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BOP de Burgos · 30 Sep 2026 · 20 vistas

Alcalde de Mambrillas se abstiene y delega el padrón en su teniente

Por FactBox Admin

Alcalde de Mambrillas se abstiene y delega el padrón en su teniente

El alcalde-presidente del Ayuntamiento de Mambrillas de Lara, Francisco Javier Herrero Zorrilla, ha comunicado su abstención en el procedimiento de investigación de varios empadronamientos y baja de oficio en el padrón municipal (expte. 46/2026) por un posible conflicto de intereses. La resolución de Alcaldía, fechada el 17 de septiembre de 2026, delega en el teniente de alcalde, Eduardo Santamaría Burgos, las atribuciones necesarias para tramitar, impulsar y resolver ese expediente. El Boletín Oficial de la Provincia de Burgos publica el decreto el 30 de septiembre de 2026, en su número 186, bajo la referencia oficial BOPBUR-2026-04037.

El anuncio se difunde en cumplimiento del artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF), que obliga a publicar las delegaciones de atribuciones de la Alcaldía. La medida se apoya en el artículo 43 del mismo reglamento y en el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL).

No es la primera vez que el Ayuntamiento recurre a esta fórmula para el mismo asunto: un decreto anterior, de 3 de agosto de 2026, ya articuló una delegación especial idéntica, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos número 153, de 14 de agosto de 2026, con referencia BOPBUR-2026-03389.

Una abstención por riesgo de colisión de intereses

El alcalde justifica su abstención en la concurrencia de «una situación susceptible de generar conflicto de intereses», conforme al régimen general de abstención de autoridades y personal al servicio de las administraciones públicas. El decreto invoca el riesgo de «colisión o apariencia de colisión entre intereses particulares e intereses generales» cuando el decisor pudiera ver comprometida su imparcialidad.

Para preservar la neutralidad y la objetividad en la tramitación, el Ayuntamiento articula una medida organizativa que traslada las actuaciones decisorias y de impulso administrativo a un concejal, mediante delegación del ejercicio de atribuciones.

Delegación especial en el teniente de alcalde

La resolución delega en el teniente de alcalde Eduardo Santamaría Burgos el ejercicio de las atribuciones de la Alcaldía, salvo las mencionadas en el artículo 21.3 de la LRBRL, con carácter especial conforme al artículo 43.4 del ROF. El alcance comprende:

  • La dirección e impulso de la tramitación del expediente.
  • La práctica de cuantas actuaciones sean procedentes.
  • La formulación de requerimientos y la solicitud y recepción de informes.
  • La adopción de resoluciones de trámite y definitivas.
  • La firma de los documentos administrativos precisos para ejecutar lo resuelto.
  • La facultad de dictar actos que afecten a terceros cuando sea necesario para resolver el expediente.

Quedan excluidas las atribuciones legalmente no delegables. El concejal delegado no podrá delegar en un tercero las potestades recibidas y deberá ejercerlas personalmente.

Límites, control y revocabilidad

Los actos dictados por delegación se considerarán dictados por el órgano delegante, deberán indicar expresamente que se adoptan «por delegación» y corresponderá a la Alcaldía resolver los recursos de reposición que se interpongan. El alcalde conserva las facultades de recibir información detallada de la gestión delegada y de ser informado previamente a las decisiones de trascendencia.

La delegación es revocable en cualquier momento por la Alcaldía, con las mismas formalidades exigidas para su otorgamiento, y surte efecto desde el día siguiente al de la firma de la resolución. El decreto se notifica al concejal delegado para su aceptación y se dará cuenta de él al Pleno en la siguiente sesión ordinaria. Si durante la tramitación concurriera en el órgano delegado alguna causa legal de abstención, deberá procederse conforme al régimen general, comunicándolo al órgano competente.

La publicación de este decreto permite a los vecinos de Mambrillas de Lara conocer quién decide sobre la investigación de empadronamientos y las bajas de oficio en el padrón municipal, un asunto que afecta a la residencia legal, al acceso a servicios y a la participación en los procesos electorales locales. El anuncio expone además el mecanismo con el que el Ayuntamiento separa al alcalde de un expediente en el que aprecia riesgo de parcialidad, y fija los límites, el control y la revocabilidad de esa delegación.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Burgos, núm. 186, de 30 de septiembre de 2026, III. Administración Local, págs. 4-6 (referencia oficial: BOPBUR-2026-04037).