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BOP de Pontevedra · 30 Oct 2026 · 15 vistas

La Deputación reparte 100.000 euros entre ocho centros especiales de empleo

Por FactBox Admin

A Deputación reparte 100.000 euros entre oito centros especiais de emprego

La Junta de Gobierno de la Deputación Provincial de Pontevedra concede las subvenciones del proyecto “+EMPREGA en Centros Especiales de Empleo 2026” a las ocho entidades que se presentaron a la convocatoria, por un importe conjunto de 100.000,00 euros. El dinero se destina a financiar los costes de personal de las unidades de apoyo a la actividad de los centros especiales de empleo sin ánimo de lucro de la provincia. El acuerdo, adoptado por unanimidad en la sesión ordinaria del 23 de octubre de 2026 con el número 9.37849 y expediente 2026050023, se publica en el Boletín Oficial da Provincia de Pontevedra (BOPPO) núm. 210, del viernes 30 de octubre de 2026, en la sección de Administración Local.

Una convocatoria con bases aprobadas en julio

La convocatoria parte de las bases reguladoras aprobadas por la propia Junta de Gobierno en la sesión del 17 de julio de 2026, mediante el acuerdo 3.37398, en régimen de concurrencia competitiva. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, las ocho peticiones recibidas cumplían los requisitos exigidos, por lo que se evaluaron conforme a los criterios de valoración y al reparto de cantidades previsto en las bases.

La instrucción del procedimiento se apoyó en el informe técnico del jefe del servicio de Promoción de Empleo y Desarrollo Local, del 15 de septiembre de 2026, y en el informe de fiscalización previa de la Intervención, del 7 de octubre de 2026, favorable a la tramitación de los ocho expedientes. La comisión de selección, nombrada mediante resolución RP 2026007317 del 14 de septiembre de 2026, se reunió por medios telemáticos el 14 de octubre y dio conformidad al informe técnico. El expediente se tramita conforme a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y a la Ley 9/2007, de 13 de junio, de Subvenciones de Galicia.

Ocho entidades beneficiarias

El reparto del Anexo I, que suma exactamente 100.000,00 euros, queda así:

  • Asociación de Discapacitados Intelectuales Virgen de la O (CIF G36150803), expediente 2025050425: 3 personas, 5.000,00 €.
  • Bata Servicios Integrales a la Comunidad Sociedad Limitada (CIF B94040524), expediente 2025046909: 19 personas, 11.000,00 €.
  • Fundación para Discapacidade e Emprego Juan XXIII (CIF G36551828), expediente 2025046570: 69 personas, 18.000,00 €.
  • Grupo Sifu Galicia SL (CIF B27714856), expediente 2025046904: 47 personas, 18.000,00 €.
  • Juan María Empleo SL (CIF B27797935), expediente 2025046559: 21 personas, 11.000,00 €.
  • Lume Emprego para Persoas con Discapacidade Intelectual S.L. (CIF B36982742), expediente 2025047636: 41 personas, 18.000,00 €.
  • San Jerónimo Emiliani SL (CIF B36299121), expediente 2025050556: 38 personas, 14.000,00 €.
  • Servilar 2018 SL (CIF B94171758), expediente 2025046686: 3 personas, 5.000,00 €.

En total, las entidades beneficiarias declaran una media de 241 personas trabajadoras con discapacidad contratadas en la anualidad de 2025.

Tramos según el personal con discapacidad

El importe de cada ayuda no se negocia: las bases fijan tramos cerrados y no acumulables, calculados sobre la media de personas con discapacidad contratadas en el centro especial de empleo. Esa media se obtiene de los informes de datos para la cotización e información por período de liquidación (Idcpl-ccc) de la totalidad de los meses del ejercicio anterior, aportados en la fase de solicitud:

  • 15 o menos personas trabajadoras con discapacidad: 5.000,00 €.
  • De 16 a 30 personas: 11.000,00 €.
  • De 31 a 40 personas: 14.000,00 €.
  • Más de 40 personas: 18.000,00 €.

Cuando el cálculo de la media produce decimales, el resultado se redondea al número entero superior. Este criterio explica que la entidad con 69 trabajadores y la que tiene 41 reciban el mismo importe máximo de 18.000 euros, mientras dos entidades con solo 3 personas perciben 5.000 euros cada una.

Diez días para aceptar y vía de recurso

El gasto se autoriza con cargo a la aplicación presupuestaria 26/240.2410.489.90. Las subvenciones se entienden aceptadas si los beneficiarios no se oponen o las rechazan expresamente en el plazo de diez días hábiles contados desde la notificación. El acuerdo pone fin a la vía administrativa, por lo que cabe recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso-administrativo ante la sección del Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Pontevedra. El acuerdo se publicará también en la web de la institución provincial. Los extractos de la sesión del 23 de octubre ya aparecerán en el BOPPO núm. 208, del 28 de octubre de 2026, en el punto 9 del orden del día.

La concesión llega en un momento en que el coste del personal de apoyo es uno de los principales lastres de las entidades de iniciativa social de la provincia. Las unidades de apoyo son las que permiten que las personas con discapacidad de los centros especiales de empleo puedan trabajar en condiciones adaptadas, de modo que estos 100.000 euros van directamente a mantener puestos de trabajo protegido en el tercer sector pontevedrés. Ocho entidades, 241 trabajadores y una convocatoria que se resuelve íntegramente: no queda ninguna solicitud fuera.


Fuente: BOPPO, núm. 210, 30 de octubre de 2026, Administración Local — Deputación Provincial, Subvenciones y ayudas (referencia oficial: acuerdo nº 9.37849, expediente 2026050023, CSV E272CC04HQXAE3QB).