BOP de Ourense · 11 Sep 2026 · 5 vistas
La Mancomunidad abre el cobro de la tasa de agua y canon
Por FactBox Admin

La Mancomunidad de Concejos de la Comarca de Ourense ha abierto el periodo de cobro voluntario de la tasa por el servicio de suministro de agua y del canon del agua de la Xunta de Galicia correspondiente al segundo trimestre del ejercicio 2026. El anuncio, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Ourense del 11 de septiembre de 2026, afecta a los contribuyentes de los concejos de Paderne de Allariz y Parada de Sil, y fija el plazo de pago entre el 1 de septiembre y el 3 de noviembre de 2026.
La medida fue aprobada por los propios concejos y se da a conocer mediante la exposición pública del padrón, que estará a disposición de las personas interesadas en la oficina de cada concejo durante el plazo de un mes desde la publicación del anuncio.
Periodo de cobro y forma de pago
El periodo de cobro voluntario de este tributo queda fijado desde el 1 de septiembre hasta el 3 de noviembre de 2026. Los recibos que no estén domiciliados en cuentas bancarias serán enviados por correo a los domicilios de los contribuyentes para que puedan hacerlos efectivos en las oficinas bancarias indicadas en ellos.
- Los recibos no domiciliados se envían por correo al domicilio del contribuyente.
- En caso de no recibirlos en las fechas señaladas, se debe acudir a Catoure S.L., en la calle Noriega Varela, nº 6, bajo, Ourense.
- Los medios de pago son los establecidos en los artículos 33 a 41 del Reglamento general de recaudación (R.D. 939/2005, de 29 de julio).
Recursos y vía de apremio
Contra el acto de aprobación del padrón y de las liquidaciones incorporadas a él, los contribuyentes pueden formular recurso de reposición ante el alcalde en el plazo de un mes desde el día siguiente al de finalizar la exposición pública, o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ourense, sin que ambas vías puedan interponerse simultáneamente.
Una vez transcurrido el periodo de pago voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio, con la aplicación del recargo correspondiente, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan. La no recepción del documento de pago no exime de la obligación de su abono en el periodo voluntario, siendo obligación del contribuyente solicitarlo en caso de no recibirlo.
Canon del agua de la Xunta
De conformidad con el artículo 49.7 del Decreto 136/2012, de 31 de mayo (DOG núm. 119, de 22-06-2012), se advierte que la falta de pago del canon del agua en el periodo voluntario supondrá su exigencia directa al contribuyente por la vía de apremio por la consellería competente en materia de hacienda de la Xunta de Galicia. La repercusión del canon podrá ser objeto de reclamación económico-administrativa ante el órgano correspondiente de la Comunidad Autónoma de Galicia en el plazo de un mes desde la publicación del anuncio en el BOP.
El anuncio, firmado en Paderne de Allariz el 27 de agosto de 2026 por el presidente de la Mancomunidad, José Antonio Blanco Pérez, lleva la referencia R. 2.101.
La apertura de este período de cobro afecta directamente a todos los contribuyentes de los dos ayuntamientos, que deben estar atentos a los plazos y a la recepción de los recibos para evitar recargos e intereses de demora. La exigencia del canon del agua por la vía de apremio, gestionada directamente por la Xunta, refuerza la necesidad de regularizar el pago dentro del período voluntario.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Ourense, 11 de septiembre de 2026, sección IV. Entidades Locales (referencia oficial: R. 2.101).