BOP de Teruel · 25 Aug 2026 · 5 vistas
Ababuj fija en 0,30 euros el precio de la recarga eléctrica municipal
Por FactBox Admin

El Pleno del Ayuntamiento de Ababuj ha aprobado definitivamente la ordenanza que regula el precio público por el suministro de energía eléctrica en los puntos de recarga municipales para vehículos eléctricos. La tarifa queda fijada en 0,30 euros por kilovatio hora, y la norma se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel, número 161, de 25 de agosto de 2026.
La ordenanza fue aprobada por el Pleno en sesión ordinaria celebrada el 1 de junio de 2026 y estuvo expuesta al público durante 30 días sin que se presentara reclamación alguna, por lo que adquiere carácter definitivo. Se fundamenta en el artículo 127 y en los artículos 41 a 47 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
Un precio único por kilovatio hora
El artículo 13 de la ordenanza fija la cuantía del precio público en 0,30 euros por kilovatio hora cargado, con independencia del tipo y la potencia del conector. La energía suministrada se mide digitalmente por el contador interno del dispositivo de carga, testado y homologado según la normativa MID, y se indica en el monitor de la pantalla.
El hecho imponible comprende tanto la conexión y el consumo de electricidad en los puntos de recarga como la utilización de la vía pública y de la infraestructura necesaria. Quedan exentos del pago los vehículos de titularidad municipal de Ababuj (Teruel).
Normas de uso de las plazas reservadas
Las plazas destinadas a la recarga están identificadas con señalización horizontal de fondo verde, perímetro y logotipo de vehículo eléctrico en blanco, y solo pueden ser ocupadas por vehículos eléctricos durante el tiempo que dure la recarga. Una vez completada la carga, el conductor debe retirar el vehículo de forma inmediata, y no se permite el estacionamiento en dichas plazas a vehículos no eléctricos ni a eléctricos que no estén realizando el servicio.
Infracciones y sanciones
La ordenanza tipifica tres grados de infracciones con sus correspondientes multas:
- Faltas leves: 100 euros, por ocupar plaza reservada, no retirar el vehículo transcurridos treinta minutos tras la finalización de la recarga o no recoger el cable.
- Faltas graves: 200 euros, por retrasar la recarga del siguiente usuario, no retirar el vehículo tras más de tres horas o dañar negligentemente el equipo.
- Faltas muy graves: 500 euros, por impedir totalmente la recarga del siguiente usuario, sustraer o dañar intencionadamente el equipo o el uso fraudulento del servicio.
El órgano competente para iniciar y resolver el procedimiento sancionador es la Alcaldía, que se sustancia conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común. Se contemplan medidas cautelares como la inmovilización o retirada del vehículo de la vía pública, con repercusión del gasto al infractor.
La entrada en vigor se producirá una vez publicado completamente el texto y transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. La norma convierte a Ababuj en uno de los municipios turolenses que regulan de forma expresa la movilidad eléctrica, aportando seguridad jurídica tanto a los usuarios de vehículos eléctricos como al propio Ayuntamiento en la gestión de sus puntos de carga y del espacio público.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel, núm. 161, 25 de agosto de 2026, sección Administración Local – Municipios, pág. 5 (referencia oficial: Núm. 2026-2502).