FactBox.

BOP de Teruel · 17 Sep 2026 · 8 vistas

Alba del Campo fija en 0,40 euros la recarga eléctrica municipal

Por FactBox Admin

Alba del Campo fija en 0,40 euros la recarga eléctrica municipal

El Ayuntamiento de Alba del Campo ha aprobado la ordenanza reguladora del precio público por suministro de recarga eléctrica en los puntos de recarga municipales, que fija una tarifa de 0,40 euros por kilovatio y un régimen sancionador con multas de 100 a 500 euros. El texto se publica íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel número 178, correspondiente al 17 de septiembre de 2026, bajo la referencia Núm. 2026-2670. La norma entrará en vigor una vez publicado su texto completo en el boletín y transcurridos quince días hábiles.

La ordenanza se dicta al amparo del artículo 127 y del artículo 41 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y regula el uso privativo y temporal de un bien de dominio público municipal destinado al servicio público de recarga. El Pleno acordó el 30 de octubre de 2025 someter la iniciativa a consulta pública por un plazo de treinta días; según el expediente, no se presentaron propuestas, sugerencias ni alternativas. El municipio ya cuenta con dos puntos de recarga de vehículos eléctricos habilitados en la vía pública, y los que se instalen en el futuro se regirán por esta misma norma.

Tarifa, exenciones y forma de pago

  • Precio: 0,40 €/kW para el servicio de recarga semirrápida abastecida desde red eléctrica.
  • Exención: quedan exentos los vehículos de titularidad municipal.
  • Pago: se efectúa previamente al inicio de la recarga, mediante monederos electrónicos, tarjetas de crédito u otros medios admitidos.
  • Medición: la energía se mide con el contador interno del punto de recarga y se refleja en su pantalla.
  • Revisión: el precio podrá modificarse por razones justificadas en función de los contratos de suministro eléctrico y sus variaciones.

Reserva por aplicación móvil y normas de uso

El acceso al servicio se gestiona a través de una aplicación informática que se descarga con el código QR dispuesto en el propio punto de recarga o en la página web municipal. Desde ella el usuario puede reservar una fecha y hora concretas o activar la recarga en el mismo instante, siempre con el pago realizado por adelantado.

  • Vehículos admitidos: bicicletas, patinetes, motocicletas, cuadriciclos, turismos comerciales de menos de 6.500 kg de masa máxima autorizada y microbuses, con tecnología eléctrica pura (BEV), de autonomía extendida (REEV) o híbrida enchufable (PHEV).
  • Tiempo máximo de recarga: cuatro horas, limitable por razones de necesidad o de demanda.
  • Recomendación: acceder a la instalación con al menos un 20 % de batería.
  • Cable: cada usuario debe aportar el suyo, con conectores homologados.
  • Estacionamiento: las plazas, señalizadas en verde, se marcan como “prohibido estacionar” salvo durante la recarga; el vehículo que no recargue puede ser denunciado y retirado al depósito municipal.

Multas de 100 a 500 euros y hasta tres meses de prohibición

El régimen sancionador distingue tres grados: las faltas leves se sancionan con 100 euros, las graves con 200 euros y las muy graves con 500 euros, a lo que se añade en este último caso la prohibición de usar los puntos de recarga durante tres meses. Entre las conductas tipificadas figuran no respetar las normas de uso, dañar negligentemente los equipos, dañarlos intencionadamente y reincidir en el plazo de un año.

El órgano competente para iniciar y resolver el procedimiento sancionador es la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Alba del Campo o la concejalía delegada, con arreglo a la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Responden los autores de la conducta o los titulares y arrendatarios del vehículo, obligados a identificar al infractor; si concurren varias personas y no puede determinarse su grado de participación, la responsabilidad es solidaria. Con independencia de la multa, el infractor debe reponer los bienes dañados e indemnizar los perjuicios causados.

La ordenanza convierte la red municipal de recarga en un servicio regulado y tarifado, con reglas claras de uso y un régimen de sanciones. Afecta a todos los conductores de vehículos eléctricos del municipio, que desde su entrada en vigor deberán pagar por adelantado y liberar la plaza en cuanto terminen la carga.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel, núm. 178, 17 de septiembre de 2026, Administración Local, pág. 7 (referencia oficial: Núm. 2026-2670).