BOP de Teruel · 26 Oct 2026 · 3 vistas
Villarquemado aprueba la ordenanza del taxi con un máximo de dos licencias
Por FactBox Admin

El Pleno del Ayuntamiento de Villarquemado aprobó definitivamente el 27 de agosto de 2026 la Ordenanza municipal reguladora del servicio de taxi, cuyo texto íntegro se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel núm. 205, de 26 de octubre de 2026, con la referencia oficial 2026-3091. El acuerdo quedó elevado a definitivo al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública y la norma entrará en vigor al día siguiente de su publicación íntegra en el boletín provincial.
La ordenanza se dicta al amparo del artículo 4.3 de la Ley 5/2018, de 19 de abril, del Taxi en Aragón, y su publicación cumple lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, y en el artículo 141 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón. El anuncio aparece firmado en Villarquemado el 21 de octubre de 2026 por el alcalde, Federico Serrano Paricio.
El texto se estructura en ocho títulos que abarcan desde las licencias y los conductores hasta los vehículos, el régimen tarifario y el régimen sancionador, y contra el acuerdo cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, con sede en Zaragoza, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación del anuncio.
Dos licencias y requisitos de titularidad
El número máximo de licencias en el término municipal será de 2, en aplicación del ratio de una licencia por cada 2.000 habitantes fijado para municipios de hasta 50.000 residentes, con un mínimo de dos por municipio. Las nuevas licencias se otorgarán mediante procedimiento de licitación entre personas físicas que cumplan los requisitos de titularidad.
Los aspirantes deberán acreditar:
- Nacionalidad española, de un Estado miembro de la Unión Europea o de un país con acuerdo que exima del requisito, o disponer de autorización de trabajo suficiente.
- Titularidad o disponibilidad del vehículo de turismo en cualquier régimen jurídicamente válido.
- Cumplimiento de las obligaciones fiscales, laborales y sociales.
- Requisitos técnicos del vehículo y capacitación profesional para conducir.
- Seguro de responsabilidad civil por los daños que puedan ocasionarse.
Al tratarse de un municipio de menos de 20.000 habitantes, se podrá ser titular de más de una licencia cuando así lo establezca el ayuntamiento para favorecer la prestación del servicio ante la falta de oferta, aunque el titular de una licencia en Villarquemado no podrá serlo de otra en un municipio distinto.
Transmisión, registro y ejercicio de la actividad
La licencia es transmisible a personas físicas y jurídicas que acrediten los requisitos, pero la operación requiere informe de la dirección general competente en materia de transporte del Gobierno de Aragón, que deberá emitirlo en el plazo de un mes. No podrá autorizarse la transmisión si no han transcurrido al menos dos años desde la adquisición de la licencia, salvo jubilación, fallecimiento, incapacidad total, imposibilidad del heredero o retirada definitiva del permiso de conducción.
Quien transmita una licencia no podrá volver a ser titular de otra en el mismo municipio hasta transcurrir cinco años, y las solicitudes se entenderán desestimadas si la Administración no resuelve en tres meses. Las licencias urbanas tendrán validez indefinida y el Ayuntamiento mantendrá un Registro de Títulos Habilitantes con los datos del titular, domicilio, vehículo y conductores adscritos, vigencia e infracciones.
El titular deberá iniciar la prestación en un plazo máximo de un mes desde la notificación del otorgamiento y prestará el servicio personalmente, con posibilidad excepcional de contratar un único conductor asalariado en supuestos como enfermedad, embarazo, pérdida del permiso o jubilación. La excedencia voluntaria podrá solicitarse por periodos de entre seis meses y cinco años.
Vehículos, usuarios y régimen tarifario
Los vehículos deberán estar clasificados como turismo, con capacidad mínima de cinco y máxima de nueve plazas incluido el conductor, y llevarán los distintivos del ayuntamiento, el número de licencia y la placa trasera de fondo azul con caracteres blancos. Entre otras dotaciones se exigen extintor, alumbrado interior suficiente, herramientas para averías frecuentes, sistema automático de pago y facturación y las tarifas expuestas en lugar visible.
La ordenanza reconoce a los usuarios el derecho a acceder al servicio en igualdad de condiciones, con ayuda a personas con movilidad reducida, a recibir un documento justificativo con precio, origen, destino y número de licencia, a pagar por medios telemáticos y a disponer de hojas de reclamaciones. Los conductores no podrán negarse a un servicio salvo causa justa y deberán depositar anualmente certificado médico, de antecedentes penales y de delitos sexuales con menores.
El texto no establece un régimen tarifario propio: al aprobarse la ordenanza para prestar servicios interurbanos entre núcleos de población, las tarifas aplicables serán aprobadas por el departamento responsable en materia de transporte del Gobierno de Aragón.
Infracciones y sanciones de hasta 4.000 euros
El régimen sancionador distingue tres niveles:
- Infracciones leves: multas de 100 a 400 euros, como no llevar la documentación, no exponer los cuadros de tarifas o no entregar recibo.
- Infracciones graves: multas de 401 a 1.000 euros, como incumplir las condiciones esenciales de la licencia, superar las plazas autorizadas, incumplir el régimen de tarifas u obstruir la inspección.
- Infracciones muy graves: multas de 1.001 a 4.000 euros, como prestar servicio sin título en vigor, con conductor no autorizado, ceder los títulos sin autorización, carecer de seguro obligatorio o abandonar un servicio antes de finalizarlo.
Las infracciones prescriben al año, mientras que las sanciones lo hacen a los tres, dos y un año según su gravedad. La imposición de multas es independiente de la obligación de indemnizar los daños y perjuicios causados.
La entrada en vigor de la ordenanza afecta directamente a los profesionales del taxi del municipio y a los vecinos que dependen de este servicio para desplazarse a otros núcleos, en un contexto de población inferior a 20.000 habitantes donde la norma permite concentrar licencias para garantizar la cobertura. El texto queda publicado íntegramente en el boletín provincial, de modo que cualquier interesado puede consultar los requisitos, plazos y cuantías antes de solicitar o transmitir una licencia.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel, núm. 205, de 26 de octubre de 2026, sección I (Administración Local), pág. 8 (referencia oficial: 2026-3091).