Gazzetta Ufficiale della Repubblica Italiana · 21 Sep 2026 · 2 vistas
Agencias de prensa: nuevas reglas sobre inteligencia artificial y reparto de subvenciones
Por FactBox Admin

El Departamento de Información y Editoriales de la Presidencia del Consejo de Ministros redefine los requisitos para la inscripción en la lista de Agencias de Prensa de Relevancia Nacional. El DPCM del 4 de agosto de 2026, publicado en la Gazzetta Ufficiale, Serie General n. 219 del 21 de septiembre de 2026 con la referencia 26A04859, modifica mediante novellación el decreto del 11 de julio de 2023 e introduce tres novedades: una figura profesional especializada en inteligencia artificial, contratos negociados sin licitación pública y un reparto 90/10 de los recursos públicos.
El decreto está firmado por el Subsecretario de Estado con delegación en Información y Editoriales, Alberto Barachini, y fue registrado por la Corte de Cuentas el 31 de agosto de 2026, Oficina de Control de Actos de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Justicia y del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación Internacional, n. 2487. Antes de su adopción, se obtuvo el dictamen del Consejo de Estado n. 01348/2026, emitido por la sección consultiva para actos normativos en la sesión del 28 de julio de 2026.
La intervención da cumplimiento al apartado 3 del art. 6 del decreto del 11 de julio de 2023, que al término de la fase transitoria imponía una actualización de los requisitos y parámetros «que tenga en cuenta la evolución de las condiciones económicas y de mercado del sector de la información primaria». La lista transitoria había sido publicada mediante el decreto del jefe del Departamento de Información y Editoriales del 10 de noviembre de 2023 y es válida para el trienio 2024-2026.
La figura especializada en inteligencia artificial
La letra f) del apartado 1 del art. 2 del decreto del 11 de julio de 2023 es sustituida: entre los requisitos mínimos figura ahora «la existencia dentro de la Agencia de una figura profesional especializada que apoye a la dirección editorial en la aplicación de la inteligencia artificial», de conformidad con el art. 19 del Nuevo Código Deontológico de las Periodistas y los Periodistas.
Simultáneamente, se deroga la letra g) del mismo apartado. El decreto justifica esta elección por la necesidad de «garantizar la calidad de la información a través de la continuidad del apoyo a la información primaria», en un ecosistema informativo marcado por «profundas transformaciones estructurales y la amenaza de la desinformación».
Contratos negociados sin licitación pública
El art. 4 del decreto del 11 de julio de 2023 se modifica en tres puntos:
- los recursos destinados a las Agencias de relevancia nacional son definidos anualmente por el Departamento de Información y Edición por un importe no superior a la media de los recursos asignados en los tres años anteriores y, en cualquier caso, dentro de los límites del capítulo presupuestario pertinente de la Presidencia del Consejo de Ministros;
- el procedimiento negociado está permitido «sin publicación de una convocatoria de licitación», según lo dispuesto en el art. 76 del decreto legislativo 31 de marzo de 2023, n. 36;
- la cuota de la necesidad anual destinada a las contraprestaciones por poseer los parámetros del art. 3 se fija en el 10 por ciento del total.
El plazo para presentar la solicitud de inscripción se fija «del 1 al 31 de octubre de cada año». El Departamento iniciará los procedimientos negociados con las agencias inscritas después de 2024 solo si existe disponibilidad financiera o ahorros derivados de cancelaciones y si las administraciones públicas tienen una necesidad efectiva de boletines adicionales.
Reparto 90/10 y duración de los contratos
El nuevo apartado 3 del art. 5 establece el criterio de distribución de los recursos:
- el 90 por ciento se distribuye entre todas las agencias inscritas en la lista, basándose en el número medio de periodistas contratados en los últimos cinco años con contrato a tiempo completo e indefinido;
- el 10 por ciento restante se destina a las agencias inscritas que posean al menos 3 parámetros premiables de 5, distribuido con el mismo criterio.
Para cada trienio, el contrato tiene una duración de un año siempre que se mantengan los requisitos y «se renovará por otros dos años si persisten dichos requisitos»; del epígrafe del art. 5 se eliminan las palabras «y novación». Asimismo, queda derogado el art. 6 del decreto del 11 de julio de 2023.
Cancelaciones e invarianza financiera
Las agencias deben comunicar al Departamento cualquier modificación de los requisitos y parámetros; la pérdida de los requisitos mínimos conlleva la cancelación de la lista. Del mismo modo, serán canceladas las agencias que, durante la vigencia del contrato, no procedan al pago regular de los salarios a los periodistas, con la resolución del contrato suscrito por el Departamento de Información y Edición.
El art. 7 introduce la cláusula de invarianza financiera: de la aplicación del decreto «no derivan nuevas o mayores cargas para las finanzas públicas». La medida se remite a los órganos de control según la normativa vigente.
Para los editores y agencias de prensa, la partida se juega en dos frentes: la adecuación organizativa requerida por la obligación de contar con una competencia interna en inteligencia artificial y la carrera por los parámetros premiables que deciden el 10 por ciento de los recursos. Para los lectores, lo que está en juego es la estabilidad del flujo de información primaria financiado por la Presidencia del Consejo de Ministros, ahora vinculado a un gasto no superior a la media del trienio anterior.
Fuente: Gazzetta Ufficiale della Repubblica Italiana, Serie Generale n. 219 del 21 de septiembre de 2026 — DPCM 4 de agosto de 2026, «Modificaciones al decreto del Presidente del Consejo de Ministros 11 de julio de 2023, relativo a: Requisitos y parámetros para la inscripción en la lista de Agencias de relevancia nacional» (26A04859).