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BOP de Teruel · 28 Aug 2026 · 9 vistas

Alcañiz abre la cobranza de las tasas de pastos y de vehículos

Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Alcañiz ha aprobado los padrones de la tasa por aprovechamiento de pastos y de la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y las reservas de vía pública para aparcamiento, carga y descarga de mercancías, correspondientes al ejercicio 2026. El pago en período voluntario se abrirá el 2 de septiembre y se prolongará hasta el 2 de noviembre de 2026, ambos inclusive, según publica el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel en su número 164, de 28 de agosto de 2026.

Ambos padrones fueron aprobados por sendos decretos de Alcaldía de 25 de agosto de 2026, los números 2475 y 2473, y se publican como notificación colectiva al amparo del artículo 102 de la Ley General Tributaria y del artículo 24 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio. La relación de obligados al pago queda expuesta al público por término de veinte días a partir del inicio del período de cobro.

Dos padrones aprobados por decreto

La tasa por aprovechamiento de pastos, identificada con el número 2026-2530, grava el uso de los pastos municipales y afecta directamente a los ganaderos que desarrollan su actividad en el término de Alcañiz. Por su parte, la tasa por entrada de vehículos a través de aceras y reservas de vía pública, con número 2026-2531, recae sobre los titulares de accesos de vehículos y reservas de aparcamiento, carga y descarga, lo que afecta especialmente a comercios y establecimientos del municipio.

El plazo de ingreso se fija de conformidad con la ordenanza fiscal reguladora y con el artículo 62.3 de la Ley General Tributaria 58/2003, de 17 de diciembre. Los anuncios llevan la firma del alcalde, D. Miguel Ángel Estevan Serrano, con fecha de 26 de agosto de 2026.

Plazo y forma de pago

El pago podrá efectuarse a través de cualquier entidad colaboradora autorizada. Los contribuyentes que dentro de los primeros veinte días del período de cobranza no hayan recibido la documentación de pago podrán reclamarla, sin que su falta de recepción exima de la obligación de realizar el pago. Los recibos domiciliados serán cargados directamente en las cuentas señaladas por los contribuyentes.

  • Período voluntario: del 2 de septiembre al 2 de noviembre de 2026, ambos inclusive.
  • Exposición pública: veinte días desde el inicio del período de cobro.
  • Forma de pago: entidad colaboradora autorizada o domiciliación bancaria.

Apremio y recursos

Transcurrido el período voluntario de cobranza sin que se haya hecho efectivo el pago, se procederá a su exacción por el procedimiento de apremio, con el recargo que corresponda más los intereses de demora y las costas del procedimiento. Los obligados podrán interponer recurso de reposición ante el órgano que aprobó el padrón en el plazo de un mes desde la finalización de la exposición pública, y contra su desestimación cabe recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Teruel.

La apertura de la cobranza supone un paso clave para la financiación de los servicios municipales de Alcañiz, al tiempo que obliga a ganaderos y comercios a regularizar sus obligaciones tributarias dentro del plazo establecido. Quienes no atiendan el pago en período voluntario se exponen a recargos, intereses y costas del procedimiento de apremio.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel, número 164, 28 de agosto de 2026, sección Administración Local (referencias oficiales: núm. 2026-2530 y 2026-2531).