FactBox.

BOP de Badajoz · 23 Oct 2026 · 4 vistas

Zahínos estrena reglamento de agua potable con sanciones de hasta 3.000 euros

Por FactBox Admin

Zahínos estrena reglamento de agua potable con sanciones de hasta 3.000 euros

El Ayuntamiento de Zahínos ha aprobado definitivamente el nuevo Reglamento del servicio de abastecimiento de agua potable, que entra en vigor el sábado 24 de octubre, un día después de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz (anuncio 4073/2026, número 204, de 23 de octubre de 2026). El texto, de 75 artículos repartidos en 12 títulos, fija las obligaciones de la entidad suministradora y de los abonados, regula las acometidas y las condiciones del suministro y establece un régimen sancionador con multas de hasta 3.000 euros.

El Pleno de la Corporación aprobó el expediente de modificación en sesión celebrada el 1 de junio de 2026, y el acuerdo resultó definitivo al no presentarse reclamaciones durante el periodo de exposición al público, por lo que es ejecutivo sin más trámites conforme al artículo 17.4 del texto refundido de la Ley 2/2004, de 5 de marzo, reguladora de las Haciendas Locales. El artículo 74 del reglamento concreta que la entrada en vigor se produce al día siguiente de la publicación definitiva en el boletín provincial.

Contra el acuerdo los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz, previa reposición ante el Pleno, en el plazo de un mes desde la publicación. El documento aparece firmado por el alcalde-presidente, Gregorio Gallego Borrego, y por el secretario-interventor, Juan José Torrado Crespo.

Reparto de responsabilidades entre empresa y abonados

El reglamento declara el servicio de titularidad municipal, sin perjuicio de que se preste de forma directa o indirecta, y delimita la frontera física de responsabilidad en la llave de registro de la acometida. La entidad suministradora asume, entre otras obligaciones:

  • Garantizar la potabilidad del agua hasta la llave de registro y mantener la presión dentro de los márgenes legales.
  • Conservar las redes e instalaciones municipales y atender las urgencias por averías de forma permanente.
  • Avisar de las interrupciones programadas con al menos 24 horas de antelación, preferentemente por medios telemáticos.
  • Contestar las reclamaciones escritas en un plazo no superior a un mes.
  • Aplicar las tarifas aprobadas por el Ayuntamiento y garantizar la protección de datos de los abonados.

Los abonados, por su parte, deberán suscribir el contrato de suministro, abonar puntualmente los recibos —incluidos los consumos por fuga o avería en la instalación interior—, mantener sus instalaciones en buen estado, instalar sistemas antirretorno cuando exista agua de otra procedencia y facilitar el acceso del personal acreditado para lecturas e inspecciones.

Acometidas, usos y precios tasados

La instalación y conservación de acometidas es competencia exclusiva de la entidad suministradora, con cargo al peticionario, que recibirá el presupuesto en un plazo máximo de un mes y dispondrá de 30 días hábiles para abonarlo antes de entenderse desistida la solicitud. El anexo I fija precios unitarios:

  • Media acometida de 25 mm hasta 4 metros con contador de telelectura 13/15: 209,55 euros.
  • Acometida completa de 25 mm hasta 4 metros con contador de telelectura 13/15: 329,30 euros.
  • Sustitución de contador antiguo por contador de telelectura 13/15: 194,62 euros.
  • Retranqueo: 42,20 euros; metro adicional de acometida de 25 mm: 7,63 euros.

Se considera que un inmueble dispone de servicio cuando la red de distribución esté a menos de 100 metros lineales. El texto distingue siete clases de suministro —doméstico, comercial, industrial, agrícola y ganadero, obra, contraincendios y otros usos— y prohíbe destinar el agua a usos distintos de los contratados o cederla a terceros.

Sanciones, fraude y protección de vulnerables

Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves, con multas de hasta 750 euros, de 750,01 a 1.500 euros y de 1.500,01 a 3.000 euros respectivamente; se considera reincidente a quien cometa dos o más infracciones de igual o similar naturaleza en los últimos dos años. El reglamento enumera 16 causas de suspensión del suministro, entre ellas el impago, el uso distinto al contratado, la manipulación del contador o la imposibilidad de lectura durante cuatro periodos consecutivos, y permite la baja de oficio transcurridos tres meses desde el corte sin subsanación.

En materia de fraude, la liquidación se calcula con un caudal de referencia de 0,7 por la suma de Q2 y Q3 del contador, con tres horas diarias de utilización ininterrumpida. El capítulo IX introduce además protección para clientes económicamente vulnerables: no se suspenderá el suministro por impago mientras los servicios sociales municipales comuniquen esa situación, que se prolonga un año y es renovable, y se prevé la posible aprobación de tarifas sociales o de un fondo social.

Impacto para los vecinos

La norma sustituye el marco anterior y afecta tanto a los contratos que se formalicen como a los ya existentes, de modo que los abonados de Zahínos verán actualizadas las reglas sobre contadores, lecturas, facturación y cortes de suministro desde este mismo fin de semana. La obligación de trasladar los contadores al exterior o de instalar equipos de telelectura, a cargo del usuario, y la bonificación por fugas —limitada a dos periodos consecutivos y con un plazo de 24 meses entre solicitudes— son dos de los puntos que más incidencia tendrán en las economías domésticas.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, nº 204, 23 de octubre de 2026, Administración Local (Ayuntamientos), pág. 1-2 (referencia oficial: anuncio 4073/2026).