BOP de León · 09 Oct 2026 · 14 vistas
Villasabariego aprueba el plan municipal de gestión ética de colonias felinas
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Villasabariego ha aprobado de forma definitiva el Programa de Gestión Ética de Colonias Felinas, el plan CER municipal que ordena el cuidado de los gatos comunitarios del término. El acuerdo se adoptó en la sesión plenaria del 24 de septiembre de 2026 y su texto íntegro se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de León núm. 193, de 9 de octubre de 2026, con la referencia BOP-LE-2026-193024. El programa entra en vigor con esta publicación y tendrá una vigencia de dos años, prorrogable de forma automática si no se aprueba otro que lo sustituya.
El documento desarrolla en el ámbito municipal el mandato del artículo 39 de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, que atribuye a las entidades locales la gestión de los gatos comunitarios mediante programas de gestión de colonias felinas. El texto consta de 14 artículos y una disposición final única, y fue firmado por el alcalde, Jorge Sánchez Cordero.
La norma parte de la definición legal de colonia felina como el grupo de gatos de la especie Felis catus que viven en libertad o semilibertad, con bajo o nulo grado de socialización, y adopta el método CER —captura, esterilización y retorno— como procedimiento normalizado de gestión, siempre con intervención de un profesional veterinario colegiado.
Esterilización, marcaje auricular y microchip
El programa ordena la esterilización quirúrgica de todos los gatos de la colonia, hembras y machos, y contempla además la esterilización temprana de animales prepúberes, en torno a los cuatro meses de vida. Antes del retorno a la colonia de origen se practica el marcaje auricular: se extirpa el cuarto superior izquierdo de la oreja de las hembras y el derecho de los machos esterilizados.
En el momento de la esterilización se vacuna y se desparasita a los animales con un antiparasitario de amplio espectro, y los gatos se identifican mediante microchip, registrados bajo titularidad municipal. El registro de la colonia recoge la evaluación sanitaria, la colonia de procedencia, las fechas de captura, esterilización, marcaje y suelta, una imagen fotográfica del gato y la localización del marcaje.
Cuidadores autorizados con carnet y colonia asignada
Las personas, colectivos o asociaciones que quieran ocuparse de los gatos deberán solicitar su alta como persona cuidadora autorizada en el registro municipal. El Ayuntamiento creará un listado de cuidadores autorizados y les entregará un carnet identificativo, además de formación sobre control, gestión y seguimiento de colonias.
Sus funciones incluyen:
- Capturar a los animales para su registro y esterilización y soltarlos una vez registrados y esterilizados.
- Suministrar alimento adecuado y agua limpia y fresca de forma controlada.
- Limpiar periódicamente las zonas de alimentación y de deposiciones.
- Informar al Ayuntamiento de cualquier problema o incidencia en la colonia.
- Cumplir el programa y sus posibles modificaciones.
El cuidador puede cesar en cualquier momento por decisión propia, comunicándolo al Ayuntamiento con una antelación mínima de 10 días hábiles. El incumplimiento reiterado de sus obligaciones o los perjuicios graves para la gestión de la colonia suponen la pérdida de la condición de persona cuidadora.
Alimentación, limpieza y prohibiciones
Queda prohibida la alimentación de los gatos de la colonia por personas no acreditadas. Los comederos y bebederos, estancos y de bajo impacto visual, se distribuirán en varios puntos discretos, evitando su instalación cerca de centros docentes, centros sanitarios, parques infantiles, solares, viviendas particulares, restaurantes, bares y cafeterías o vías de tráfico intenso. El pienso será seco, salvo para capturas o tratamientos sanitarios, y los restos se limpiarán a diario.
El programa prohíbe el sacrificio de los gatos salvo por motivos sanitarios, el confinamiento de los no socializados en centros de protección animal, el abandono en las colonias, la suelta en colonias distintas a la de origen, el aprovechamiento cinegético y la retirada o reubicación de los animales, con excepciones tasadas como la adopción de gatos socializados o los cachorros en edad de socialización.
Obligaciones vecinales y régimen de recursos
Los propietarios de gatos domésticos deberán esterilizarlos quirúrgicamente antes de los seis meses y identificarlos con microchip. Los titulares de perros tendrán que adoptar medidas para que su presencia no altere o ponga en riesgo la integridad de las colonias y de los recursos destinados a ellas.
El Ayuntamiento asume funciones como fomentar la participación ciudadana, distribuir las colonias por zonas, asignar una colonia a cada cuidador, suministrar donaciones de pienso seco y tratamientos preventivos de desparasitación, inspeccionar periódicamente las colonias y designar a una persona de enlace con los gestores y otra para resolver conflictos vecinales. Contra el acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso de reposición potestativo ante el Pleno en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de León en el plazo de dos meses.
El programa convierte a Villasabariego en uno de los municipios de la provincia que dota de marco normativo propio al control poblacional de los gatos comunitarios, con reglas claras para los cuidadores voluntarios, los propietarios de mascotas y el resto de vecinos, y con el método CER como única vía autorizada de gestión.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de León, núm. 193, 9 de octubre de 2026, sección I (Administración Local), págs. 46-51 (referencia oficial: BOP-LE-2026-193024).