Diario Oficial de Extremadura · 28 Sep 2026 · 4 vistas
Agricultura inicia la retirada de ayudas a doce empresas agroalimentarias
Por FactBox Admin

La Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural de la Junta de Extremadura ha notificado el inicio del procedimiento para la declaración de la pérdida total del derecho al cobro de la subvención a doce titulares de empresas agroalimentarias, con apertura de trámite de audiencia. El acuerdo se publica en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) n.º 187, de 28 de septiembre de 2026, mediante anuncio de 18 de septiembre de 2026 (referencia oficial 2026081575). Los afectados disponen de quince días hábiles para presentar alegaciones y documentación.
El procedimiento se ampara en el Decreto 27/2023, de 29 de marzo, publicado en el DOE n.º 84, de 4 de mayo de 2023, que establece las bases reguladoras de las ayudas a inversiones destinadas a la transformación y comercialización de productos agrícolas y aprueba su primera convocatoria, correspondiente al ejercicio 2023. La notificación se dicta en aplicación del artículo 29 y siguientes de esa norma y de los artículos 45 y 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El anuncio está firmado en Mérida el 18 de septiembre de 2026 por el Jefe de Servicio de Ayuda a la Industria Agroalimentaria, Jesús Miguel Pérez Durán.
Catorce expedientes y doce titulares afectados
El anexo del anuncio relaciona catorce expedientes de la convocatoria 2023, que corresponden a doce titulares distintos, ya que dos sociedades aparecen con dos expedientes cada una:
- AG-23-005 — Central Hortofrutícola El Canito, SL
- AG-23-062 — Embalses de Petit, SLU
- AG-23-089 y AG-23-093 — Hermanos Arroyo Zapata, SL
- AG-23-092 — Ducoy Olive Oil, SL
- AG-23-095 — Molino de Zafra, SL
- AG-23-099 y AG-23-102 — Juan del Pozo Sánchez, SL
- AG-23-106 — Pasaron Fruit, SL
- AG-23-118 — Sdad. Coop. Montevirgen
- AG-23-123 — Prunusfruit, SL
- AG-23-133 — Carnes y Elaborados Extremeños, SL
- AG-23-154 — Cabello Martagón Pedro Antonio 00039454R, SLU
- AG-23-163 — NCF AG Extremadura, SLU, por cambio de denominación social de Bain Extremadura, SLU
Quince días hábiles y tramitación electrónica obligatoria
Los interesados podrán formular alegaciones y aportar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la notificación. El texto íntegro, con las claves personalizadas de cada expediente, está disponible en la notificación individual de la plataforma LABOREO, mientras que las alegaciones se presentarán a través de la plataforma ARADO, en el trámite “Presentación documentación ayudas FEADER NO SIG – INVERSIONES”.
Tanto las personas físicas como las jurídicas están obligadas a relacionarse por medios electrónicos, conforme al artículo 14 de la Ley 39/2015 y al artículo 13 del Decreto 27/2023.
Una serie de notificaciones abierta desde agosto
No es un expediente aislado. El DOE n.º 170, de 2 de septiembre de 2026, publicó el anuncio de 26 de agosto de 2026 (referencia 2026081466) con el mismo objeto y quince días de audiencia para dos expedientes: AG-23-121, de Troil Vegas Altas S. Coop., y AG-23-018, de Productos Silvestres Julián Martín, SL.
La línea de ayudas sigue además en fase de ejecución y justificación: la convocatoria del ejercicio 2025 se articuló mediante la Resolución de 29 de octubre de 2025, de la Secretaría General (DOE n.º 227, de 25 de noviembre de 2025), y en las últimas semanas se han publicado requerimientos de liquidación, subsanaciones y trámites de audiencia sobre solicitudes acogidas al mismo decreto.
El anuncio no detalla los motivos concretos de la pérdida del derecho al cobro ni el importe de las subvenciones en riesgo, que deberán concretarse en la resolución que ponga fin al procedimiento. Para el sector agroalimentario extremeño, la apertura simultánea de catorce expedientes de reintegro sobre la convocatoria 2023 supone un aviso sobre el rigor en la justificación de las inversiones subvencionadas con fondos FEADER, y abre a las empresas afectadas una ventana de quince días hábiles para defender su derecho al cobro antes de que la Administración resuelva.
Fuente: Diario Oficial de Extremadura (DOE), n.º 187, de 28 de septiembre de 2026 (referencia oficial: 2026081575).