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BOP de Sevilla · 28 Sep 2026 · 6 vistas

Almensilla revisa su ordenanza de bienestar animal y abre nueva información pública

Por FactBox Admin

Almensilla revisa su ordenanza de bienestar animal y abre nueva información pública

El Pleno del Ayuntamiento de Almensilla aprobó por unanimidad incorporar modificaciones sustanciales a la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tenencia Responsable y del Bienestar Animal y abrir un nuevo periodo de información pública de 20 días hábiles. El acuerdo, adoptado en sesión de 28 de mayo de 2026, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla número 188, de lunes 28 de septiembre de 2026, con la referencia BOP-SE-2026-188003. La revisión afecta a todos los propietarios de animales del municipio y deroga la ordenanza de tenencia de animales de compañía de 2018.

El anuncio lo firma el alcalde-presidente, Rubén Mendoza Zabala, y recoge que el Pleno se reunió con la asistencia de once de sus trece miembros de derecho, con once votos a favor. La votación fue unánime entre los presentes, con el respaldo de los cinco grupos municipales:

  • Grupo Municipal Por Almensilla: 4 concejales
  • Grupo Municipal Socialista: 3 concejales
  • Grupo Municipal IU: 2 concejales
  • Grupo Municipal PP: 1 concejal
  • Grupo Municipal Cambiemos Ahora: 1 concejal

Antecedentes: de la aprobación inicial a la propuesta conjunta

El expediente arranca de la sesión plenaria del 28 de enero de 2026, que acordó la aprobación inicial de la ordenanza. Ese acuerdo se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia el 9 de febrero de 2026, además del tablón de anuncios físico y la sede electrónica municipal, y abrió un periodo de información pública de 30 días hábiles conforme al artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Finalizado el plazo, no se presentaron reclamaciones ni sugerencias.

Sin embargo, durante el debate de aprobación inicial los grupos políticos plantearon la necesidad de aclarar y mejorar el texto. En coherencia con ello, Izquierda Unida, Cambiemos y PSOE registraron el 21 de marzo de 2026 una propuesta conjunta de modificaciones, con número de registro 2394 – 2026/PES_02/000703. Al afectar al contenido sustancial de la norma, el Pleno acordó incorporarlas y someter el texto refundido a un nuevo trámite de participación.

Qué cambia en la ordenanza

Las modificaciones propuestas por los tres grupos tocan buena parte del articulado:

  • Artículo 8: se precisa la prohibición de molestar, perseguir o capturar animales, que quedará exceptuada solo con autorización administrativa competente, incluidos los programas de control poblacional, la actividad cinegética legal y las intervenciones sanitarias.
  • Artículo 11.3: se sustituye la referencia genérica a “animales enfermos” por la de animales con enfermedades infectocontagiosas o procesos clínicos transmisibles, junto a cachorros menores de 4 meses y hembras en celo, como exclusiones de acceso al ZEC.
  • Artículo 14: se amplía la consideración de animal de compañía a otras especies domésticas o silvestres en cautividad permitidas por la normativa estatal y autonómica, y se prevé un sistema voluntario y complementario de identificación genética (ADN) junto al microchip y al Registro Municipal de Animales de Compañía.
  • Artículo 17: se regula la observación sanitaria obligatoria del animal causante de lesiones, con retirada solo si no se garantiza la custodia, hay riesgo de fuga, indicios de maltrato, falta de identificación o circunstancias de peligrosidad.
  • Artículo 19: se detallan las fórmulas de prestación del servicio de recogida y custodia (centro municipal propio, gestión mancomunada, convenios con entidades sin ánimo de lucro o concesiones), con estancias temporales de 48 a 72 horas para casos urgentes.
  • Artículo 21: el plazo de custodia de un animal sin identificación pasa de 8 a 14 días hábiles antes de considerarse abandonado.
  • Nuevo artículo: se incorpora un protocolo municipal ante situaciones de abandono, desatención o maltrato, con medidas cautelares, expediente sancionador y traslado a la autoridad judicial o al Ministerio Fiscal si los hechos pudieran ser delito.

Nuevo trámite y entrada en vigor

El acuerdo somete el expediente a un nuevo trámite de información pública y audiencia a los interesados por 20 días hábiles, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, tablón de anuncios y sede electrónica municipal. Si no se presentan reclamaciones o sugerencias en ese plazo, el acuerdo se entenderá definitivamente adoptado y se procederá a la publicación íntegra del texto. La ordenanza entrará en vigor a los quince días de su publicación completa en el boletín, y deroga la ordenanza de tenencia de animales de compañía aprobada en 2018 (BOP n.º 301, de 31 de diciembre de 2018). Contra la resolución cabe recurso potestativo de reposición ante el alcalde en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Sevilla en dos meses.

La revisión llega después de que la primera versión de la norma superara la información pública sin ninguna alegación, lo que refuerza el peso de las aportaciones de los grupos municipales en el texto final. Para los propietarios de animales de Almensilla, el cambio más tangible está en los plazos de custodia, las nuevas obligaciones de identificación y el protocolo frente al maltrato, que amplía la capacidad de intervención municipal en domicilios y en todo el término municipal.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, nº 188, de 28 de septiembre de 2026, Administración Local, pág. 11 (referencia oficial: BOP-SE-2026-188003).