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BOP de Albacete · 21 Oct 2026 · 1 vistas

Albacete consolida un suplemento de crédito de 1,07 millones para amortizar préstamos

Por FactBox Admin

Albacete consolida un suplemento de crédito de 1,07 millones para amortizar préstamos

El Ayuntamiento de Albacete ha consolidado un suplemento de crédito de 1.071.919,94 euros con cargo al remanente de tesorería de 2025, una vez transcurrido el plazo de exposición pública sin que se presentaran reclamaciones. El acuerdo queda así definitivamente aprobado y se publica resumido por capítulos en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete número 123, de 21 de octubre de 2026, en la Sección tercera (Administración Local), página 18, con la referencia oficial 26.192.

El anuncio se ampara en el artículo 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, que remite al artículo 169 del mismo texto legal. La modificación afecta al presupuesto de 2026 y se financia íntegramente con el remanente de Tesorería para gastos generales resultante de la liquidación del ejercicio 2025.

El expediente arrancó en el Pleno municipal, que aprobó inicialmente la operación en la sesión celebrada el 27 de agosto de 2026. Ese acuerdo inicial se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete número 107, de 14 de septiembre de 2026, página 9, con la referencia 23.074, abriendo un plazo de quince días hábiles para examen y alegaciones ante el Pleno.

Un suplemento para amortizar préstamos del BBVA

El destino del crédito no es nuevo gasto corriente ni inversión, sino la reducción de pasivo financiero. La aprobación inicial identificaba la aplicación presupuestaria 0202.01100.9130050, denominada «amortización préstamos BBVA», como el concepto que recibe el suplemento de 1.071.919,94 euros.

El resumen por capítulos que ahora se publica confirma ese encaje técnico, con una única partida en cada lado del presupuesto:

  • Ingresos: capítulo 8, Activos financieros, 1.071.919,94 euros.
  • Gastos: capítulo 9, Variación de pasivos financieros, 1.071.919,94 euros.

La simetría entre ambas cifras indica que la operación no altera el equilibrio presupuestario: el remanente acumulado se aplica a devolver deuda bancaria ya contraída, no a ampliar programas de gasto.

De la aprobación inicial a la definitiva sin alegaciones

El procedimiento siguió el trámite ordinario de las modificaciones de crédito financiadas con remanente líquido de Tesorería. Tras la publicación inicial, el expediente quedó a disposición de los interesados en la sede electrónica municipal, con acceso al expediente electrónico mediante solicitud a la dirección de correo habilitada por el consistorio.

Al no formularse reclamación alguna durante el periodo de información pública, la modificación se elevó automáticamente a definitiva, tal y como prevé la normativa de haciendas locales. El anuncio del 21 de octubre recoge expresamente esa circunstancia y da por cerrada la tramitación administrativa de la operación.

Recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo

La publicación no cierra la vía impugnatoria. Conforme al artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, contra la aprobación definitiva de la modificación de créditos podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establecen las normas de esa jurisdicción, cuyo conocimiento corresponde a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete.

El anuncio aparece firmado por el Alcalde y lleva el número de orden 26.192 en la paginación del boletín provincial, que en esa fecha dedica su Sección tercera a los anuncios de la Administración Local.

La relevancia de la operación para los vecinos de la capital es doble. Por un lado, el Ayuntamiento renuncia a emplear 1,07 millones de euros del remanente de 2025 en nuevos servicios o inversiones y los dirige a amortizar préstamos del BBVA, lo que reduce la carga financiera futura pero limita el margen de gasto disponible este ejercicio. Por otro, la publicación en el boletín oficial abre el plazo para que cualquier interesado impugne un acuerdo que ya es ejecutivo y que condiciona las cuentas municipales de 2026.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Albacete, nº 123, 21 de octubre de 2026, Sección tercera. Administración Local, pág. 18 (referencia oficial: 26.192).