BOP de Pontevedra · 30 Oct 2026 · 29 vistas
La Xunta rectifica las fiestas locales de Cangas para el año 2027
Por FactBox Admin

La Xunta de Galicia ha rectificado las fiestas locales del Ayuntamiento de Cangas para el año 2027: suprime el 19 de marzo (Viernes de Dolores) y fija como festivos el 16 de julio (Viernes del Carmen) y el 30 de agosto (Lunes del Cristo). La corrección de errores está firmada por el Departamento Territorial de Pontevedra, dependiente de la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración, y se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra (BOPPO) número 210, del 30 de octubre de 2026, con la referencia oficial 2026075839. El cambio afecta a trabajadores, empresas y administración municipal del municipio cangresano.
El calendario laboral de la provincia de Pontevedra para 2027 se aprobó en el BOPPO número 192, del 6 de octubre de 2026 (referencia 2026071521), al amparo del artículo 37.2 del Real decreto legislativo 2/2015, del 23 de octubre, y del Decreto 68, del 15 de junio de 2026, que fija el calendario laboral de la Comunidad Autónoma para ese año. En aquel cuadro, el ayuntamiento de Cangas figuraba con dos festivos locales: «19 de marzo, Viernes de Dolores» y «30 de agosto, Lunes del Cristo».
Según el acuerdo ahora publicado, el Ayuntamiento de Cangas había presentado una certificación de la sesión plenaria del 31 de julio de 2026 en la que proponía como fiestas locales el 16 de julio de 2027 (Viernes del Carmen) y el 30 de agosto de 2027 (Lunes del Cristo). «Por error se envió la resolución estableciendo como festivo el día 19 de marzo, Viernes de Dolores, coincidente con la festividad autonómica de San José», reconoce el departamento territorial.
La rectificación y su base legal
El Departamento Territorial de Pontevedra apoya la decisión en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común (BOE número 236, del 2 de octubre de 2015), que permite a las administraciones rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos de sus actos. La corrección modifica la resolución del mismo departamento de fecha 1 de octubre de 2026.
El ACUERDO tiene dos puntos:
- Primero: rectificar el error material en el calendario laboral de 2027 respecto de las fiestas locales de Cangas, de modo que donde dice «Cangas 19 de marzo (Viernes de Dolores)» debe decir «Cangas 16 de julio (Viernes del Carmen)».
- Segundo: ordenar la publicación de la corrección en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra.
El documento está firmado en Vigo por el director territorial de Pontevedra en la fecha de la firma electrónica, y lleva el código seguro de verificación FHVHT2ZBMLZOBJLW.
Las fiestas que quedan finalmente en 2027
Con la rectificación, el calendario local de Cangas para el próximo año queda así:
- 16 de julio de 2027, viernes: Viernes del Carmen. Entra como fiesta local y sustituye al 19 de marzo.
- 30 de agosto de 2027, lunes: Lunes del Cristo. Se mantiene sin cambios respecto a la publicación original.
- 19 de marzo de 2027, viernes: deja de ser fiesta local, aunque sigue siendo festivo en toda Galicia por San José, dentro de las doce fiestas laborales de carácter general fijadas por el Decreto 68.
La rectificación evita que Cangas tuviese un festivo local coincidente con una fecha ya declarada inhábil en todo el territorio autonómico, lo que en la práctica reducía su cuantía de días no laborables propios a uno solo.
Efectos laborales y administrativos
Las fiestas locales incluidas en el calendario son retribuidas y no recuperables, conforme al artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores y al artículo 46 del Real decreto 2001/1983, del 28 de julio. Además, el calendario provincial establece que tanto las fiestas autonómicas como las locales tienen la consideración de días inhábiles para el cómputo de plazos administrativos, según el artículo 30.7 de la Ley 39/2015.
Por su parte, el artículo 34.6 del Estatuto de los Trabajadores obliga a las empresas a exponer el calendario laboral en un lugar visible del centro de trabajo para conocimiento y consulta de la plantilla. El incumplimiento de esa obligación constituye infracción en materia laboral tipificada en el artículo 6.1 del Real decreto legislativo 5/2000, del 4 de agosto, de infracciones y sanciones en el orden social.
La corrección tiene efecto directo sobre la planificación de turnos, vacaciones y cierres de actividad en el concello, así como sobre los procedimientos administrativos municipales, donde el 16 de julio de 2027 será inhábil y el 19 de marzo no podrá computarse como festivo local. Las empresas y trabajadores de Cangas deben actualizar ya el calendario expuesto con las fechas rectificadas, al ser estas las que constan oficialmente en el boletín provincial.
Fuente: Boletín Oficial da Provincia de Pontevedra (BOPPO), núm. 210, del 30 de octubre de 2026, Xunta de Galicia (referencia oficial: 2026075839).