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BOP de Albacete · 31 Aug 2026 · 1 vistas

Albacete aprueba ayudas de pago único para fomentar la natalidad

Por FactBox Admin

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete aprobó el pasado 13 de agosto de 2026 las bases reguladoras de las ayudas económicas de pago único para el fomento de la natalidad en el municipio, cuyo texto íntegro se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete número 101, de 31 de agosto de 2026, dentro de la Sección tercera de Administración Local. La medida combina el apoyo económico a las familias con el impulso al comercio tradicional, ya que el abono se canaliza mediante una tarjeta de débito canjeable en los comercios adheridos.

Un descenso de natalidad que justifica la medida

El acuerdo se apoya en los datos del Instituto Nacional de Estadística publicados el 19 de noviembre de 2025, según los cuales la tasa bruta de natalidad de Albacete descendió 1,06 puntos entre 2021 y 2024, un retroceso superior al registrado en el conjunto de la Comunidad Autónoma, que pasó de un 7,07 en 2021 a un 6,71 en 2024. El consistorio constata un crecimiento vegetativo negativo y enmarca la iniciativa en el objetivo estratégico de la línea n.º 7 del Plan Estratégico de Subvenciones 2026, dedicada al fomento económico y social.

Las ayudas se conceden con cargo a la partida presupuestaria municipal que se determine y son compatibles con otras subvenciones del mismo objeto. La cuantía máxima de cada ayuda se fijará en la correspondiente convocatoria anual, que quedará condicionada a la existencia de crédito en el presupuesto.

Quiénes pueden solicitarla

Podrán pedir la ayuda los progenitores, adoptantes o guardadores preadoptivos de menores nacidos, adoptados o acogidos durante el año natural de la convocatoria, siempre que cumplan los requisitos exigidos:

  • Tener residencia legal en el municipio de Albacete.
  • Estar empadronados, al menos uno de los solicitantes junto al menor, en el término municipal, sus pedanías o entidades menores, con una antigüedad mínima de 3 años ininterrumpidos.
  • En caso de adopción o acogimiento preadoptivo, que el menor no supere los 5 años a la fecha de la solicitud.
  • Estar al día con las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y no tener deudas pendientes con el Ayuntamiento.

La solicitud deberá presentarse en el plazo máximo de 30 días naturales desde el nacimiento, adopción o acogimiento, de forma presencial en el Registro General o por vía telemática en la Sede Electrónica Municipal. Las solicitudes se atienden por orden de entrada hasta agotar el crédito disponible.

Cuantías y forma de pago

La cuantía se incrementa en un 25 % a partir del segundo hijo nacido o adoptado, en un 50 % a partir del tercero, y en un 50 % adicional en caso de menores con discapacidad. El abono se realiza mediante una tarjeta de débito emitida por la entidad colaboradora, que solo puede utilizarse en los comercios adheridos a la campaña y no permite la retirada de efectivo.

Solo son subvencionables las compras de productos de primera necesidad para el menor, como cunas, ropa, cochecitos, sillas de coche homologadas, pañales, biberones o artículos de botiquín. Los gastos deben realizarse desde la concesión hasta el 31 de diciembre del año correspondiente, salvo los nacimientos del último trimestre, que pueden justificar gastos hasta el 31 de marzo del año siguiente.

Comercios adheridos

Podrán adherirse los comercios de proximidad de Albacete, sus pedanías y entidades menores que sean PYME, tengan hasta 10 trabajadores por establecimiento y estén dados de alta con anterioridad al 1 de junio de 2024 en los epígrafes del IAE de las agrupaciones 64 y 65 (comercio al por menor de alimentación y de productos industriales), con las exclusiones previstas en las bases. La adhesión se realiza a través de la web de la campaña en un plazo de 30 días naturales desde su puesta en funcionamiento.

Impacto para los lectores

La iniciativa supone un alivio económico directo para las familias albaceteñas en los gastos iniciales del nacimiento o la adopción y, a la vez, un estímulo para el comercio urbano tradicional, que atraviesa dificultades por el auge del comercio en línea y la globalización. Las resoluciones se dictarán y notificarán en un plazo máximo de tres meses, y la convocatoria anual se publicará en el boletín oficial de la provincia.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Albacete, número 101, 31 de agosto de 2026, Sección tercera. Administración Local, págs. 4-11 (referencia oficial: documento 298881).