FactBox.

Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava · 02 Oct 2026 · 25 vistas

Vitoria-Gasteiz aprueba el impuesto turístico y abre 30 días de alegaciones

Por FactBox Admin

Vitoria-Gasteiz aprueba el impuesto turístico y abre 30 días de alegaciones

El Pleno del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz aprobó provisionalmente el Impuesto sobre Estancias Turísticas en su sesión del 25 de septiembre de 2026. El acuerdo se publica en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava (BOTHA) número 113, de 2 de octubre de 2026, con la referencia oficial 2026-02768. El expediente queda expuesto al público durante treinta días, plazo que finaliza el 16 de noviembre de 2026.

La aprobación se adopta al amparo del artículo 19 del Decreto Foral Normativo 1/2021, del Consejo de Gobierno Foral de 29 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Norma Foral reguladora de las Haciendas Locales. El anuncio lo firma el Concejal Delegado del Departamento de Hacienda, Jon Armentia Fructuoso, en Vitoria-Gasteiz a 25 de septiembre de 2026, y se encuadra en la sección II, Administración Local del Territorio Histórico de Álava.

El tributo se enmarca en la Norma Foral 13/2026, de 10 de junio, por la que se regula el Impuesto sobre Estancias Turísticas en Álava, que habilita a los ayuntamientos a exigirlo mediante su correspondiente ordenanza fiscal. Esa norma foral se invoca en la ordenanza del Ayuntamiento de Lantarón, publicada en el BOTHA número 112, de 30 de septiembre de 2026 (referencia 2026-02732), que ya detalla la estructura completa del impuesto.

Exposición pública y presentación de reclamaciones

Las personas interesadas pueden examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas en el plazo de treinta días a partir de la publicación del anuncio. Los datos del trámite son los siguientes:

Si no se presentan reclamaciones, el acuerdo hasta entonces provisional se entenderá definitivamente adoptado, sin necesidad de un nuevo pronunciamiento plenario.

Cómo funciona el tributo según la norma foral

La ordenanza ya definitiva de Lantarón, publicada en el BOTHA, concreta el funcionamiento del impuesto que los ayuntamientos despliegan al amparo de la norma foral. Constituye el hecho imponible la estancia, por días o fracciones, con o sin pernoctación, en establecimientos de alojamiento turístico, y se computa un máximo de seis unidades de estancia por contribuyente y estancia continuada.

Los tipos de gravamen se fijan en euros por unidad de estancia y varían según la categoría del establecimiento:

  • Hoteles de cinco estrellas o categoría equivalente: 4,50 euros.
  • Hoteles de cuatro estrellas: 3,50 euros.
  • Hoteles de tres estrellas y apartamentos turísticos: 1,50 euros.
  • Hoteles de dos estrellas: 1,00 euros.
  • Hoteles de una estrella, pensiones, campings, casas rurales y albergues: 0,75 euros.
  • Agroturismos: 0,50 euros.

La norma contempla exenciones para estancias subvencionadas por programas sociales, menores de dieciocho años, personas con discapacidad igual o superior al 65 por ciento o dependencia de grado II o III, estancias por estudios, motivos de salud y causas de fuerza mayor. El titular de la explotación actúa como sustituto del contribuyente y debe presentar autoliquidaciones trimestrales durante los quince días naturales siguientes a cada trimestre.

Otros municipios alaveses ya tramitan el impuesto

La capital alavesa se suma a una oleada de ordenanzas municipales en el Territorio Histórico de Álava:

  • Lantarón: aprobación definitiva, BOTHA número 112, de 30 de septiembre de 2026.
  • Zuia: aprobación inicial acordada el 23 de septiembre de 2026, BOTHA número 113, de 2 de octubre de 2026.
  • Labastida: aprobación provisional del 14 de septiembre de 2026, BOTHA número 109, de 23 de septiembre de 2026.
  • Lapuebla de Labarca y Lanciego: aprobaciones del 17 de septiembre de 2026, BOTHA número 110, de 25 de septiembre de 2026.
  • Leza, Navaridas y Elciego: expedientes iniciales publicados en el BOTHA durante agosto y septiembre de 2026.

Impacto para el sector y los visitantes

La decisión del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz abre el periodo decisivo para el diseño final del impuesto en la capital alavesa: las alegaciones presentadas en las próximas semanas determinarán el texto definitivo que se aplicará a hoteles, pensiones, apartamentos, campings, agroturismos, casas rurales, albergues y viviendas de uso turístico. El sector del alojamiento y los visitantes de Vitoria-Gasteiz afrontan así un nuevo gravamen municipal que, en los municipios donde ya está cerrado, se repercute por unidad de estancia y se gestiona mediante autoliquidación trimestral del titular del establecimiento.


Fuente: Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava (BOTHA), núm. 113, 2 de octubre de 2026, sección II - Administración Local del Territorio Histórico de Álava, pág. 1 (referencia oficial: 2026-02768).