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BOP de Castellón · 17 Sep 2026 · 6 vistas

Alcalà de Xivert subvenciona el tren y el autobús de sus estudiantes

Por FactBox Admin

Alcalà de Xivert subvenciona el tren y el autobús de sus estudiantes

El Ayuntamiento de Alcalà de Xivert ha abierto la convocatoria de subvenciones destinada a sufragar parte del gasto de tren y autobús de los residentes que cursan estudios reglados fuera del municipio durante el curso 2026-2027. Las bases se publican en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón número 112, de 17 de septiembre de 2026, con la referencia 04026-2026-U y el identificador 928610 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS). La convocatoria se resuelve en régimen de concurrencia competitiva y parte de una dotación inicial de 6.000 euros.

El extracto se difunde de conformidad con los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el texto íntegro puede consultarse en la BDNS. Las ayudas se tramitan desde el Área de Economía y Hacienda del consistorio y adoptan la forma de subvenciones a fondo perdido. Las nuevas bases derogan las anteriores, que solo cubrían el uso del tren, y amplían el objeto al autobús. El documento está firmado en Alcalà de Xivert el 10 de septiembre de 2026 por el alcalde, Francisco Juan Mars.

Cuantías y presupuesto disponible

  • Los usuarios de tren o autobús podrán recibir hasta el 50% del presupuesto protegible, con un límite máximo de 100 euros al mes o la parte proporcional según la modalidad de billete contratada.
  • Los estudiantes de Alcossebre, Cap i Corp y Las Fuentes que usen el autobús para llegar a la estación o parada de Alcalà de Xivert también podrán obtener hasta el 50% del coste de ese trayecto.
  • Las ayudas se financian con cargo a la aplicación presupuestaria 323 480.04 «Ayudas bono tren y bono bús.» del presupuesto municipal, con un importe inicial de 6.000,00 euros.
  • Esa cantidad podrá incrementarse o reducirse por acuerdo de la Junta de Gobierno Local según las disponibilidades de la partida.
  • Las solicitudes se priorizan siempre por fecha de registro de entrada hasta agotar el crédito.

Requisitos de los beneficiarios

Podrán solicitarlas las personas que acrediten cursar estudios superiores en modalidad presencial, siempre que no exista oferta de esos estudios en el municipio. Entre las condiciones exigidas figuran:

  • Estar empadronado en Alcalà de Xivert con al menos un año de antigüedad y residir en el término municipal durante el curso académico.
  • Tener la condición de estudiante y estar al corriente de pago de los ingresos de derecho público municipales.
  • Estar matriculado en un centro oficial que otorgue título con validez profesional o académica.
  • Se admiten enseñanzas postobligatorias y superiores no universitarias (bachillerato, formación profesional de grado medio y superior, enseñanzas artísticas y deportivas, escuelas oficiales de idiomas) y enseñanzas universitarias de Grado, Máster y Doctorado.
  • En el caso de centros de formación para personas con discapacidad, la edad para solicitar la ayuda se amplía de los 14 a los 35 años y la subvención se extiende al acompañante.
  • Solo se admite una solicitud por persona.

Presentación, tramitación y pago

Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Alcalà de Xivert, en la calle Puríssima, 21, o en la avenida Valencia, 66 de Alcossebre, o por cualquiera de las vías del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, mediante el impreso normalizado del Anexo I. Deberán acompañarse de copia compulsada del DNI, justificante de matrícula, certificado de empadronamiento, declaración jurada, ficha de mantenimiento de terceros y horario de los estudios; en el caso del tren, el justificante del bono de 10 viajes o abono mensual, y en el del autobús, los billetes diarios con su justificante de pago. Si la solicitud está incompleta, el interesado dispondrá de 10 días para subsanar.

El Departamento de Intervención tramita el expediente y valora las solicitudes; la Concejalía de Educación formula la propuesta y la Concejalía del Área de Economía y Hacienda resuelve. El plazo de resolución y notificación es de tres meses desde que la documentación esté completa, y su vencimiento sin notificación permite entender desestimada la solicitud por silencio administrativo. El abono se realiza por transferencia cada trimestre, previa presentación de los justificantes en la primera quincena de cada mes. Las ayudas son compatibles con otras subvenciones públicas siempre que el total no supere el 100% del coste subvencionable. Contra la resolución cabe recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Castellón en dos meses.

La convocatoria llega a las familias en pleno arranque del curso y amplía por primera vez la cobertura al autobús, lo que beneficia especialmente a los núcleos de Alcossebre, Cap i Corp y Las Fuentes, alejados de la cabecera municipal. Con un máximo de 100 euros mensuales por estudiante y un crédito inicial de 6.000 euros, el margen presupuestario será determinante para el número de ayudas finalmente concedidas.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Castellón, número 112, de 17 de septiembre de 2026, Administración Local, referencia oficial 04026-2026-U (BDNS 928610).