euros; sin actividad, 54,82 euros.
  • Bares, cafeterías, hoteles e industrias: 156,77 euros; cerrados, 78,39 euros.
  • Usos sin consumo humano (riegos, piscinas): 156,77 euros.

Se mantienen bonificaciones del 50 % para viviendas permanentemente cerradas, familias numerosas y jubilados, pensionistas o viudas, siempre que el titular esté empadronado con una antigüedad mínima de tres años y al corriente de pago.

Precios de actividades culturales y deportivas

El acuerdo regulador de precios públicos por actividades culturales en el auditorio, aprobado el 30 de abril de 2026, establece un precio por persona en función del coste del servicio, de 4 euros (coste de 0 a 1.000 euros) hasta 18 euros (coste de 4.001 a 4.500 euros). Las entradas se venden por anticipado y solo se admite pago con tarjeta o transferencia.

En el ámbito deportivo, el acuerdo aprobado el 27 de noviembre de 2025 fija tarifas como Pilates (20 €), Natación (37 €), Pádel adultos (30 €), Campamento de verano (25 €), Aquaerobic (25 €) y Gimnasia para mayores (5 €). La modificación del precio público por uso de instalaciones y escuelas deportivas, también de 27 de noviembre de 2025, regula el alquiler por horas del pabellón cubierto, pistas de tenis, fútbol sala y fútbol/atletismo, con tarifas reducidas para asociaciones, y escuelas deportivas de fútbol (12 €/mes) y pádel infantil (15 €/mes).

Impacto para los vecinos

Con estas cinco normas, el municipio de Almorox ordena de forma integral el régimen de uso de sus equipamientos culturales y deportivos y el cobro de los servicios de saneamiento. La publicación definitiva da seguridad jurídica a vecinos, asociaciones y usuarios, que dispondrán de un marco tarifario claro y de bonificaciones para colectivos vulnerables, mientras el consistorio garantiza la cobertura de los costes de mantenimiento de sus instalaciones.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Toledo, número 164, 28 de agosto de 2026, sección Ayuntamientos (referencias oficiales: N.º I.- 3860, 3862, 3863, 3864 y 3867).