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BOP de Jaén · 19 Aug 2026 · 10 vistas

Alcalá la Real fija tarifas de vía pública para ferias y mercadillo

Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Alcalá la Real (Jaén) ha aprobado definitivamente la modificación de la Ordenanza municipal número 13, reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público con puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones o recreo, industrias callejeras y ambulantes y rodaje cinematográfico. El anuncio se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén número 160, de 19 de agosto de 2026, y afecta directamente a feriantes y comerciantes ambulantes del municipio.

La ordenanza fue aprobada inicialmente por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria celebrada el 30 de junio de 2026 y publicada en el BOP número 127, de 3 de julio de 2026. Tras el plazo de información pública de treinta días, en el que no se presentó ninguna reclamación ni sugerencia, el acuerdo se elevó automáticamente a definitivo conforme a los artículos 49 y 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. El edicto está firmado por el alcalde-presidente, Antonio Marino Aguilera Peñalver.

Tarifas del mercadillo semanal

La tasa se devenga por la utilización privativa o el aprovechamiento especial de los terrenos de uso público en concurrencia, así como por el servicio complementario de suministro eléctrico. Las cuotas del mercadillo quedan fijadas de la siguiente manera:

  • 2,15 € por cada metro lineal ocupado de vía pública al día.
  • 4,50 € por vehículo de venta ambulante y día, que no podrá instalarse en lugares destinados a puestos fijos.
  • 22,17 € por cada puesto de venta en el mercadillo del Centro.
  • 1,50 € por cada metro lineal diario para los puestos de venta en las aldeas.

Tarifas de las ferias de junio y septiembre

Durante los días de feria, las tarifas varían según el tipo de atracción y la feria de que se trate:

  • Atracciones adultas: 24 €/ml en junio y 84 €/ml en septiembre.
  • Atracciones infantiles: 24 €/ml en junio y 61 €/ml en septiembre.
  • Casetas de turrón, tiro y similares: 14 €/ml en junio y 58 €/ml en septiembre.
  • Churrería: 210 € en junio y 1.470 € en septiembre.
  • Casetas de comida y bailes: 11 €/ml de fachada en junio y 32 €/ml en septiembre.

En aldeas y barrios fuera de los periodos de feria, las atracciones adultas e infantiles se fijan en 12 €/ml, y la churrería en 105 €.

Suministro eléctrico y otras tarifas

El suministro de energía eléctrica para atracciones y casetas se realiza en horario laboral por personal del Ayuntamiento, y la conexión por persona ajena sin autorización se considera infracción muy grave. Las tarifas eléctricas son:

  • Casetas de hasta 10 metros de fachada: 170 € (potencia garantizada de 12 kW).
  • Casetas de 15 metros o más: 202 € (15 kW).
  • Casetas de 15 metros o más con orquesta o música en directo: 315 € (25 kW).
  • Atracciones y chiringuitos: 40 € de enganche y desconexión más 10 € por kW contratado por cada periodo de 5 días.
  • Caravanas de uso doméstico: 35 € hasta 4.400 W y 45 € por encima.

Sobre todas estas tarifas se aplica una fianza de 100 €, que se devuelve una vez comprobado por los Servicios Técnicos Municipales que el punto de conexión no ha sufrido desperfectos. En la Feria de Muestras, la ocupación bajo techo se fija en 5,33 €/m² y día, y en el exterior en 0,33 €/m² y día, con un suministro eléctrico de 40 € por recinto.

Impacto para feriantes y comerciantes

La ordenanza, que entra en vigor al día siguiente de su publicación definitiva, fija el régimen de autoliquidación: los vendedores de frutas y hortalizas sin puesto fijo abonan diariamente, los vendedores fijos por trimestres y los feriantes con antelación a cada feria. La norma actualiza las tarifas que deberán asumir los comerciantes ambulantes y feriantes del municipio, y refuerza el control municipal sobre la ocupación de la vía pública y el suministro eléctrico, con sanciones por infracciones muy graves.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén, número 160, 19 de agosto de 2026, Administración Local, pág. 12815 (referencia oficial: 2026/3961).