BOP de Córdoba · 03 Sep 2026 · 1 vistas
Aguilar de la Frontera convoca 75.000 euros en subvenciones a clubes deportivos
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera ha publicado la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinada a asociaciones y clubes deportivos sin ánimo de lucro por los proyectos desarrollados durante el ejercicio 2025. La convocatoria, firmada por la alcaldesa-presidenta Francisca Herrador Cosano el 31 de agosto de 2026, aparece en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 171, de 3 de septiembre de 2026, páginas 12833 a 12836, con referencia BOP-A-2026-3022.
El presupuesto máximo disponible asciende a 75.000,00 euros, imputados a la aplicación 3410/48012 “Subvenciones a Asociaciones Deportivas en régimen de concurrencia competitiva 2025” del Presupuesto General municipal. La convocatoria se identifica en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) con el número 927082, y su texto completo puede consultarse en el Tablón de Edictos de la sede electrónica del Ayuntamiento.
Objeto y finalidad
Las bases tienen por objeto regular la concesión de ayudas para el desarrollo de proyectos y actividades de carácter deportivo realizadas durante 2025 en el municipio. Entre sus finalidades destacan:
- Promocionar el deporte a través de asociaciones y escuelas deportivas, financiando parte de la adquisición de material deportivo.
- Incrementar el número de personas inscritas en asociaciones, escuelas y federaciones deportivas.
- Favorecer la realización de competiciones, actividades y eventos deportivos municipales.
- Incentivar la constitución de entidades dedicadas al fomento del deporte (exhibiciones, campeonatos, cursos de formación, rutas cicloturistas y similares).
Beneficiarios y cuantías
Podrán ser beneficiarias las asociaciones y clubes deportivos sin ánimo de lucro legalmente constituidos, inscritos en el Registro Municipal de Asociaciones y en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas o de Asociaciones de Andalucía, y cuyo objeto estatutario responda a la convocatoria. Quedan excluidas las entidades deudoras del Ayuntamiento, de la Tesorería de la Seguridad Social o de la Agencia Tributaria.
El crédito se reparte en dos líneas:
- Línea 1: 58.000,00 euros.
- Línea 2: 17.000,00 euros.
Las bases reguladoras fueron aprobadas por Resolución de Alcaldía nº 2026/00002738, de 27 de agosto de 2026, y pueden consultarse en el Tablón de Edictos de la sede electrónica municipal.
Plazo y presentación de solicitudes
El plazo de presentación es de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba. Las solicitudes, dirigidas a la alcaldesa-presidenta, se formalizarán exclusivamente por medios electrónicos conforme al artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y deberán acompañarse de:
- Tarjeta de Identificación Fiscal (CIF) y estatutos de la entidad.
- DNI y acreditación de la representación legal.
- Certificado bancario de la cuenta corriente.
- Certificados de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Agencia Tributaria Andaluza y la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Proyecto de actividades con presupuesto desglosado (Anexo II o III según la línea).
La convocatoria se tramita conforme a los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, nº 171, 3 de septiembre de 2026, Administración Local, págs. 12833-12836 (referencia oficial: BOP-A-2026-3022).