BOP de Teruel · 31 Aug 2026 · 1 vistas
Aguaviva unifica licencias, ICIO y residuos en nueva ordenanza urbanística
Por FactBox Admin

El Pleno del Ayuntamiento de Aguaviva, en sesión ordinaria de 22 de julio de 2026, aprobó provisionalmente la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de actividades urbanísticas, por mayoría de cinco votos de los siete miembros de la Corporación. El acuerdo se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel número 165, de 31 de agosto de 2026, bajo la referencia Núm. 2026-2540, y queda sometido a información pública durante treinta días hábiles.
La nueva norma reúne en un único texto la regulación de la intervención municipal en las actuaciones urbanísticas, la gestión del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), la gestión de los residuos de construcción y demolición y la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público con motivo de la ejecución de obras. El objetivo declarado es simplificar la tramitación administrativa, adaptar la normativa municipal a la legislación vigente y dotar de mayor seguridad jurídica a la actuación del Ayuntamiento.
Un único régimen de títulos habilitantes
La ordenanza distingue dos vías de intervención municipal. Las obras de nueva planta, ampliaciones, reformas que afecten a la estructura o al volumen, demoliciones y movimientos de tierras requerirán licencia urbanística. En cambio, podrán tramitarse mediante declaración responsable las obras de conservación y mantenimiento, las reformas interiores que no alteren la estructura, la sustitución de acabados y las obras de escasa entidad que no precisen proyecto técnico.
- La declaración responsable habilita el inicio de las obras desde el mismo día de su presentación, sin perjuicio de las facultades municipales de comprobación, inspección y control.
- La inexactitud o falsedad de datos esenciales producirá los efectos previstos en la legislación urbanística.
- El Ayuntamiento podrá comprobar en cualquier momento la veracidad de lo declarado.
ICIO al 2% y tasa por ocupación del dominio público
El ICIO se exigirá en todo el término municipal y se regirá en régimen de autoliquidación, que deberá presentarse y abonarse con carácter previo al otorgamiento de la licencia o junto con la declaración responsable. El tipo de gravamen queda fijado en el 2% de la base imponible, con una cuota mínima de 10 euros.
- La base imponible será el coste real y efectivo de la obra, tomándose como base inicial el presupuesto de ejecución material.
- Finalizadas las obras, el Ayuntamiento podrá comprobar el coste real y practicar la liquidación definitiva.
- No se establecen bonificaciones en la cuota, sin perjuicio de las que resulten de aplicación por ley.
La tasa por ocupación del dominio público con motivo de obras se fija en 1 euro por metro cuadrado y mes durante la ejecución, y en 2 euros cuando la ocupación se mantenga una vez vencido el plazo autorizado, con una cuota mínima de 10 euros.
Garantía para la gestión de residuos
Toda obra sujeta a licencia o declaración responsable deberá cumplir las obligaciones sobre residuos de construcción y demolición, siendo la persona promotora responsable de su correcta gestión. En las obras con estudio de gestión de residuos deberá constituirse una garantía previa al otorgamiento de la licencia.
- Importe de 12 euros por tonelada de residuos prevista en el estudio.
- Mínimo de 120 euros y máximo equivalente al 4% del presupuesto de ejecución material.
- Finalizadas las obras, la garantía se devolverá acreditada la correcta gestión; en caso contrario, el Ayuntamiento podrá ejecutarla total o parcialmente.
Tramitación y entrada en vigor
El expediente, incoado por la Alcaldía el 20 de julio de 2026, contó con informe jurídico, informe de la Intervención sobre su impacto económico-financiero y dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda. El acuerdo queda expuesto al público durante treinta días hábiles desde su publicación en el boletín, pudiendo examinarse en las dependencias municipales y en la sede electrónica www.aguaviva.es. Si no se presentan reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente, y la ordenanza entrará en vigor una vez publicada íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel y transcurrido el plazo del artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
La nueva ordenanza afecta a toda obra que se ejecute en el municipio, desde pequeñas reformas hasta grandes construcciones, y unifica en un solo texto los trámites, tributos y garantías que hoy se reparten en varias normas. Para vecinos, promotores y empresas del sector, supone un marco más claro y previsible, con un ICIO moderado y un régimen de residuos que refuerza la protección ambiental del término municipal.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel, número 165, 31 de agosto de 2026, sección Administración Local (referencia oficial: Núm. 2026-2540).