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BOP de Ourense · 20 Oct 2026 · 7 vistas

La Diputación asume la gestión y recaudación del agua de Sarreaus

Por FactBox Admin

A Deputación asume a xestión e recadación da auga de Sarreaus

El Pleno de la Diputación Provincial de Ourense aceptó por unanimidad la delegación efectuada por el Ayuntamiento de Sarreaus para asumir la gestión tributaria, la liquidación y la recaudación voluntaria y ejecutiva, así como la revisión de los actos dictados, de la tasa por el abastecimiento de agua domiciliaria y del canon del agua. El acuerdo plenario se adoptó en la sesión ordinaria del 25 de septiembre de 2026 y se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Ourense del 20 de octubre de 2026, en la sección I. Diputación Provincial de Ourense, con la referencia R. 2.344.

Una delegación pedida por el propio ayuntamiento

La operación parte de un acuerdo anterior del Ayuntamiento de Sarreaus, adoptado en pleno el 28 de agosto de 2026, por el que decidió trasladar a la institución provincial las competencias sobre sus ingresos de derecho público vinculados al ciclo del agua. La Diputación aceptó esa delegación al amparo del artículo 7 del Real decreto legislativo del 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, y del artículo 106.3 de la Ley 7/1985 de bases de régimen local.

El acuerdo fue firmado en Ourense el 29 de septiembre de 2026 por el presidente de la corporación, Luis Menor Pérez, y su entrada en vigor queda condicionada a la aceptación provincial y a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Diario Oficial de Galicia para general conocimiento.

Qué tributos y qué facultades abarca

La delegación cubre dos ámbitos diferenciados:

  • La tasa por el abastecimiento de agua domiciliaria, incluidos los demás conceptos que forman parte del ciclo del agua.
  • El canon del agua, aunque en este caso quedan fuera las facultades de recaudación ejecutiva y la revisión de los actos dictados por esa vía.

En lo relativo a las facultades, el acuerdo extiende la delegación a todas las actuaciones necesarias para la gestión tributaria, la liquidación y la recaudación voluntaria y ejecutiva, incluida la emisión de la providencia de apremio y la resolución de los recursos administrativos contra los actos de recaudación ejecutiva.

Condiciones económicas y obligaciones del ayuntamiento

El texto fija las contraprestaciones que el Ayuntamiento de Sarreaus deberá abonar a la Diputación por la prestación del servicio:

  • Recaudación en período voluntario: un tipo de gravamen único del 5% sobre las cantidades efectivamente recaudadas.
  • Recaudación en período ejecutivo: el 100% del recargo que corresponda en cada caso.

Esas tarifas se aplican conforme al artículo 6, apartados a) y b), de la Ordenanza fiscal reguladora por la prestación de los servicios de gestión, inspección y recaudación de la Diputación Provincial de Ourense. La institución provincial deducirá de la transferencia del importe recaudado la cantidad correspondiente a la tasa liquidada, sin perjuicio de la notificación de la liquidación en la forma prevista en el punto 9 de la citada ordenanza.

En cuanto a la documentación, el ayuntamiento deberá remitir las certificaciones de la relación de deudores de los últimos cuatro años para poder iniciar la recaudación en ejecutiva. Para las deudas anteriores a ese período, tendrá que certificar que no están prescritas e indicar las diferentes fechas de notificación de la deuda en ejecutiva.

Cuatro años con prórroga automática

La delegación tendrá una vigencia inicial de cuatro años y se prorrogará tácitamente por períodos iguales de cuatro años, salvo que alguna de las partes manifieste expresamente su voluntad en contra. Ese aviso deberá comunicarse a la otra parte con una antelación no inferior a seis meses respecto de la finalización del período en curso o de cualquiera de sus prórrogas.

Impacto para los vecinos

La medida traslada al organismo provincial la gestión práctica de la factura del agua en Sarreaus: emisión de liquidaciones, atención de recursos y, si es el caso, reclamación de deudas por vía ejecutiva. Para los contribuyentes del municipio, el cambio implica que la Diputación pasa a ser la administración que tramita los actos de gestión y recaudación de estos ingresos, mientras el ayuntamiento mantiene la titularidad de los tributos y asume el coste del servicio mediante las tasas del 5% y del 100% del recargo.


Fuente: Boletín Oficial da Provincia de Ourense, nº 240 do 20 de outubro de 2026, sección I. Deputación Provincial de Ourense (referencia oficial: R. 2.344).