BOP de Jaén · 12 Aug 2026 · 7 vistas
Alcalá la Real aprueba inicialmente el registro municipal de centros veterinarios
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Alcalá la Real ha aprobado inicialmente el Reglamento de Funcionamiento del Registro de Centros Veterinarios, que ordenará el registro municipal de los centros de atención veterinaria de la localidad. El acuerdo lo adoptó el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el 24 de julio de 2026, y el anuncio se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén número 155, de 12 de agosto de 2026. El expediente queda sometido a información pública durante treinta días, en los que los interesados podrán formular alegaciones.
El edicto, firmado por el alcalde-presidente, Antonio Marino Aguilera Peñalver, recuerda que la tramitación se ampara en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local. El procedimiento se sustancia bajo el número de expediente 8691/2025, y el texto aprobado está ya a disposición de los interesados en la Secretaría General del Ayuntamiento de Alcalá la Real.
Un registro para los centros veterinarios del municipio
El reglamento en tramitación fijará las normas de funcionamiento del registro municipal de centros veterinarios, un instrumento administrativo que afectará a las clínicas y consultas veterinarias que desarrollan su actividad en el término municipal de Alcalá la Real. Con su aprobación definitiva, el consistorio dispondrá de un registro oficial de los establecimientos de atención veterinaria del municipio.
La publicación del anuncio supone el cumplimiento del trámite de información pública exigido para la aprobación de ordenanzas y reglamentos locales. Durante ese periodo, cualquier persona interesada podrá examinar el expediente y presentar las observaciones que considere oportunas antes de que el texto se apruebe de forma definitiva.
Treinta días para presentar alegaciones
El plazo de información pública es de treinta días y comienza a contar desde el día siguiente a la inserción del anuncio en el boletín provincial, es decir, el 13 de agosto de 2026. Quienes se consideren afectados podrán dirigir sus reclamaciones al Ayuntamiento:
- Plazo: treinta días desde el 13 de agosto de 2026.
- Alegaciones: reclamaciones y/o sugerencias de los interesados ante el Ayuntamiento de Alcalá la Real.
- Consulta: el expediente completo está disponible en la Secretaría General del Ayuntamiento.
- Efecto: si no se presenta ninguna alegación, el acuerdo provisional se entenderá adoptado definitivamente.
Marco legal de la aprobación
La tramitación se apoya en la normativa básica de régimen local y en la legislación sobre organización y funcionamiento de las entidades locales:
- Artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, sobre aprobación de ordenanzas y reglamentos.
- Artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
- Artículo 70.2 de la Ley 7/1985, que exige la publicación íntegra del texto cuando el acuerdo se entienda adoptado definitivamente.
En el caso de que no se registren reclamaciones, el acuerdo provisional se convertirá en definitivo y el reglamento se publicará íntegramente en el boletín provincial. Con ello, clínicas, consultas y profesionales veterinarios de Alcalá la Real contarán con un marco administrativo claro y estable para su actividad, en un sector directamente vinculado a la sanidad y el bienestar animal del municipio.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén, núm. 155, 12 de agosto de 2026, Administración Local, pág. 12549 (referencia oficial: 2026/3673).