BOP de Guadalajara · 11 Sep 2026 · 3 vistas
Villanueva de la Torre aprueba la ordenanza de festejos taurinos populares
Por FactBox Admin

El Pleno del Ayuntamiento de Villanueva de la Torre, en sesión extraordinaria celebrada el 10 de septiembre de 2026, ha aprobado con carácter definitivo la Ordenanza reguladora de los festejos taurinos populares del municipio. La norma, firmada por la alcaldesa Mª Sonsoles Rico Ordoñez, se publica íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara número 174, de 11 de septiembre de 2026, y entrará en vigor conforme a lo dispuesto en su Disposición Final Segunda.
La aprobación definitiva llega tras el periodo de exposición e información públicas de 30 días hábiles, computados desde la publicación del anuncio en el BOP nº 128, de 8 de julio de 2026, y tras su anuncio en el Tablón de Anuncios, la Sede Electrónica y el Portal de Transparencia. La ordenanza se dicta al amparo de la Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local, la Ley 7/2011 de espectáculos públicos de Castilla-La Mancha y el Decreto 38/2013, de 11 de julio, que aprueba el Reglamento de los Festejos Taurinos Populares de la región.
Clasificación y festejos prohibidos
La ordenanza clasifica los festejos en tres categorías: encierros de reses por vías urbanas, encierros de reses por el campo y suelta de reses. Quedan prohibidos todos los festejos no incluidos en estas categorías y, en todo caso, los que impliquen maltrato a las reses, con especial mención a:
- El embolado, consistente en prender fuego al material con que se realiza el embolado o sujetar antorchas a los cuernos.
- El atado de las reses a un punto fijo con maromas, sogas o de cualquier otra forma.
También se prohíbe herir, pinchar, golpear o tratar cruelmente a las reses, incluido el lanzamiento de objetos o la alteración de cualquiera de sus sentidos.
Condiciones de las reses y seguridad
La edad de las reses no será superior a seis años si son machos ni a doce si son hembras, y en los concursos de suelta no superará los treinta y seis meses. Ningún festejo podrá celebrarse sin un reconocimiento previo de las reses por los veterinarios de servicio, que serán dos salvo cuando intervenga una sola res.
En materia de instalaciones, las plazas no permanentes o portátiles deberán contar con un Plan de Autoprotección con plan de emergencia y evacuación, y el recorrido del encierro urbano tendrá una anchura de manga de entre seis y diez metros, un recorrido máximo de mil metros y una duración de quince minutos. El encierro por el campo durará tres horas y contará con un mínimo de seis caballistas y tres cabestros.
Participantes y organización
La edad mínima para participar será de dieciséis años, si bien se permite la participación de mayores de catorce que sean alumnos de una escuela taurina autorizada. Quedan excluidos quienes presenten síntomas de embriaguez o intoxicación, quienes no ostenten plenas condiciones físicas o psíquicas, y quienes porten botellas, vasos o instrumentos con los que se pueda causar malos tratos a las reses.
- En los encierros urbanos habrá un mínimo de diez colaboradores voluntarios; en los del campo, quince; y en las sueltas, tres.
- El director de lidia deberá estar inscrito en el Registro General de Profesionales Taurinos.
- El presidente del festejo podrá suspenderlo por falta de autorización, de personal sanitario, de instalaciones seguras o por maltrato de las reses.
- El régimen sancionador se remite a la Ley 7/2011 y al Reglamento autonómico.
El Plan de Encierro, anexo a la ordenanza, delimita las zonas de inicio, suelta, espectadores y finalización en los parajes El Rincón, Perales, Esteva y La Dehesa, con un dispositivo de seis caballistas, diez vehículos y un rifle de dardo adormecedor como último recurso.
Relevancia de la norma
La ordenanza dota de un marco jurídico propio a una tradición con fuerte arraigo en el municipio, equilibrando la celebración de los festejos con exigencias de seguridad y bienestar animal. Contra el acuerdo cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, en el plazo de dos meses desde su publicación.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, nº 174, 11 de septiembre de 2026, sección Ayuntamientos, pág. 1-20 (referencia oficial: anuncio de aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de los festejos taurinos populares de Villanueva de la Torre).