BOP de Tarragona · 06 Nov 2026 · 14 vistas
Vinebre aprueba el reglamento del servicio de grúa y el depósito municipal de vehículos
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Vinebre ha aprobado definitivamente el establecimiento del servicio municipal de retirada y depósito de vehículos de la vía pública y el reglamento que lo regula. El Pleno del consistorio adoptó el acuerdo el 26 de octubre de 2026 y el texto se publica ahora en el Boletín Oficial de la Provincia de Tarragona del 6 de noviembre de 2026, con la referencia oficial CVE 2026-10144. El nuevo reglamento fija los supuestos en los que se puede retirar un vehículo, el procedimiento de aviso al titular y la obligación de pagar la tasa vigente para recuperarlo.
La tramitación se inició con un informe de necesidades del 16 de febrero de 2026, que solicitaba abrir expediente para establecer el servicio y solicitar un informe de Intervención sobre la repercusión económica. Aquel informe, emitido el 18 de febrero de 2026, concluyó que el consistorio tendrá capacidad de financiación en términos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera una vez asumido el servicio.
La aprobación inicial del establecimiento y del reglamento se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Tarragona el 4 de marzo de 2026, con un periodo de 30 días hábiles de exposición pública para presentar alegaciones y sugerencias. Según el anuncio, finalizado este plazo no se presentó ninguna alegación, de manera que el acuerdo del Pleno del 26 de octubre cierra la tramitación. El edicto fue firmado por la alcaldesa, Sandra Rico Juan.
Un servicio asumido en gestión directa
La exposición de motivos del reglamento justifica la decisión por las características de un municipio de dimensiones reducidas, con una población aproximada de 500 habitantes, calles estrechas, zonas de estacionamiento limitadas y espacios compartidos entre vehículos y peatones. En este contexto, el estacionamiento indebido puede afectar la seguridad vial, dificultar el paso de vehículos de emergencia, impedir el acceso a garajes o limitar la movilidad de personas con movilidad reducida.
El Ayuntamiento de Vinebre asume la actividad como propia en ejercicio de sus competencias en materia de tráfico y movilidad, y la prestará mediante gestión directa. El reglamento se fundamenta en la autonomía local reconocida en los artículos 137 y 140 de la Constitución, en los artículos 86 y siguientes del Estatuto de Autonomía de Cataluña y en los artículos 4, 25 y 26 de la Ley 7/1985, así como en el Real decreto legislativo 6/2015, que aprueba el texto refundido de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos de motor y seguridad vial, y en la normativa ambiental sobre vehículos fuera de uso.
Los objetivos que el texto atribuye al servicio son cinco:
- Mantener la disciplina viaria en materia de estacionamiento.
- Garantizar la seguridad del tránsito en vías de sección reducida o con visibilidad limitada.
- Proteger los espacios destinados a los peatones y asegurar la accesibilidad universal.
- Retirar vehículos abandonados que puedan generar degradación del espacio público o problemas ambientales.
- Preservar la convivencia y el buen uso de las calles y plazas municipales.
Supuestos de retirada y depósito en la calle Calvari
El artículo 3 del reglamento enumera, con carácter enunciativo, los casos en los que se podrá acordar la retirada de un vehículo de la vía pública:
- Infracción de la normativa vigente en materia de tránsito.
- Inmovilización del vehículo.
- Accidente.
- Abandono.
- Cesión por parte del titular.
- Disposición judicial, policial o de otras autoridades.
- Vehículos robados.
- Retirada con motivo de señalización excepcional.
- Otros supuestos de emergencia, urgencia o necesidad.
Los vehículos retirados se depositarán en un recinto cerrado habilitado a tal efecto, situado en la calle Calvari 1, de titularidad municipal. El personal autorizado del consistorio podrá realizar la retirada y el traslado cuando el obligado a hacerlo no lo realice, siempre de conformidad con la normativa de tránsito.
Aviso en 24 horas y tasa por recuperar el vehículo
El procedimiento incorpora la suspensión de la retirada si, en el momento de practicarla, el conductor se presenta y cesa la perturbación que la había motivado. Una vez que el vehículo está en el depósito, el ayuntamiento debe comunicar la retirada y el depósito al titular en un plazo de veinticuatro horas, preferentemente a través de la dirección electrónica viaria si dispone de ella.
Si el titular no tiene dirección electrónica viaria, habrá que intentar la comunicación igualmente dentro de las veinticuatro horas desde la entrada del vehículo al depósito, y servirá cualquier medio que deje constancia de la intención de comunicar la incidencia. Tanto la comunicación como el intento se deben registrar en un listado habilitado a tal efecto, con indicación del órgano que la hace, la fecha y la hora.
La retirada y el depósito generan la obligación de satisfacer la tasa recogida en la ordenanza fiscal vigente, que el reglamento no cuantifica. El vehículo se devuelve al titular o a una persona autorizada previamente acreditada y después de pagar la tasa. Para todo lo que el reglamento no prevea, se aplica la normativa vigente en materia de tránsito.
La norma llega a Vinebre con un alcance práctico inmediato para los vecinos: por primera vez el municipio dispone de un marco formal propio para ordenar el estacionamiento indebido y los vehículos abandonados en un núcleo de calles estrechas, y fija plazos y garantías para los titulares afectados. El acuerdo también cierra el procedimiento administrativo abierto en febrero, que debía verificar la sostenibilidad financiera del servicio antes de hacerlo efectivo.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tarragona, núm. 6 de noviembre de 2026, sección I, pág. 1-3 (referencia oficial: CVE 2026-10144).