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BOP de Córdoba · 27 Oct 2026 · 1 vistas

Villanueva del Duque estrena precio público para alquilar sus bicicletas eléctricas

Por FactBox Admin

Villanueva del Duque estrena precio público para alquilar sus bicicletas eléctricas

El Ayuntamiento de Villanueva del Duque ha establecido el precio público por la utilización del sistema municipal de préstamo de bicicletas eléctricas, con tarifas que van de los 2,50 a los 20 euros en función de la duración del alquiler y de la condición del usuario. El acuerdo lo adoptó el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria celebrada el 29 de septiembre de 2026 y se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 208, de 27 de octubre de 2026, en la sección VI (Administración Local), con la referencia oficial BOP-A-2026-3512. La norma entra en vigor el mismo día de su publicación y será de aplicación a partir de esa fecha.

Un parque de cinco bicis en el Gimnasio municipal

El texto se ampara en los artículos 41 a 47 y 127 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y desarrolla el régimen completo del servicio: usuarios, reservas, devoluciones, obligaciones y sanciones. El sistema comprende las instalaciones del edificio del Gimnasio municipal, donde se custodian las bicicletas, y el Ayuntamiento prevé a medio plazo habilitar instalaciones propias para su custodia y préstamo. La flota disponible es de cinco unidades, todas reservables a la vez.

El servicio funciona todo el año con el horario del Gimnasio municipal: de 9:00 a 21:00 horas, ampliable en verano (del 1 de junio al 30 de agosto). Las reservas se gestionan a través de la aplicación VillaMarket o del canal de WhatsApp Business habilitado por el Consistorio, con franjas de recogida de 09:00 a 13:00 y de 17:00 a 21:00 horas de lunes a viernes. El pago se realiza antes de retirar la bicicleta, por tarjeta o transferencia bancaria, y no se exige fianza en metálico.

Tarifas por duración y condición del usuario

El artículo 4 fija cuatro escalas de precios, con bonificaciones por empadronamiento, edad y abono al gimnasio:

  • No empadronados: media jornada 5,00 €; día completo 10,00 €; fin de semana completo 20,00 €.
  • Empadronados o con abono vigente en el Gimnasio municipal (bonificación del 20%): 4,00 €, 8,00 € y 15,00 € respectivamente.
  • Jóvenes empadronados de 18 a 35 años, con acreditación de edad mediante DNI o equivalente: 2,50 €, 5,00 € y 10,00 €.
  • Menores empadronados de 14 a 17 años, tarifa especial reducida para fomentar la movilidad juvenil local: 2,50 €, 4,00 € y 8,00 €.

Se considera media jornada la franja de 09:00 a 13:00 o la de 17:00 a 21:00, y día completo la de 09:00 a 21:00. Los menores de 14 años deberán acudir acompañados de padre, madre o tutor legal, que será titular del contrato; los de 14 a 17 años podrán alquilar de forma autónoma con autorización firmada. El uso de casco es obligatorio y lo facilita el Gimnasio Municipal, y la bicicleta solo puede circular dentro del término municipal.

Multas de 30 a 3.000 euros y bajas temporales

El acuerdo tipifica las conductas contrarias en leves, graves y muy graves, con sanciones económicas y prohibiciones de uso:

  • Leves (retraso de hasta una hora, no aparcar en zonas seguras, no comunicar cambios de datos): multa de 30,00 a 750,00 euros y prohibición de uso de hasta tres meses.
  • Graves (circular por aceras o zonas ajardinadas, ceder la bicicleta a terceros, incumplir las normas de tráfico, devolverla en mal estado): multa de 751,00 a 1.500,00 euros y hasta seis meses de prohibición.
  • Muy graves (uso con ánimo de lucro, deterioro grave, abandono o pérdida, no denunciar el robo): multa de 1.501,00 a 3.000,00 euros y prohibición definitiva del servicio.

A las multas se suman penalizaciones específicas: dos semanas sin poder reservar si no se recoge una bicicleta reservada, tres años de baja por abandono injustificado y seis años por no presentar la denuncia en caso de robo o pérdida. La no devolución en plazo obliga al abono del valor de reposición del vehículo tras dos requerimientos. Las deudas podrán exigirse por el procedimiento administrativo de apremio, y el procedimiento sancionador se tramitará conforme a la Ley 39/2015 y la Ley 40/2015.

Cierre

El acuerdo faculta además a la Alcaldía —cargo que ostenta Miguel Granados Hinojosa, firmante del anuncio el 15 de octubre de 2026— para exigir indemnizaciones por daños y modificar horarios u orden de preferencia por razones de interés general. Con esta regulación, el municipio culmina la puesta en marcha de un servicio de movilidad eléctrica compartida que hasta ahora carecía de marco tarifario y sancionador, y vincula su coste al empadronamiento y a la edad para incentivar el uso entre los vecinos y los más jóvenes.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, nº 208, 27 de octubre de 2026, sección VI (Administración Local), pág. 15582 (referencia oficial: BOP-A-2026-3512).