BOP de Badajoz · 30 Sep 2026 · 17 vistas
Almendralejo convoca una lista de espera para gerente de dinamización comercial
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Almendralejo ha aprobado las bases y la convocatoria para constituir una lista de espera de Gerente de Dinamización Comercial, mediante el sistema de oposición libre, destinada tanto al nombramiento de personal funcionario interino como a la contratación de personal laboral por duración determinada. La resolución la firma el alcalde-presidente, José María Ramírez Morán, con fecha de 25 de septiembre de 2026, y se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz número 187, de 30 de septiembre de 2026, con la referencia Anuncio 3784/2026. Los interesados disponen de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación, para presentar sus solicitudes.
El alcalde avocó para sí la competencia delegada en la Junta de Gobierno Local el 28 de junio de 2023, exclusivamente para tramitar y aprobar esta convocatoria, alegando razones de urgencia motivadas y amparándose en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en el artículo 116 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. El procedimiento se rige por el principio de celeridad y, con su aprobación, quedan sin efectos las convocatorias o listas de espera anteriores para el mismo puesto o para supuestos análogos.
Un puesto ligado al programa “Almendralejo, Comercio Vivo 2026-2029”
La plaza está adscrita al programa “Almendralejo, Comercio Vivo 2026-2029” y se retribuirá conforme a un puesto de Técnico Auxiliar, grupo C, subgrupo C1, según el vigente acuerdo regulador de las condiciones de trabajo de los empleados públicos municipales. La duración y la jornada dependerán del servicio a cubrir, y los nombramientos se ajustarán al artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y al artículo 16 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura.
Las razones de urgencia y excepcionalidad se justifican por la posible necesidad transitoria de personal de esta especialidad: plazas vacantes, sustitución transitoria de titulares con derecho a reserva de puesto, ejecución de un programa subvencionado o exceso y acumulación de tareas. El puesto queda sujeto a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.
Requisitos, titulaciones y derechos de examen
Los aspirantes deberán cumplir los requisitos exigidos a la fecha de finalización del plazo de solicitudes y mantenerlos hasta la toma de posesión. Entre las titulaciones admitidas figuran:
- Módulo Formativo Superior de la familia profesional de Comercio y Marketing.
- Grados en Administración y dirección de empresas, Economía, Publicidad y relaciones públicas, Marketing e investigación de mercados y Comercio.
- Titulación universitaria: Diplomado en Empresariales, Licenciatura en Economía, Licenciatura en Dirección y Administración de Empresas o Licenciatura en Marketing e Investigación de Mercados.
Los derechos de examen ascienden a 12,02 euros, conforme a la Ordenanza fiscal número 29, y su impago dentro del plazo será causa de exclusión. Las instancias, dirigidas al alcalde-presidente, se presentarán en la Oficina de Atención Ciudadana del Ayuntamiento o por los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Junto a la solicitud deberá acompañarse el proyecto exigido en la fase de oposición, que no será devuelto.
Dos pruebas eliminatorias y tribunal calificador
El proceso consta de dos ejercicios consecutivos y eliminatorios. El primero consiste en la valoración de un proyecto sobre las actuaciones a desarrollar por el gerente en el programa “Almendralejo, Comercio Vivo 2026-2029”, con una extensión máxima de cinco folios mecanografiados a doble espacio y doble cara; se calificará de 0 a 10 puntos y exigirá un mínimo de 5 para superarlo. El segundo es la defensa pública del proyecto, con una duración máxima de 10 minutos.
El Tribunal Calificador estará integrado por cinco miembros —presidencia, secretaría y tres vocalías, con sus suplencias—, con un mínimo del 40% de representación de cada sexo y composición predominantemente técnica. Al menos uno de sus integrantes deberá pertenecer a una administración distinta. El inicio del procedimiento tendrá lugar antes de que transcurran dos meses desde el fin del plazo de instancias, y la resolución no podrá superar los tres meses.
Vigencia de la lista y vías de recurso
La lista de espera tendrá una vigencia máxima de tres años desde su constitución, prorrogable por resolución de la Alcaldía, y los llamamientos se realizarán por riguroso orden de prelación, sin que la permanencia en ella genere derecho efectivo a la contratación. Los aspirantes deberán superar al menos el primer ejercicio para entrar en la bolsa.
Contra las bases, que agotan la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición potestativo en el plazo de un mes ante la Alcaldía o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Mérida.
La convocatoria abre una vía de empleo público temporal en un ámbito, el de la dinamización comercial, que el Ayuntamiento vincula directamente a la revitalización del comercio local, del mercado de abastos y del mercadillo semanal ambulante durante el periodo 2026-2029. El plazo es breve —10 días hábiles— y exige presentar el proyecto junto a la instancia, por lo que los candidatos interesados deberán preparar la documentación con antelación.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, nº 187, de 30 de septiembre de 2026, Administración Local (referencia oficial: Anuncio 3784/2026).