BOP de Alicante · 08 Sep 2026 · 1 vistas
Alcoy convoca 50.000 euros en ayudas al comercio local y al relevo generacional
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Alcoy ha aprobado las bases y la convocatoria del Programa Municipal de Ayudas al Emprendimiento y al Relevo Generacional del Comercio Local, ejercicio 2026, con un crédito máximo de 50.000 euros a fondo perdido. El acuerdo fue adoptado por la Junta de Gobierno Local el 30 de julio de 2026 y su extracto se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante número 170, de 8 de septiembre de 2026, con identificador BDNS 927850.
La convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, busca favorecer la apertura de nuevos establecimientos comerciales, facilitar la continuidad de los comercios existentes mediante su transmisión y dinamizar el tejido comercial urbano de proximidad. Se financia con cargo a la aplicación presupuestaria 09137.43100.48900 del presupuesto municipal de 2026, con retención de crédito RC 920260007096.
Dos líneas de ayuda
El crédito se reparte en dos líneas de 25.000 euros cada una, con posibilidad de redistribuir el sobrante entre ambas si una no se agota:
- Línea A. Emprendimiento comercial: 25.000 euros.
- Línea B. Relevo generacional y transmisión de comercios: 25.000 euros.
La subvención cubre hasta el 80 % del gasto subvencionable justificado, con un máximo de 2.000 euros por establecimiento. Quienes dispongan de un rótulo comercial permanente redactado en valenciano pueden sumar 300 euros adicionales, de modo que la cuantía máxima total alcanza los 2.300 euros por establecimiento, sin superar en ningún caso el coste de la actuación.
Quiénes pueden solicitarla
Pueden ser beneficiarias las personas físicas, las personas jurídicas y las comunidades de bienes legalmente constituidas que desarrollen o inicien una actividad de comercio minorista en un establecimiento del término municipal de Alcoy. Deben cumplir, entre otros, estos requisitos:
- Tener la consideración de microempresa según la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión Europea.
- Desarrollar o iniciar comercio minorista en un local permanente, abierto al público, en planta baja y con acceso directo desde la vía pública.
- Estar dadas de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Hallarse al corriente con la AEAT, la Tesorería General de la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Alcoy.
Quedan excluidas las actividades industriales, de prestación de servicios, de hostelería y restauración y, en general, las que no tengan la consideración de comercio minorista.
Plazo y presentación
Las solicitudes se presentarán preferentemente por medios electrónicos a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alcoy, mediante el modelo normalizado del Anexo I. El plazo es de 20 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP de Alicante, y cada solicitante solo puede presentar una solicitud y optar a una única línea.
La convocatoria se rige por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, la Ley 39/2015 y la Ley 40/2015, además de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Alcoy. El acuerdo está firmado por el alcalde, Antonio Francés Pérez, con fecha 4 de septiembre de 2026.
Para los autónomos y pequeños comercios de Alcoy, esta línea supone un respaldo directo a la apertura y a la continuidad de negocios de proximidad, además de un estímulo a la normalización del valenciano en la imagen comercial de la ciudad.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, nº 170 de 08/09/2026, III. Administración Local, Ayuntamiento de Alcoy, pág. 1-5 (referencia oficial: 6834/2026, BDNS 927850).