FactBox.

BOP de Badajoz · 23 Oct 2026 · 7 vistas

Aceuchal aprueba el reglamento interno de su centro de mayores y comedor

Por FactBox Admin

Aceuchal aprueba el reglamento interno de su centro de mayores y comedor

El Ayuntamiento de Aceuchal ha aprobado definitivamente el Reglamento de régimen interno de su centro residencial de mayores y del servicio de comedor, un texto que ordena la convivencia, los derechos y deberes de los usuarios y el régimen disciplinario del recurso asistencial. El acuerdo quedó cerrado tras el periodo de exposición pública sin reclamaciones y se publica íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz nº 204, de 23 de octubre de 2026, con la referencia Anuncio 4209/2026.

Del Pleno a la vigencia

El Pleno de la Corporación, en sesión de 3 de septiembre de 2026, aprobó inicialmente el reglamento, que ha resultado definitivo al no haberse presentado alegaciones. El texto será ejecutivo sin más trámites una vez publicado íntegramente en el boletín provincial y en el tablón de anuncios municipal, y entrará en vigor conforme al artículo 70.2 de la Ley 7/1985, reguladora de las Bases del Régimen Local.

El documento se apoya en la Ley 2/1994, de 28 de abril, de Asistencia Geriátrica de Extremadura, que obliga a todos los centros de personas mayores a disponer de un reglamento interno visado por el órgano regional competente, y en el Decreto 298/2015, de 20 de noviembre, de autorización, acreditación y Registro de Centros de Atención a Personas Mayores. Contra el reglamento cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación. El anuncio aparece firmado por el alcalde, Sergio Gordón Lozano.

Un centro para personas autónomas y grado I

El reglamento se aplica al centro situado en la calle Reina Sofía, 17, que atiende a personas autónomas y/o con grado I de dependencia, tanto en régimen residencial como en el servicio de comedor y comida a domicilio. Podrán solicitar plaza quienes cumplan estos requisitos:

  • Ser mayor de 65 años o pensionista mayor de 60, con reducción excepcional a 50 años en caso de discapacidad reconocida.
  • Valerse por sí mismo para las actividades básicas de la vida diaria.
  • No padecer enfermedad infecto-contagiosa ni trastornos psíquicos o de conducta que alteren la convivencia.
  • No haber sido sancionado con expulsión de otro centro similar.
  • Ser español y haber residido en Extremadura al menos dos años antes de la solicitud.
  • En caso de empate, tendrán preferencia los residentes o naturales de Aceuchal.

El procedimiento fija plazos concretos: diez días para subsanar la documentación, diez días para resolver, quince días para incorporarse a la plaza —prorrogables otros quince— y un mes de adaptación antes de consolidar el derecho. La ausencia injustificada superior a siete días sin aviso previo supone la pérdida de la condición de usuario.

Derechos, deberes y menús

El texto reconoce once derechos básicos, entre ellos el respeto a la intimidad y a las creencias, el alojamiento en habitación doble, la manutención diaria, la lavandería, la participación en actividades y órganos de representación, las visitas y la formulación de quejas. El servicio de comedor garantiza comida y cena los 365 días del año, con menú único salvo regímenes especiales prescritos y adaptación de texturas cuando la masticación o la deglución estén comprometidas.

Los horarios quedan acotados: desayuno de 8:30 a 9:30 y merienda de 17:00 a 17:30, solo para residentes; almuerzo de 13:30 a 14:30; y cena de 20:00 a 21:00 en invierno y de 20:30 a 21:30 en verano. Entre los deberes figuran abonar el precio público, cumplir las normas de higiene, vestir ropa de calle en las zonas comunes y comunicar las ausencias; queda terminantemente prohibido el consumo de alcohol y tabaco en todas las dependencias.

Precios públicos y régimen disciplinario

Las cuantías se remiten a las ordenanzas fiscales municipales y a las tarifas anuales visadas por la Junta de Extremadura, sin que las aportaciones mensuales puedan superar el coste máximo fijado por la comunidad autónoma. El pago se realiza por anticipado en los cinco primeros días del mes, y las deudas podrán exigirse por vía de apremio a través del Organismo Autónomo de Recaudación de la Diputación de Badajoz. Quedan fuera de la tarifa los servicios de podólogos, peluqueros, transporte, teléfono y medicamentos no financiados.

El régimen disciplinario clasifica las infracciones en leves, graves y muy graves, con sanciones que van de la amonestación verbal a la suspensión de actividades voluntarias hasta tres meses o la revisión de la continuidad como residente. La Comisión de Seguimiento instruye los expedientes graves, mientras que la Comisión de Admisión valora las solicitudes. La graduación atiende a la intencionalidad, el daño causado, la reiteración y las circunstancias cognitivas o de salud del usuario.

El reglamento llega en un contexto de envejecimiento demográfico en la comarca y deja por escrito las condiciones de acceso y convivencia de un servicio municipal muy demandado. Para las familias de Aceuchal, el texto aporta un marco verificable de derechos y obligaciones y una vía reglada de reclamación ante decisiones del centro.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, nº 204, 23 de octubre de 2026, Administración Local, pág. 2 (referencia oficial: Anuncio 4209/2026).