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BOP de A Coruña · 30 Oct 2026 · 19 vistas

La Diputación de La Coruña destina 1,2 millones a las asociaciones culturales en 2027

Por FactBox Admin

A Deputación da Coruña destina 1,2 millóns ás asociacións culturais en 2027

La Deputación Provincial de A Coruña aprobó las bases reguladoras del Programa FO203/2027 de subvenciones a entidades sin fines de lucro para la realización de actividades culturales durante el año 2027, dotado con 1.200.000 euros. La resolución de Presidencia se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de A Coruña número 208, del 30 de octubre de 2026, bajo el número de anuncio 2026/6964, con el texto completo de las bases en las páginas 1 a 9.

Una línea de continuidad para el tejido asociativo

Las bases apoyan el desarrollo de proyectos y actividades culturales en la provincia de A Coruña por parte de entidades sin ánimo de lucro, y se enmarcan en el plan estratégico provincial de subvenciones de la Deputación 2025-2027, aprobado por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria del 27 de septiembre de 2024. El programa responde al Objetivo Estratégico 7 —apoyar, promover y difundir la cultura y la formación en el ámbito provincial— y a los objetivos operativos O.36, O.38 y O.39, este último dedicado a la promoción de la lengua y la cultura gallegas.

La gestión corresponde al Servizo de Cultura, Igualdade e Dereitos Civís, a través de la Sección de Cultura, con una aplicación presupuestaria 0612/3341/481. La convocatoria incluye cuatro modalidades de entidad, con un importe mínimo por proyecto de 3.000 euros:

  • Modalidad A: entidades culturales, hasta 30.000 euros, con dos subtipos según actúen solo en la provincia (A1) o dentro y fuera de ella (A2).
  • Modalidad B: entidades vecinales y de tiempo libre, hasta 10.000 euros.
  • Modalidad C: asociaciones de carácter pedagógico, hasta 10.000 euros.
  • Modalidad D: entidades sociales y asistenciales, hasta 10.000 euros.

El importe solicitado debe situarse entre el 20 % y el 80 % del presupuesto de gastos subvencionable, con un coeficiente de financiación variable en ese mismo rango.

Qué se puede financiar y qué queda fuera

Serán subvencionables los gastos corrientes vinculados a la actividad —compras de bienes no inventariables, trabajos encargados a otras empresas, arrendamientos, transportes, publicidad, sueldos y seguridad social, entre otros—, nunca bienes inventariables. Si la entidad contrata con un mismo proveedor más de 15.000 euros, IVA excluido, deberá pedir tres presupuestos. El alquiler del local social solo se justifica con veinte actividades culturales anuales como mínimo y no puede superar el 50 % del gasto total.

Quedan excluidos, entre otros:

  • Gastos de manutención y alojamiento.
  • Gastos generales de la entidad, incluido el mantenimiento de la web y de las redes sociales.
  • Atenciones protocolarias (medallas, placas, trofeos).
  • Material inventariable, gastos financieros y de gestoría.
  • Ferias históricas y mercados medievales, fiestas gastronómicas y viajes de ocio.
  • Actividades deportivas, turísticas o actuaciones adjudicadas dentro de la Red Cultural.

Tampoco pueden concurrir fundaciones, ANPAS, colegios profesionales, coros polifónicos, bandas de música y entidades de música tradicional, que cuentan con líneas propias (FO213 y FO215).

Plazos, baremo y obligaciones en lengua gallega

Las actividades deben ejecutarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2027, aunque se admitirán justificantes emitidos antes del 16 de enero de 2028 para gastos de final de período. La concesión será en concurrencia competitiva y la valoración corresponderá a una comisión técnica de tres personas expertas, designadas por resolución de Presidencia y publicadas en el boletín provincial.

El baremo reparte hasta 30 puntos de valoración directa de datos —coeficiente de financiación, recursos y estructura, soportes de difusión y colaboración socio-cultural— y hasta 70 puntos de la comisión técnica, con 20 por la trayectoria de la entidad, 40 por el interés del proyecto y 10 por el enfoque social. Quedan excluidas las solicitudes que no alcancen 40 puntos, de los cuales 20 deben corresponder a la comisión técnica.

Entre las obligaciones figura mantener la web oficial en gallego, rotular en gallego todos los soportes informativos y difundir el logotipo de la Diputación. La justificación, por cuenta justificativa simplificada, cerrará el 31 de marzo de 2028 a las 14:00 horas.

El plazo de presentación de solicitudes no figura en estas bases: se determinará en la convocatoria, que se publicará en el BOP a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Las bases están firmadas en La Coruña el 26 de octubre de 2026 por el presidente, Valentín González Formoso, y por el secretario general, Miguel Iglesias Martínez.


Fuente: Boletín Oficial da Provincia da Coruña, núm. 208, 30 de octubre de 2026, Administración Local, páx. 1-9 (referencia oficial: 2026/6964).